Castigos y penas.

Quema en la hoguera.

La pena de muerte era aplicada por la Inquisición a aquellos que mostraban una actitud pertinaz y no renegaban de su herejía. El hereje tenía la posibilidad de burlar la muerte siempre que confesara y manifestara su arrepentimiento de forma suficiente. Por el contrario, las sanciones penales en la jurisdicción ordinaria no daban esta oportunidad. Se sancionaba, con carácter general y expresamente, con pena de muerte a los judeoconversos, sortílegos y hechiceros. A los blasfemos, a través de la legislación secular, se les confiscaban los bienes y se les aplicaban duras penas corporales, incluso las galeras. Los bígamos eran desterrados por cinco años, perdían sus bienes y se les marcaba la frente con una Q y desde 1548, eran enviados a las galeras por un periodo de cinco a diez años.

Fue durante los primeros años cuando el número de condenados a muerte por la Inquisición fue mayor. Los datos fragmentarios con los que se cuenta en Valencia o Toledo hasta 1520 son terroríficos. Familias enteras y pueblos casi al completo fueron barridos. Los judeoconversos fueron la gran fijación de aquellos años: antes de 1530 hubo 754 relajados en persona en Valencia y 155 en efigie: un total de 909 relajados. En Toledo, antes de 1530 hubo 283 relajados en persona y 428 en estatua.

Suplicio de la polea.

Después de 1560, según los datos de que se disponen, se constata que la situación había cambiado radicalmente. De 1560 a 1700 se recogen 826 relajados en persona y 778 en estatua. Los tribunales de la Corona de Aragón tuvieron más condenados a muerte que los de la Corona de Castilla. El mayor número de condenados a muerte se dio en Valencia, seguido de Zaragoza y de Sicilia. Moriscos y delitos sexuales contra natura son los que engrosan la mayoría de las condenas a muerte.

La pena de galeras sancionaba más el bestialismo que la sodomía. Los condenados a muerte mayoritariamente eran jóvenes, la mitad en torno a treinta años y muchos tenían menos de veinticinco años que era la edad mínima legal establecida para la condena a muerte en caso de herejía.


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