
(Pulse sobre la imagen para abrir el documento completo)
A PETICIÓN DEL REY, EL XII DUQUE DE ALBA OFRECE SU DICTAMEN AL SECRETARIO DE ESTADO, GRIMALDI, SOBRE LA PROPUESTA DE PORTUGAL DE UNIRSE PARA FORZAR AL PAPA A LA EXTINCIÓN DE LOS JESUITAS. PARA EL DUQUE DE ALBA, LA UTILIZACIÓN DE LA FUERZA ERA PREMATURA, PERO EN ABSOLUTO DESCARTABLE SI LAS NEGOCIACIONES CON ROMA NO DABAN EL FRUTO ESPERADO DE LA EXTINCIÓN. A SU CRITERIO, FRANCIA, PORTUGAL Y ESPAÑA, CON EL APOYO DE NÁPOLES Y VIENA, O EL CONSENTIMIENTO AL MENOS DE ÉSTA ÚLTIMA CORTE POR SU FUERTE IMPLANTACIÓN TERRITORIAL EN ITALIA, DEBÍAN EXIGIR AL PAPA LA EXTINCIÓN CON TODA LA FIRMEZA Y DETERMINACIÓN POSIBLE, A MODO DE ULTIMATUM, SIN ADMITIR PROPUESTA DE REFORMA ALGUNA NI SUBTERFUGIO QUE PERMITIERA A ROMA GANAR TIEMPO. LA PROBABLE NEGATIVA PAPAL NO DEJABA OTRA OPCIÓN QUE LA ACCIÓN DE FUERZA A EJECUTAR CON UNA OPERACIÓN ANFIBIA DESDE BARCELONA COMBINADA CON UNA INVASIÓN POR TIERRA DESDE LA FRONTERA NAPOLITANA CON LOS ESTADOS PONTIFICIOS. 11 de enero de 1768.
(Documento y Transcripción: Enrique Giménez López)
Exmo. Sr.
Muy Sr. mío. He tardado en responder a V. E. con la prontitud que debiera, porque me lo han impedido mis indisposiciones con harto sentimiento mío, así porque deseo cumplir con prontitud todo lo que el Rey manda, como porque conozco cuanto desazona a V. E. cualquier retardo en los asuntos que tocan al servicio de S. M.
Este indispensable impedimento, espero que me disculpe con V. E., y que me solicite el perdón del Rey si acaso ha extrañado S. M. mi tardanza, bien que involuntaria, en responder al papel de V. E. con fecha de 27 de octubre del año pasado, en que me comunica el oficio con que el Embajador de Portugal acompaña una memoria de su Corte que trata del importante asunto de que se procure la extinción de la Compañía de los Jesuitas, y en que sugiere los medios que pueden proporcionarla.
Tres son los que propone, y dando por inútiles los dos, escoge el de la fuerza como el único conducente al propuesto fin.
Confieso ingenuamente que el medio d la fuerza abierta no me parece es tiempo aún de ponerle en práctica, porque no parece regular usar de fuerza para facilitar una pretensión, antes de saber que ésta se conceda o se niegue; lo que sí conviene a mi parecer es, que las Cortes de España, Francia y Portugal den un paso formal con el Papa pidiéndole la extinción de la sociedad de los Jesuitas, alegando las fundadas razones que hay para ello, y en términos tales que desengañen a la Curia Romana, de que no conseguirá eludir la instancia de las tres Cortes; harto convendría la unión de la de Viena, si se pudiera facilitar, aun cuando no fuera más que para que prestase su consentimiento, bien que importaría mucho su unión con nosotros para el paso principal, por la autoridad que la da en Roma la posesión de sus Estados de Italia; lo mismo digo de la de Nápoles, por las mismas razones.
Si pudiera, pues, lograrse la unión de las referidas Cortes, sería difícil que el Papa pudiera excusarse a una instancia tan autorizada, bien que creo que el Cardenal Torregiani no omitirá diligencia alguna para librar a los jesuitas de un lance tan fuerte.
Todos conocen su carácter violento, su adhesión a la Compañía, y principalmente el poder que tiene con el Papa, y yo no extrañaría que éste forzase a Su Santidad a que se negase absolutamente a condescender a la pretensión de las Cortes, a pesar de la suma calificación de que constaría el oficio de tan grandes Soberanos, de la Justicia de la instancia, y de la conveniencia que de su efecto resultaría a la Religión, y a los Estados; supongámoslo así por un instante.
¿Qué partido tomaríamos su sucediera? ¿Conformarnos con la negativa? No lo permite el decoro de los Augustos Príncipes que ha hecho la instancia.
¿Continuar la negociación? No da esperanza de mejor suerte el carácter de la Corte Romana.
¿Esperar a mejor tiempo? No lo aconseja la prudencia, ni lo permite la urgente necesidad de que se extinga la sociedad de los Jesuitas, nociva por sus máximas, y constitución; poderosa y ofendida.
En el caso, pues, de la negativa que aunque no debe esperarse, debe prevenirse, no sé qué otro partido pudieran tomar las Cortes que el de la fuerza, usándola no para oprimir al Papa, centro de la unidad de la Iglesia a quien los Príncipes deben reverenciar, sino para que llamada su atención al estrecho en que le ponen los errados consejos de la Curia Romana, abriese los ojos, y conociese cuánto bien resultaría a su decoro, y cuánta utilidad a la Iglesia si se prestase a las justas y calificadas instancias de tan Augustos Soberanos.
La Justicia, la conveniencia, y la necesidad, vuelvo a decir, nos pondrían en el caso de usar de la fuerza, concepto que no apoyo en mi dictamen sino en el de muchos autores doctos y píos, españoles y extranjeros, que tratan de estas materias, y especialmente en el del famoso Melchor Cano, Obispo de Canarias.
Acaso podría pasar por violento este parecer si no se pesase con la obligación en que están los Monarcas de mantener su decoro, la quietud de sus Reinos, la seguridad de sus Sagradas Personas, y sobre todo la pureza de la Religión.
Cotegénse estas obligaciones, que nadie negaría que estrechan a cada Soberano, con los embarazos que la Curia Romana procura poner al legítimo uso de las referidas obligaciones, y resuélvase después si es justo y conveniente pasar por la Ley que aquella Corte quiera imponerles, con descrédito, menoscabo, y daño de su autoridad; siendo digno de que se advierta que los Romanos intentan suponer comúnmente que son eclesiásticas las materias de su política, porque son eclesiásticos los que las dirigen y manejan, y con este salvoconducto que se dan así mismos, intentan sujetar a los Reyes y a los Reinos.
No ignora esto el R. N. S. porque con la cercanía de Roma, en fuerza de sus superiores luces naturales, y con el uso de Reinar, ha podido conocer mejor que nadie las máximas de aquella Corte; máximas que no tienen conexión alguna con las prerrogativas del Pontificado, que son espirituales y dignas de la mayor reverencia.
Separemos, pues, al Papa del Príncipe, y demos a cada una de las representaciones lo que se la debe; besemos los píes al Papa, y no permitamos que en Roma se confundan las cualidades de Soberano Temporal con la de Sumo Sacerdote.
Así debiera ser según entiendo, bien que me hago cargo de que no siempre se puede hacer en todo rigor lo que se debe, y que hay algunos puntos delicados de tratar por razón de los tiempos, y especialmente el de distinción de representaciones en la Persona del Papa.
También me hago cargo, que sería violento al piadoso corazón del Rey tomar un partido tan fuerte contra Roma, en tiempo que ya coge en edad tan avanzada al Papa.
Estas consideraciones, y otras que omito por no ser más prolijo, me inclinan a formar mi dictamen, reduciéndole a que por ahora evitemos llegar a los términos de declaración de guerra, y nos limitemos a los de amenazar únicamente, hasta ver qué aspecto toman las negociaciones, cuya noticia dará sucesivamente lugar para la última determinación.
Que por las Cortes unidas se pida la extinción total de los Jesuitas, solicitando una respuesta categórica de la Corte Romana.
Que no se admita proposición alguna que aquella Corte haga de reforma, mitigación del Instituto, ni cualquiera otra proposición que pueda eludir el hecho de su total extinción, ni divertir con efugios el fin de la negociación.
Que cuando parezca del caso, se pase a las amenazas que puedan producir el efecto deseado.
Que en Barcelona se hagan algunos preparativos de embarco de tropa, y que en Nápoles arrimen algunos cuerpos a los límites del Reino, bien que sin entrar en los Estados del Papa; y que Francia, Viena y Portugal hagan iguales muestras para que se crea en Roma, que si el Papa persiste en la negativa, como lo temo, seguirán a las amenazas la declaración de la guerra, y las operaciones de ella, hasta que lleguen a su debido efecto.
Que entonces se declare al Cardenal Torregiani, que no será el mejor librado en el resentimiento de las Cortes.
Pero lo que a mi parecer importa más que todo es que así el Rey N. S. como los demás Príncipes confederados, reserven en sus Reales ánimos la determinación de que no han de llegar a efecto las amenazas, porque si acaso llegara a descubrirse, quedarían deslucidas las diligencias, vulnerando el decoro de la Majestad, y desacreditada su representación; circunstancias todas que deben obligar al más profundo secreto.
Este es, pues, mi parecer, que sujeto en todo a V. E. al que añado una prevención, que toca a la economía interior del Reino, y que aunque por esta razón es ajena de mi inspección, no lo es en cuanto al asunto que la motiva, ni en cuanto mira a la seguridad de la Sagrada Persona del Rey, y a la quietud de la Monarquía; objetos que deben interesar a todos los Vasallos, y especialmente a mí, que estoy tan obligado a S. M.
Redúcese, pues, ésta a que conviene que se supriman los libros en que por largo tiempo han enseñado doctrinas tan dañosas, como pocos ignoran, y que estas doctrinas se prohíban absolutamente, porque no será justo, ni conveniente, se extingan los Jesuitas, como debe ser, y se perpetúen sus máximas y su Moral; que cesen en el ejercicio del Confesionario, Púlpito, y Magisterio, y los substituyan otros en los mismos ejercicios, preocupados de las mismas doctrinas.
No entiendo hablar de las materias sutiles de la gracia; hablo de las de Moral, que todos comprendemos; estas son contra las que han declamado hombres de Doctrina y piedad, como lo fueron sin duda Arias Montano, , San Carlos Borromeo, el Venerable Palafox, a que se pudieran añadir otros muchos; y estas son, en fin, las que han motivado tantos disturbios en los Reinos, y tantos daños en la Religión.
Espero que S. M. supla por su bondad todos los defectos de este parecer, que doy movido únicamente de la obligación de mi obediencia, asegurando que así como me conozco inferior a todos en la ciencia de estas materias. no cedo a ninguno en Ley y amor a la Sagrada Persona de S. M., ni en el deseo de desempeñar su Real confianza.
Así espero que lo haga V. E. presente al Rey N. S.
Dios guarde a V. E. muchos años como deseo.
Madrid, 11 de enero de 1768.
El Duque de Alba al Marqués de Grimaldi.