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La dignidad como limite a la libertad de expresión artistica y la libertad de reunión

Dieudonné (M’Bala M’Bala) es un humorista famoso en Francia que desde una decana de año provocó varias polémicas en razón del carácter juzgado, por fallos judiciales, antisemitas y de odio de sus espectáculos o de otras modalidades de expresión de sus opiniones.

Dieudonné tenía que presentar en varias ciudades un nuevo espectáculo en el cual se sabía que reiteraría palabras y declaraciones antisemitas y provocativas.

En consecuencias, un prefecto, pues en el fundamento de la ordenanza aquí comentada del Consejo de Estado, dos alcaldes, prohibieron, al principio de enero 2014, el espectáculo fundándose sobre sus poderes de policía y de mantenimiento del orden público.

Al final de un recurso de “référé-liberté”  ante el Tribunal administrativo de Nantes, recurso previsto al artículo L. 521-2 del código de justicia administrativa, según el cual el juez administrativo, juzgando en emergencia, puede tomar todas medidas útiles para que se paren las violaciones graves y manifiestamente ilegales a las libertades fundamentales, Dieudonné obtuvo la anulación de la decisión de prohibición del espectáculo. Como es lo es permitido, el ministro del Interior, hizo un recurso en apelación al juez administrativo supremo, el Consejo de Estado en fin de conseguir la anulación de la ordenanza del Tribunal.

Para concluir a la legalidad de la interdicción del espectáculo el Consejo de Estado procedió a una subida en generalidad de los argumentos invocando la manera controvertida “cohesión nacional”, y sobre todo la protección de la dignidad como componente del orden público, recordando su posición de principio en unos de sus decisiones las más famosas del final del último siglo, relativo al caso del “lanzamiento de enano” (Conseil d’Etat, 27 octobre 1995, Commune de Morsang-sur Orge).

Entonces, después haber recordado que “el ejercicio de la libertad de expresión es un requisito previo para la democracia y una de las garantías de respeto de otros derechos y libertades” y que las autoridades de la policía administrativa tienen que tomar todas medidas permitiendo el ejercicio de la libertad de reunión, precisa que las limitas a tales libertades fundamentales justificadas por exigencias del orden público, tienen que ser “necesaria, adecuada y proporcionada”.

Especialmente, en este caso, el Consejo se funda primero sobre un argumento de hecho. Considera que “la realidad y la gravedad de los riesgos de alteración del orden público” son establecidas. Sigue con argumentos evaluativos : estima que aunque los programas del espectáculos anunciaron que las palabras penalmente condenadas y que perjudican a “la cohesión nacional” no serían expresadas, no hay garantías “suficientes para evitar un grave riesgo de violaciones al respeto de los valores y principios, entre ellos de la dignidad de la persona humana consagrados en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y por la tradición republicana”. Entonces, “pertenece a la autoridad administrativa a adoptar medidas para prevenir que los actos delictivos sean cometidas”.

El caso fue muy mediatizado y comentado por los especialistas de libertades públicas y de derecho administrativo. En substancia, una controversia opone todavía los que estiman justificada la anulación del espectáculo considerando que Dieudonné reutilizaré palabras ya penalmente condenadas por antisemitismo, y otros, que sin aceptar para nada las opiniones de Dieudonné – incluido al contrario, lo combaten muy fuertemente – estiman peligroso para las libertades (en particular la libertad de expresión) prohibir de manera previa un espectáculo.

Dieudonné ha introducido un recurso al Tribunal europeo de los derechos humanos.

Ver : Conseil d’Etat, 9 janvier 2014,  Ministre de l’intérieur c/ Société Les Productions de la Plume et M. Dieudonné M’Bala M’Bala, req. n° 374508

http://www.conseil-etat.fr/fr/communiques-de-presse/spectacle_de_dieudonne.html

Ver también : Nicolas Hervieu, « Le négationnisme, prisme révélateur du dilemme européen face à la lutte contre l’extrémisme », La Revue des droits de l’homme [En ligne], Actualités Droits-Libertés.