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Sociedad

La Inquisición en Novelda durante los siglos XVII y XVIII

Antes de hablar de los casos acontecidos en Novelda, debemos explicar brevemente qué es la Inquisición española o como también es denominada, Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición.

Se trata de una institución cuyo fin es mantener la ortodoxia católica300px-Estructura_de_la_Inquisición.svg de España, luchando así contra herejías, blasfemias, moriscos, judeoconversos  y cualquier elemento perturbador para  la Iglesia. Fue creada en 1478 por los Reyes católicos y abolida en 1834 con el reinado de Isabel II. Los procesos inquisitoriales se hacían en tribunales compuestos por distintos cargos, entre los que destacamos los siguientes: Inquisidor, clérigo especialista en derecho; procurador fiscal, encargado de elaborar la acusación; calificadores, quienes determinaban si existía delito contra la fe; consultores, juristas que aconsejaban al tribunal, alguacil, quien detenía al acusado.

Una vez expuestos los elementos participantes veamos cuál es el procedimiento inquisitorial. En primer lugar se hacia una investigación para acusar a alguien y se le instigaba a que realizara la delación espontanea; acudiendo al tribunal para declarar que a pesar de lo oído abrazaba la verdadera fe y además se le pedía delatar a alguien. Posteriormente se ratificaba al delator a través de unos testigos y además se buscaba en los archivos para ver si alguien cercano había estado en algún tribunal. Tras esto los teólogos calificaban la injuria, se mandaba a prisión y se le quitaban sus bienes. En este momento surge el proceso como tal en que se le sometía a preguntas al acusado hasta que confiesa, incluso a través de la tortura. A continuación se notificaba la pena y finalmente se le condenaba. Ésta podía ser desde autos de fe, hasta morir en la hoguera. Ahora veremos los casos que se produjeron en Novelda.

Con la expulsión de los moriscos se prestaba la atención a aquellos niños que se quedaron en la península buscando su rápida integración a la fe católica.

inquisicion

Veamos por ejemplo  el caso de un chico de 15 años de Novelda, quien acude al tribunal iquisitorial y es absuelto “ad cautelam” ya que abraza la fe cristiana:

“Juan Zaraste cristiano nuevo (…) sus padres avian sido moros y habían bibido

como tales

(…) y le avian enseñado a ser moro y hazer sus ceremonias. (…) y dixo que quería vivir y morir en la ley de ntro. S. Jesucristo. Y pidió misericordia (…) se ratificó sus confesiones (…) y fue absuelto ad cautelam”.

La mayoría de los casos que encontramos se trata de una serie de blasfemias o algún desprecio a la Iglesia. Veamos algunos casos: “después de muertos no ay Paraysso” “yo renegaré de Dios si no me lo pagas”. La condena fue la siguiente: “fuese reprehendido y advertido para adelante  del respeto con que avia de hablar de las cosas de dios nuestro Señor”. Como podemos observar no se trata de ninguna condena grave, tan sólo un mero aviso.

Con la reforma religiosa iniciada en el siglo XVI, surge una búsqueda  espiritual que pretende la relación directa del alma con Dios, dejando apartada a la intermediación eclesiástica. A éstos se les conoce como iluminados o alumbrados. Existen varios casos de alumbrados en Novelda y las penas eran distintas según la naturaleza de los alumbrados; si eran clérigos la pena era mayor. Veamos que ocurrió.

En 1679 se hace un proceso inquisitorial contra diez alumbrados de un mismo grupo. La pena para la mayoría de ellos fue la siguiente: “Al volver del auto se le quitó el San Benito y fue recluso por dos meses en el conbento de Carmelitas descalços desta ciudad para que en ellos sea instruido en los misterios de ntra. Santa fee, y cumplidos está desterrado de Novelda, Madrid y Murcia y seis leguas en torno por seis meses”. Sin embargo,  para el clérigo presbítero Damian Albert la pena fue distinta. “Condenado a Abito y Cárcel perpetua yremisible, la qual cumpliese sin el avito recluso en un conbento (…) privado de todo oficio y beneficio eclesiástico y suspenso perpetuamente de los exercicios de sus hórdenes

También encontramos delitos de  herejías y falsas doctrinas pero las penas eran similares a la expuesta en primera instancia.

Lo más llamativo de la Inquisición en Novelda es la cantidad de funcionarios de la inquisición, lo cuales eran 7, con una población, según el Censo de Aranda de 1769 de 4.495 vecinos, mientras que Elche con una población de 16.447 vecinos tenía a 6. Debido a la escasez de datos deducimos que esto se debe  a que la designación de familiares del santo oficio en Novelda estuvo referida al monopolio de una sola familia.

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Administración

La organización municipal del XVI

La villa de Novelda pertenecía a la casa de la familia Maça de Liçana desde que fue adquirida en 1398 por Pedro Maça, y continuará bajo esta familia hasta la abolición de los señoríos en España (primera mitad del siglo XIX). Así pues, el señor era entero poseedor de sus tierras y pobladores, con jurisdicción civil y criminal. Es por ello, que la organización municipal de la Novelda del siglo XVI estará condicionada a la voluntad del señor, que ejercía su poder delegándolo en funcionarios que a su vez eran vasallos.

El señor nombraba al gobernador, baile y procurador general según su interés, aunque habitualmente estos cargos solían recaer en una misma persona y preferiblemente cristianos viejos. El gobernador recibirá del señor una especie de salvoconducto conocido como guiatje, por el que no podía ser arrestado. En cuanto a los órganos representativos municipales, destaca el Consell General, que delegaba sus funciones ejecutivas en una comisión llamada Consell Particular, que era quien elegía los cargos y oficios de la administración, vigilar el cobro de impuestos,… Este estaba presidido por el justicia (civil y criminal), que era el cargo de mayor importancia a nivel municipal, encargado de la seguridad ciudadana, presidía los juicios y mediaba en las disputas, además de guardar las llaves de la cárcel. Bajó él estaban el resto de miembros del Consell Particular, los jurats (que eran 4) y un mustaçaf, que controlaba el orden público, el arrendamiento de las tiendas, control de pesas y medidas,…  Hay que hablar también del síndico (syndich), que era el representante del municipio ante su señor y ante las instituciones forales del reino, además de los consellers que actuaban como grupo de sabios de la villa.

Ayuntamiento de Novelda en la actualidad

La elección de los cargos se realizaba mediante procedimiento insaculatorio, reuniéndose los miembros del Consell con el baile para presentar cada uno sus candidatos. Los nombres se inscribían en papeletas y se ponían en un sombrero de copa para que un niño de 10 años sacara 6 papeletas, y de entre estas, el señor elegía 3 que serían los elegidos para ocupar el cargo de jurats. La presencia de moriscos en estos cargos era frecuente, tal, que en 1892 ocuparán el cargo de justicia y en 1594 los 3 de jurats. Y no se quedaba en esto, en 1593, de los 15 consellers del Consell Particular, 14 eran moriscos y solo uno cristiano. Esta presencia se irá incrementando hasta 1608 (año anterior a su expulsión), cuando el justicia, 3 de los jurats, el lloctinent de justicia y el síndico eran moriscos, además de la mayoría de los consellers.

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Política

La conversión y posterior expulsión de los moriscos

Los mudéjares eran la población musulmana que había quedado en territorio cristiano tras la Reconquista. Aunque no siempre habían sido bien vistos fue durante las primeras décadas del siglo XVI cuando se acentuó este malestar que cristalizó sobre todo en el episodio conocido como la Primera Germanía. Los mudéjares fueron vistos como la mano de obra barata que perjudicaba a los gremios, por lo que eran obligados a bautizarse convirtiéndose así  en moriscos o cristianos nuevos. Ante esto surge un problema teológico, ¿son válidas estas conversiones a la fuerza? La solución a las dudas viene resulta por una junta de teólogos que determinaría que la decisión de bautizarse se realizaba de forma libre, puesto que se les daba la “opción” de morir para evitar ser bautizados.

En el caso de Novelda podemos observar cómo  se evidencia  que estas conversiones al cristianismo eran pura apariencia pues aquellos nuevos convertidos seguían siendo musulmanes de corazón. En primer lugar impresiona el hecho de que prácticamente toda la población mudéjar se convierta al cristianismo de la noche a la mañana precisamente en estas fechas. Aunque hay que reconocer que intentarán guardar las apariencias iniciando en momentos cuando  la construcción de la Iglesia Parroquial de la villa (1553), no parece que realmente se hubiesen convertido sobre todo teniendo en cuenta que las tareas de construcción se demorarán más de cuarenta años.

A pesar de su conversión los moriscos seguirán estando en el punto de mira. Así en época de Felipe II, concretamente en 1693, se ordenará el desarme de la población morisca para facilitar su control, ya que coincide con un momento de difusión del calvinismo y protestantismo en Europa, de modo que intenta cerrar posibles frentes. Tenemos datos de estas confiscaciones en Novelda, recopilándose un auténtico arsenal formado por 191 espadas, 18 lanzas, 12 rodelas, 68 puñales, 2 arcabuces, 77 ballestas y 8 escopestas. .

En 1695, y siguiendo esta línea represiva, se ordenará “que se les quite leer y escribir en arábigo”, aunque esto no se consigue implantar en Novelda en vista de que siguen habiendo documentos en árabe con fechas posteriores conservados en el Archivo Municipal. Si bien estos cambios no afectarán en exceso a la vida social, tenemos constancia de algunos procedimientos inquisitoriales. A partir de 1554 se habían distribuido una serie de oficiales por las localidades, encargados del control y las delaciones. En el caso de Novelda, la población contaba con 8 de estos personajes, conocidos como “familiars”.

Joan Alacantí Carres, vezino de la villa de nobelda, cistiano nuevo de moro, labrador; por lo mesmo Reconciliado por haber tenido y creydo la secta de Mahoma y haber hecho y guardado sus ritos y ceremonias. Habito y cárcel, que el habito se le quite en acabados el Auto”.

Primera acción inquisitorial en Novelda, 8 de junio de 1567.

Pese a ello, la villa no se altera, la conciencia de pertenecer auna cultura de raíces musulmanes era muy fuerte. Y se ve en que tras más de 300 años bajo dominio cristiano, no habían cambiado ni su forma de vestir.

Las políticas de aculturación acabarán en época de Felipe III con el Decreto de expulsión de los moriscos (1609), algo traumático para las tierras valencianas ya que esta población suponía 1/3 del total. Por ello, y contrariamente a lo esperado de la nobleza, saldrán en su defensa  ya que eran un elemento importantísimo que explicaba sus enormes beneficios económicos:

“La expulsión de los moriscos es la universal ruyna y desolación de este reyno, ya que se basa en el servicio y la utilidad de dichos moriscos, la cual cessando, cesan las rentas de los señores y caballeros las de los ciudadanos, los tratos de mercaderes y arrendadores, las limosnas de todos los pobres, hospitales e iglesias, el trato de todos los oficios mecanicos y por consiguiente, todo el reino perece.”

Finalmente, y pese a las reticencias de la nobleza, se llevará a cabo la expulsión, demográficamente nefasta para Novelda, donde de 500 casas quedaron vacías 400.

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Población

Los primeros cristianos viejos

Durante los primeros siglos de la Edad Moderna la mayor parte de los habitantes de Novelda eran moriscos. Esta obviedad, resaltada por numerosas fuentes de la época e investigaciones actuales, nos lleva a plantearnos una cuestión:¿existió algún contingente de población de cristianos viejos? De ser así,¿cuándo llegaron?¿dónde vivían?  En la presente entrada trataremos de responder a esta cuestión.

Para hablar de los primeros testimonios de la presencia cristiana en Novelda tenemos que desplazarnos poco más de un kilómetro de la llanura donde se encuentra la ciudad. Las excavaciones arqueológicas en  el Castillo de la Mola han demostrado que  la población musulmana conquistada no se quedó a vivir dentro del albacar o recinto amurallado del castillo cuya torre almohade será inutilizada para abandonar el recinto posteriormente. En época de Jaime II se recupera el emplazamiento erigiéndose la conocida como Torre Triangular o Castillo de los Tres Picos llamada así por su particular planta. Hallazgos arqueológicos y la documentación custodiada en el Archivo de la Corona de Aragón atestiguan la presencia de un reducido grupo de cristianos en el recinto del castillo desde el siglo XIV. 

castillo
Castillo de la Mola

Si los cristianos viejos viven en la montaña, en la llanura donde se extienden las antiguas alquerías islámicas toda la población bajomedieval parece ser mudéjar. Las distintas excavaciones realizadas no han documentado elementos que podríamos considerar como “típicamente cristianos” dentro de los vestigios materiales hallados. Refuerza esta idea la documentación que se tiene al respecto, destacando que la práctica totalidad de los hombres que desempeñan cargos municipales a mediados del siglo XVI son cristianos nuevos como así lo indica su apellido o los propios informes realizados por el gobernador de Novelda Luis Depuig. Los cristianos viejos no desempeñarán cargos públicos pudiéndose documentar el caso excepcional de Josef Aracil, elegido por el propio gobernador para ser su secretario.

Demostrada la presencia de cristianos viejos en la Baja Edad Media dentro del recinto amurallado es importante reseñar  el momento de abandono del mencionado castillo. . No parece casual que fuese a principios del siglo XVII cuando los cristianos que hasta entonces vivían en el castillo pasan a habitar  la villa. Las razones de este desplazamiento han de explicarse como una consecuencia lógica tras la expulsión de los moriscos y las consiguientes medidas de repoblación llevadas a cabo por los distintos señores afectados. Así mismo hay que tener en cuenta que hace tiempo que el castillo no cumple con su función principal, la defensa del enclave, puesto que ya hemos dejado atrás el inestable período medieval.

 

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Población

Los vecinos de la villa en 1609

… de mas de quatrocientos vezinos y fueron los primeros q se embarcaron junto con los demás lugares de la valle de Elda

Andrés Balaguer

 

En el mismo año de la expulsión el obispo Balaguer recorrió los diferentes lugares del Obispado de Orihuela para realizar una <Relación del número de las casas de los lugares de los moriscos y de las personas que han quedado en la ciudad y en los demás lugares del obispado de Orihuela, que son doce>> de la cual hemos extraído las palabras que le dedica a la villa de Novelda más arriba.

Sin embargo hay que hacer notar que la Relación del obispo Balaguer no es el único que nos ofrece datos sobre el número de habitantes de nuestra ciudad en los albores del siglo XVII. A continuación recogemos un listado de fuentes directas e indirectas que pueden ayudar al estudio de la demografía noveldense:

  • Censo de la gobernación de Orihuela (1597): La cifra total de vecinos es de 500 de los que sólo 100 serían cristianos viejos.
  •  Censo de 1609: También llamado Censo de Carracena por el marqués de Caracena, Luis Carrillo de Toledo, virrey de Valencia. Considerada por los investigadores una fuente poco fidedigna. Da una cifra de 560 cristianos nuevos -moriscos- para Novelda. 
Número de vecinos según los censos de la gobernación de Orihuela y de Caracena.

 

  • Las Décadas de Gaspar Escolano (1611): Fuente coetánea y complementaria a la anterior en muchas poblaciones. Cifra en 500 los vecinos de la villa, entre cristianos viejos y nuevos.
  • <<Llibre dels aprecios de les cases que el Senyor Conte de la Granja a establit als vazalls de la vila de Novelda>> (1610): Se trata de una lista de las casas otorgadas a los 227 repobladores con la peculiaridad que incluye el nombre del anterior propietario pudiéndose reconstruir así el pasado más inmediato de la villa y sus habitantes.

A partir del contraste entre las fuentes disponibles podemos concluir, por tanto, que el número de vecinos estaba situado en torno al medio millar. Si tomamos el coeficiente establecido de 4’5 nos da una cifra de 2.250 habitantes siendo la mayor parte de ellos moriscos.