Recepción por los tribunales españoles de la doctrina comunitaria en materia de contratación temporal

Las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, de Norte (País Vasco) a Sur (Andalucía/Sevilla), de Oeste (Galicia) a Este (Castilla-La Mancha/Albacete), confirman que toda la contratación temporal «estructural» española está afectada por la no pequeña «revolución jurídico-interpretativa» provocada por la jurisprudencia comunitaria, cada día más pretoriana. Las recientísimas sentencias del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Social, de 18 de octubre de 2016, rec. 1872/2016, junto con la de la misma fecha y tribunal, rec. 1690/2016, dando la misma e indiferenciada solución, han consumado el caos. Ante esta «fiebre igualitarista», tan irreflexiva como urgida, que ha abierto un tiempo de extremada inseguridad jurídica, aunando injusticias sociales con irracionalidades conceptuales, ya nada puede hacer la intervención, en su día, del Tribunal Supremo, sin duda bastante acelerada por la precipitación con que las salas de suplicación han intervenido, anticipando la recepción de la doctrina comunitaria. Ahora es sólo el momento del legislador y de una pronta y equitativa reforma consensuada con los interlocutores sociales, o al menos negociada de buena fe, con vistas a lograr que la equidad protectora, necesaria en un ámbito donde el abuso/fraude de contratación aparece como regla, no excepción –es la causa última, la real, de los constantes varapalos que nos ha dado la jurisprudencia del TJUE–, se garantice sobre, no contra, la seguridad jurídica. Ésta no sería sólo un valor jurídico irrenunciable -art. 9.3 CE-, sino una condición del derecho a la igualdad entre todos los trabajadores (art. 14 CE; art. 21 Carta comunitaria de derechos fundamentales) –que se dice perseguir– y un presupuesto del crecimiento económico, por la estabilidad reguladora que proporciona, sin duda ahora alterada por esta «actividad de riesgo regulatorio» en que se ha convertido acudir a los tribunales.

A continuación, y con el propósito de hacer un seguimiento de la recepción de la doctrina comunitaria por los órganos judiciales españoles, se recogen en abierto los pronunciamientos judiciales que se van sucediendo y se indican los comentarios publicados al respecto tanto en la Revista de Trabajo y Seguridad Social del CEF como en esta web, ofreciendo al lector la posibilidad de estar informado al día de esta importante cuestión.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

• Sentencia de 14 de septiembre de 2016, asunto C-16/15
• Sentencia de 14 de septiembre de 2016, asuntos acumulados C-184/15 y C-197/15
• Sentencia de 14 de septiembre de 2016, asunto C-596/14

Tribunales Superiores de Justicia

TSJ de Andalucía. Jurisdicción Social
• Sentencia 1788/2016, de 16 de noviembre de 2016 -rec. núm. 1411/2016-
• Sentencia 1750/2016, de 16 de noviembre de 2016 -rec. núm.1532/2016-
• Sentencia 1798/2016, de 16 de noviembre de 2016 -rec. núm. 1539/2016-
• Sentencia 1778/2016, de 16 de noviembre de 2016 -rec. núm. 1515/2016-

TSJ de Asturias. Jurisdicción Social

• Sentencia 2316/2016, Sala de lo Social, de 8 de noviembre de 2016 -rec. núm. 2142/2016-

TSJ de Madrid. Jurisdicción Social:

• Sentencia 613/2016, Sala de lo Social, de 5 de octubre de 2016 -rec. núm. 246/2014-

TSJ del País Vasco. Jurisdicción Social

• Sentencia 2300/2016, Sala de lo Social, de 22 de noviembre de 2016 -rec. n.º 2146/2016-
• Sentencia 2340/2016, Sala de lo Social, de 22 de noviembre de 2016 -rec. n.º 1991/2016-
• Sentencia 2279/2016, Sala de lo Social, de 15 de noviembre de 2016 -rec. n.º 1990/2016-
• Sentencia 2016/2016, Sala de lo Social, de 18 de octubre de 2016 -rec. n.º 1872/2016-
• Sentencia 1962/2016, Sala de lo Social, de 18 de octubre de 2016 –rec. núm. 1690/2016-
Juzgados. Jurisdicción Social
• Sentencia del Juzgado de lo Social n.º 4 de Madrid, 432/2016, de 3 de noviembre de 2016
• Sentencia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Avilés, 337/2016, de 17 de octubre de 2016

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About sevila1

Licenciado en Derecho por la Universidad de Alicante 1996. Abogado colegiado en el Ilmo. Colegio Provincial de la Abogacía de Alicante. Tareas asesoramiento legal y jurídico en materia laboral y personal como Técnico en Gestión Función Administrativa en la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública desde el año 2005. Profesor en el Máster de acceso a la Abogacía en la Universidad de Alicante desde el año 2014. Profesor Asociado en la Universitat d'Alacant desde octubre de 2005 en los Departamentos de derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y Derecho Internacional Público. Secretario de la Comisión de Docencia del Hospital General Universitario de Elda 2018-2021. Secretario del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos del Hospital General Universitario de Elda 2018-2021. Actualmente, Secretario Interventor en el Ayuntamiento de Alcalalí y la Mancomunidad de l'Alcoià i el Comtat. Y al mismo tiempo, miembro del Colegio Territorial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de la provincia de Alicante.
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