Parte III: Del Estado cristiano

En esta tercera parte, y por lo que respecta a las relaciones entre el poder espiritual y el poder temporal, Hobbes abogaba por la total sumisión de la Iglesia al soberano.

Hobbes investiga la naturaleza de un Estado cristiano. Esto da lugar inmediatamente a la pregunta de en qué escrituras deberíamos confiar y por qué. Si alguna persona reclama que lo sobrenatural es superior a lo civil, entonces habría caos, y el deseo principal de Hobbes es evitarlo.

Por tanto concluye que no podemos conocer infaliblemente la revelación divina dada por otra persona; ya que cuando Dios habla al hombre, es por medio del propio hombre o de otro igual al que le ha hablado anteriormente. La persona con la que Dios habló le entendió perfectamente, pero eso no quiere decir que cuando el revelado se lo cuente a otro, ésta otra persona le comprenda; por lo que es difícil, por no decir imposible, saber con certeza lo que Dios quiere. Además, que alguien demuestre que Dios le ha hablado es prácticamente imposible, por lo que no puede esperar que los demás le crean.

Como esto podría ser considerado como una herejía (al aplicarse a la Biblia), Hobbes dice que se necesita una prueba, y la verdadera prueba es contrastar los dichos de los que oyen a Dios con las sagradas escrituras -ya que considera que las escrituras son las enseñanzas que Dios ha dado-, y la muestra de un milagro. Si ambos requisitos se cumplen, es un verdadero profeta. Como en la actualidad ver un milagro es algo poco probable, se considera a la Biblia como única fuente verdadera de fe.

Hobbes analiza varios libros que son aceptados por distintas sectas y la cuestión de la verdadera autoridad de las escrituras.

Para Hobbes, es un manifiesto de que nadie puede saber que son palabras de Dios (aunque los cristianos se lo crean) al menos que Dios se lo haya dicho personalmente. Por tanto la verdadera pregunta es: ¿Qué autoridad tiene la ley? Como era de esperarse, Hobbes concluye que no hay una forma certera de saberlo si no es por medio del poder civil: a aquel a quién Dios no le haya revelado personalmente que son suyos, ni que aquel que los hizo fue enviado por Dios mismo, tiene obligación de obedecer a nadie cuya voluntad no sea ley. Por tanto sólo hay obligación de obedecer al soberano del Estado, el cual sólo tiene poder legislativo.

Discute los Diez Mandamientos, y se pregunta quien los dio para que tengan fuerza de ley. No hay duda de que la ley la dio Dios mismo, pero estos ni obligan ni son ley para aquellos que no lo reconozcan como acto del poder soberano. ¿Cómo sabía el pueblo de Israel que fue Dios quien se los dio, y no Moisés, si no pudieron acerarse al monte? Concluye que la promulgación de la ley de las Escrituras es tarea del soberano civil.

Finalmente, se plantea qué poder tiene la Iglesia sobre aquellos que, siendo soberanos, han elegido la fe cristiana. Concluye que los reyes cristianos son los pastores supremos de su pueblo y tienen el poder de ordenar a sus pastores lo que deseen, pueden enseñar a la iglesia, es decir, instruir a sus súbditos.

Ésta tercera parte está repleta de enseñanzas bíblicas. Sin embargo, una vez aceptado el argumento principal de Hobbes (que nadie puede estar seguro de la revelación divina del prójimo) a su conclusión (que el poder religioso ha de estar subordinado al poder civil) se llega por deducción.

Debido al momento histórico en el que ésta obra fue redactada, las largas explicaciones que se exponen en esta tercera parte fueron necesarias. La necesidad que Hobbes veía de la supremacía del poder soberano surgió por una parte por las consecuencias de la guerra civil, y por otra, para destruir la amenaza de los papas de Roma, dedicándole bastante esfuerzo a esta última idea.


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