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Libertad de prensa y publicidad oficial

Aunque el fallo aquí presentado tiene ya algunos años de dictado (es de 2007), su actualidad es notoria en la coyuntura política argentina de hoy. En los pasados meses se han dictado una serie de pronunciamientos judiciales referentes a la aplicación de algunas de las disposiciones de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada el 10 de octubre de 2009. Cuestiones como las disputadas en dichos procesos judiciales están hermanadas y son en muchos casos consecuencia, en algún sentido, de las discutidas en el fallo que aquí presentamos. Sus efectos jurídicos son, entonces, de vital importancia para muchas consideraciones a plasmar en cualquier debate de nuestros días sobre la relación entre la libertad de expresión y de prensa, y el soporte y apoyo estatal.

Pero cualquiera sea su relevancia desde el punto de vista de la coyuntura política actual en la Argentina, debe remarcarse que el fallo representa un ejercicio de argumentación jurídica del tipo de los que en este espacio se pretende someter a análisis y discusión. En él se debate sobre la facultad del Estado de asignar pautas de publicidad oficial remunerada en los medios de prensa privados: cuáles son sus opciones, hasta dónde llega su arbitrio, qué limitaciones y obligaciones tiene en el ejercicio de dicha facultad. Para describir muy brevemente los hechos del caso, diremos que se presenta acción de amparo judicial frente a la reducción en publicidad oficial que el gobierno de la provincia de Neuquén efectúa respecto de un periódico que tiene circulación en su territorio. Dicha publicidad es remunerada y por ende tiene incidencia en la situación económico-financiera de la editorial a la que el periódico pertenece. De este modo, se pone en cuestión a qué restricciones está sujeta la discreción del Estado para pautar y distribuir sus comunicaciones oficiales, si tiene obligaciones a este respecto para con los medios de prensa privados, etc. En definitiva, queda sobre el tapete la relación del proceder del Estado respecto de la publicidad oficial con los derechos a la libertad de expresión y prensa, consagrados a nivel constitucional. Adicionalmente, hace lugar al debate sobre una materia importante para los interesados actualmente en la argumentación jurídica: el de las obligaciones positivas de los Estados para proveer a la satisfacción de derechos fundamentales.

Editorial-Rio-Negro