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El CERMI-CV rectifica su escrito inicial por errores de planteamientos jurídicos conceptuales

El Cermi invita a los solicitantes de ayudas de la dependencia a recurrir si el Consell no les contesta.

Distribuye un modelo para reclamar al vencer el plazo previsto para tener la resolución.


A. G., Valencia

El Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi-CV) ha decidido dar cobertura a los solicitantes de ayudas de la dependencia que no hayan obtenido respuesta a su petición. El organismo que agrupa a las principales federaciones de discapaictados ha empezado a distribuir un modelo de recurso administrativo para que las personas que se encuentren en las circunstancias citadas puedan reclamar a la Generalitat que les aplique el silencio positivo y dicte resolución con su grado de dependencia y las prestaciones a las que tiene derecho.

El decreto del Consell que regula la aplicación en la Comunitat Valenciana de la ley de Dependencia establece un plazo de seis meses para resolver las solicitudes de ayudas. Transcurrido este tiempo, la normativa contempla que funciona el silencio administrativo positivo. Esto es, Bienestar Social debería reconocer la situación de dependencia.

No obstante, existe cierta duda, ya que el decreto del Consell añade que «excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación» del plazo en los supuestos previstos en el artículo 42.5 de la ley de Procedimiento Administrativo. Uno de ellos es «cuando deban solicitarse informes que sean preceptivos y determinantes del contenido de la resolución». El tiempo de prórroga es de tres meses.

Pese a todo, fuentes consultadas sostienen que es más que discutible que Bienestar Social pueda hacer valer este período extra cuando en los seis meses previstos en el decreto no ha solicitado estos posibles informes.

En todo caso, el modelo de reclamación preparado por el Cermi-CV observa que, si transcurrido ese plazo total de nueve meses, el usuario no tiene la resolución, el Consell debe aplicar el silencio administrativo positivo y notificar a favor del demandante.

Como publicó este diario, la intención de Bienestar Social era consagrar el silencio negativo en el decreto (rechazar las solicitudes no contestadas), pero el Consell Jurídic Consultiu le obligó a dar la vuelta a este artículo.