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¿Ley de la Dependencia o la espada de Damocles?

Por si alguien no entiende el significado de la siguiente presentación, que corresponde a la consulta de una persona con diversidad funcional ante la seguridad social, vía internet, con motivo de la entrada en vigor de la ley de (in)Dependencia y ante la posibilidad de acogerse a la prestación familiar, traducido al castellano, viene a decir que tras tanto cacarear los beneficios de la Ley de la dependencia aquellas personas que opten por percibir la ayuda familiar cotizarán sus “esclavos” familiares por míseras cantidades y escasas retribuciones por atender a un familiar las 24 horas del día. En definitiva que como unos no dan duros a peseta otros tendremos que pagar pesetas a duros. (Calvarios especialmente)

Estos y otros muchos son los desastrosos resultados de una ley que tanto la AGE (Administración General del Estado), como las CC AA (Comunidades Autónomas) diseñaron para sus ciudadanos a cuyo frente, como no, están sus representantes políticos de todos los partidos.
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Consulta a la Seguridad Social sobre cotización por cuidados en el entorno familiar. 14/1/2008
Su consulta ha sido cursada.
En breve recibirá un correo con el número asignado a dicha consulta
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Asunto: Cotización y Recaudación
Mensaje: (Presentado por la persona demandante de aclaración)
La Ley 39/2006 establece una serie de derechos para las personas que precisan atención las 24 horas del día, son los dependientes grado 3 nivel 2, para ellos se establece una prestación para cuidados en el entorno familiar de 482,29 euros y la administración cubre la cotización a la Seguridad Social por importe de 154 euros.
Una vez determinada la persona del entorno familiar que debe prestar los cuidados se suscribe un convenio especial de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, al amparo del Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo.
Obviamente la retribución al familiar de un trabajo de dedicación completa es escasísima y por tanto resulta tremendamente injusto que esa dedicación que otros miembros del entorno familiar se niegan a realizar de vea penalizada con una pérdida de ingresos y de cotización a la Seguridad Social para cotizar ante posibles contingencias.
La cuestión que planteo es si es posible complementar la cotización a la seguridad social al retribuir de manera justa y a precio de mercado al familiar que atiende a un dependiente. Dicho de otra manera, se trata de ver si existe la posibilidad de cotizar por una base superior por los trabajos de cuidado en el entorno familiar y cuál sería el procedimiento a seguir para regularizar esa situación.
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Respuesta Seguridad Social.
RE: número xxxxxx
La única posibilidad que existe actualmente es la que Vd. menciona.