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El Gobierno modifica las condiciones del abono social de telefonía para incluir 100.000 hogares más.

Imagen de un telefono

El umbral de renta familiar para tener derecho a este plan de precios para pensionistas y jubilados se amplía para aumentar el número de beneficiarios

14 de abril de 2009. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) ha aprobado hoy la modificación del umbral de acceso al abono social del operador encargado de la prestación del servicio universal de telecomunicaciones (Telefónica), con el objetivo de evitar que un gran número de ciudadanos con ingresos por encima del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) queden fuera de esta prestación dirigida a pensionistas y jubilados.

La elevación de las pensiones mínimas por encima de la evolución del IPREM que ha llevado a cabo el Gobierno socialista ha tenido como consecuencia no deseada que muchos pensionistas superaran los límites establecidos para ser beneficiarios del abono social. En virtud del acuerdo de la Comisión, el umbral de renta familiar para tener derecho al abono social pasa del IPREM al IPREM x 1,1, para que así se puedan beneficiar más hogares.

Con la modificación aprobada, se estima que el número de beneficiados por el abono social en 2009 se incrementará en 100.000 hogares más, hasta un total de 250.000. De esta forma, el Gobierno refuerza la protección de los ciudadanos con necesidades especiales en telecomunicaciones.

La propuesta permite incluir en el colectivo con derecho a acceder al abono social a los siguientes perceptores de pensiones mínimas:

– Jubilados mayores de 65 años sin cónyuge a cargo.

– Beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente absoluta o total sin cónyuge a cargo.

– Pensionistas de viudedad mayores de 65 años o con una discapacidad superior al 65%.

Importantes reducciones en las cuotas

El plan de precios denominado abono social, dirigido a jubilados y pensionistas, incluidos tantos los preceptores de una pensión pública como los de una pensión privada reconocida por decisión judicial, supone una reducción del 70% en el importe de la cuota de alta del servicio telefónico fijo disponible al público o cuota de conexión de líneas individuales y una rebaja del 95% en el importe de la cuota de abono de la línea individual.

El abono social está integrado en el servicio universal de telecomunicaciones, que establece un conjunto definido de servicios básicos cuya prestación debe garantizarse a todos los usuarios, independientemente de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.

Para garantizar la asequibilidad del precio, la Ley General de Telecomunicaciones establece que las personas con necesidades sociales especiales deben disponer de opciones o paquetes de tarifas que difieran de las aplicadas en condiciones normales de explotación comercial y que les permitan tener acceso al servicios telefónico disponible al público desde una ubicación fija o hacer uso de éste.

Fuente: Ministerio de Economia y Hacienda

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El lado oscuro de la ley de dependencia

Muchos solicitantes pueden perder dinero si se acogen a la nueva norma, por lo que es conveniente conocer sus puntos débiles y saber en qué casos se puede reclamar

La ley de dependencia ofrece a miles de españoles la posibilidad de recibir una atención o una ayuda hasta ahora inexistente. En Galicia eso es lo más frecuente, pero también hay muchos casos en los que la aplicación de la ley no es favorable, y deja al afectado en una situación económica peor. Por eso, antes de incluirse en el SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) es conveniente hacer cuentas y conocer un par de singularidades de la norma.
1.- Renuncia al servicio anterior.
Solicitar la inclusión en el sistema, el SAAD, implica obligatoriamente renunciar a las ayudas que se recibían anteriormente. No quiere decir que se le retire la ayuda al momento, ni mucho menos, sino que cuando se le diseñe un plan especial individual (PIA) y empiece a ejecutarse, dejará de recibir la anterior prestación. A veces, y muchas, esto es perjudicial desde el punto de vista económico.
2.- El cheque asistencial, menos dinero habitualmente.
Consiste en que la Xunta paga el 70% del salario de un cuidador por horas. Después de hacer cuentas, descubrirá que solo compensa incluirse en la ley si se recibe pocas horas de ayuda, tiene una renta muy baja o vive en una zona rural.
Un ejemplo: una persona que tenía 80 horas de atención (2,5 horas al día más o menos) abonaba 240 euros al mes. Con la ley, ahora tendrá que pagar por ese mismo servicio entre 394 y 597 euros.
¿Por qué? Porque hasta ahora la Xunta pagaba el 70% del coste asumiendo que la hora costaba diez euros; en ese caso, la Administración abonaba 560 euros, y el usuario, 240. Ahora se le dará al usuario un dinero para que compre un servicio en función de las horas que necesite y la capacidad económica del pensionista; lo máximo que se da para una atención de 80 horas al mes son 597 euros, y lo mínimo, 394, según las rentas del solicitante. Como es el solicitante el que paga, si vive en un pueblo pequeño le puede compensar porque el coste de la hora de trabajo es inferior a los diez euros que calcula la Xunta. Muchos trabajadores sociales desconocen esta paradoja.
3.- Una residencia pública le cuesta a un pensionista medio tres veces más en Galicia que en Santander.
Un caso habitual: un dependiente con una pensión de 600 euros paga en una residencia pública gallega el 75% de su sueldo, es decir, unos 450 euros; si esa misma persona viviese en Santander y estuviese en un centro similar, solo tendría que abonar 110 euros.
¿Por qué? El Consejo Interterritorial de Sanidad -que aglutina a todas las autonomías y marca las pautas de esta ley- aún no ha establecido los criterios económicos para el copago de servicios en la ley de la dependencia. Por eso, hasta el momento cada comunidad ha de marcar sus parámetros: en Galicia se aplican los mismos criterios que en los noventa; en Cantabria, y otras comunidades, a la espera de que haya un acuerdo interterritorial, se ha establecido un criterio siguiendo la filosofía de la ley (no se paga en función del sueldo, sino un porcentaje del precio del servicio a partir de la capacidad económica).
Los técnicos de la Oficina de la Dependencia de la Diputación de Ourense consideran que, una vez que se aprueben las bases económicas para la percepción de los servicios, los gallegos podrán reclamar todo el dinero abonado de más desde que solicitaron integrarse en la ley; la Xunta no contempla la existencia de ese derecho.
4.- A veces compensa más una residencia privada que una pública.
La plaza vale lo mismo, unos 1.080 euros, en residencias públicas y privadas. Con una pensión de 600 euros, una plaza en una residencia pública costaría al dependiente 450 euros. Pero en caso de tener que recurrir a una privada, al dependiente con esa pensión se le abonaría el 90% de la prestación máxima para ese supuesto (percibiría de la Administración unos 730 euros) y debería abonar de su bolsillo el resto, 350 euros. Si la pensión es de 700 euros, la diferencia es mayor.
5.- El transporte del 065, inútil en muchos casos.
El servicio de transporte adaptado del 065 es prácticamente inútil por tres razones: no cubre más que cien kilómetros (ir de Laxe a A Coruña al especialista y volver son 140 kilómetros); solo puede ir el dependiente y no su acompañante, lo que resulta absurdo en caso de grandes dependientes; y en muchos casos, si se juntan dos personas, sale más barato ir en taxi.
6.- ¿Quién marca las vacaciones del cuidador?
Se dice que el cuidador tendrá derecho a 45 días de vacaciones (el dependiente iría a una residencia durante ese tiempo). Pero ¿quién decide cuándo se cogen esas vacaciones?
7.- La cotización por cuidador informal es peor que la del régimen agrario.
Hay muchas personas cotizando a la Seguridad Social por el Régimen Especial Agrario. Si pasan a estar «asimilados al alta» como cuidadores, no tienen baja por enfermedad, maternidad o paternidad; carecen de seguro por desempleo (lo que ocurrirá cuando el dependiente no les necesiten); no pueden variar su cuota de cotización; tendrán la pensión más baja de todas, y no tienen derecho a asistencia sanitaria plena (para sus hijos y familiares).
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La Sociedad General de Autores y Editores demanda a «Público»

La SGAE demanda a

La asociación acusa al diario de mantener “una campaña” en su contra.

PÚBLICO – Madrid – 06/05/2008 10:52

La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha presentado una demanda contra el periódico Público por una supuesta “campaña en contra”, según el escrito entregado ante el juzgado.

La sociedad de gestión de derechos asegura que el periódico “ha concentrado parte de su actividad informativa” en la SGAE y publicado “un sinfín de noticias, comentarios y opiniones, casi siempre en un tono negativo, sesgado y lesivo para los intereses que representa SGAE y con la clara intención de desacreditarla”.

A pesar de criticar a Público por tratar en exceso en sus informaciones a la SGAE, la mencionada sociedad de gestión de derechos no entra al fondo de esas noticias publicadas por el periódico, que califica de “inveraces, sesgadas e insidiosas”.

En su lugar, la sociedad centra exclusivamente su demanda en comentarios que los lectores han volcado en esas mismas noticias en publico.es, que considera “ofensivos”.

La SGAE demanda una compensación de 30.000 euros. El diario Público, desde su lanzamiento, ha sido crítico con el canon digital.


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El Gobierno suspende en política de integración de los discapacitados

– El 9% de los españoles presenta algún tipo de discapacidad
– Solamente el 1% de este colectivo logra acceder a la universidad
– El 80% de las empresas no cumple la obligación de reservar un 2% de sus plazas.
Actualizado lunes 28/04/2008 14:45 (CET)

YOLANDA TÉLLEZ

MADRID.- En el marco de la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Fundación ONCE ha presentado el informe ‘Derechos Humanos y Discapacidad en España’, que analiza la situación de las personas con discapacidad en el territorio español, desde la óptica de los derechos humanos.

El documento ha sido realizado en catorce país, concretamente en Alemania, Armenia, Bulgaria, España, Estonia, Finlandia, Grecia, Holanda, Irlanda, Polonia, Reino Unido, Rusia, Serbia y Turquía.
En el caso español, el escrito, además de proporcionar datos acerca del número de personas con discapacidad en España y analizar las leyes existentes en este ámbito, observa distintos aspectos como la vivienda, el empleo, la educación, la comunicación y la accesibilidad, entre otros, mostrando una serie de propuestas para una mayor inclusión del colectivo. “Vivimos en una sociedad donde o caminamos todos o no estamos yendo a ninguna parte”, afirma Leonor Lidón Heras, autora del informe en el caso español.
De acuerdo con la Encuesta sobre Discapacidad, Deficiencias y Estado de Salud (EDDES), de 1999, el porcentaje oficial de personas con discapacidad en España asciende al 9%, representado, aproximadamente, a tres millones y medio de personas. “El mayor número lo representan las mujeres, por lo que sufren una doble discriminación”, manifiesta Lidón Heras.
La Constitución de 1978 incluye la legalidad de las acciones positivas, la igualdad ante la ley y la prohibición de la discriminación. Además, la legislación existente, tal como la Ley de Integración Social de los Minusválidos de 1982 (LISMI) y la Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU) caminan en busca de esta igualdad. Sin embargo, en la práctica, aún se detectan barreras tanto legales como de inclusión, en torno a este colectivo.
Principales barreras.
Entre los aspectos principales que el documento resalta proponiendo una serie de mejoras para la integración de las personas con discapacidad se encuentran algunos como la incapacitación, la comunicación, la educación, la vivienda, el empleo y la accesibilidad.
En lo que se refiere a la incapacitación, principal barrera legal existente para este colectivo, el sistema legal español prevé la limitación de la capacidad legal de las personas con discapacidad. “El resultado es que la persona no puede gobernarse por sí misma, en vez de que el sistema se centre en las capacidades que sí que posee esa persona”, expresa Lidón Heras. Sin embargo, además de las barreras legales, las personas con discapacidad se encuentran con distintos ámbitos exclusivos en su vida diaria. Entre ellos la accesibilidad, no sólo en sí misma, sino también desde el punto de vista de la vivienda y la comunicación, donde ésta no se cumple en ninguno de los casos.
La educación es otro de los áspectos donde existe una mayor inclusión. Sólo el 1% de los estudiantes con discapacidad llega a la universidad. Además, el 40% de ellos, lo hace a través de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). “Se detecta que el número de alumnos con necesidades especiales en la educación integrada disminuye una vez superada la educación obligatoria”, señala la autora del informe.
Por último, en el caso del empleo, el documento muestra que una de cada tres personas con discapacidad es inactiva, existiendo una doble discriminación en el caso de las mujeres. Además, el 80% de las empresas obligadas a reservar un 2% de su plantilla para este colectivo no cumple la medida.

La presentación del informe ha contado además con la participación de Enrique Múgica Herzog, Defensor del Pueblo, Luis Crespo Asenjo, director general de Fundación ONCE, y Mª Luz Sanz Escudero, vicepresidenta del CERMI.

Convención de la ONU

Tras la exposición del documento, el acto ha contado con una mesa redonda acerca del impacto legislativo que tendrá en España la entrada en vigor, el próximo 3 de mayo, de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La Convención de la ONU, ratificada por España el pasado mes de diciembre, obligará a los más de un centenar de países firmantes a adoptar todas las medidas legislativas y administrativas que sean pertinentes para eliminar toda barrera o restricción que impida a las personas con discapacidad su plena inclusión y participación efectiva en la sociedad, garantizando así los derechos humanos y las libertades fundamentales para el colectivo.
El coloquio ha contado con la participación de distintos expertos en materia de discapacidad y con la moderación de Fernando Fernández-Arias Minueda, director de la Oficina de DDHH del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
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Repsol lanza un campaña para la integración sociolaboral de personas con discapacidad


La petrolera Repsol apuesta por la integración laboral y social de personas con discapacidad, con una campaña publicitaria que tiene como lema “En Repsol trabajamos para que la integración sea una realidad”.

MARTA DÍEZ. La compañía muestra, con esta iniciativa, su apoyo hacia las personas de este colectivo con riesgo de discriminación laboral y social, y se compromete a luchar por la igualdad de oportunidades y la integración en la sociedad de todos los grupos de personas que presenten mayores dificultades, según resalta en un comunicado.

Una de las novedades que presenta esta campaña impulsada por Repsol es que ha sido rodada en la primera estación de servicio de España cuya plantilla está formada íntegramente por personas con capacidades diferentes, y que tiene el certificado Aenor de accesibilidad global para clientes.

Además del apoyo a través de campañas publicitarias, la compañía, que cuenta con más de 300 empleados con discapacidad y ha puesto en marcha el Proyecto Hortaleza. Este proyecto contempla la construcción de una estación de servicio con paneles fotovoltaicos, tienda con accesibilidad total, zona de lavados, parking y un Centro de Formación de Repsol, todos ellos exentos de barreras arquitectónicas.

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Catalá en el campus

Universitat d’Alacant

Universidad de Alicante

University of Alicante

Universitat d'Alacant - Universidad de Alicante - University of Alicante

El estatuto de la Universidad de Alicante incorporará a su texto la expresión «académicamente catalán» para referirse a la lengua de la Comunitat, como publicó ayer el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia.