{"id":1213,"date":"2008-11-11T18:56:39","date_gmt":"2008-11-11T16:56:39","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/?p=1213"},"modified":"2008-11-11T18:56:39","modified_gmt":"2008-11-11T16:56:39","slug":"educared-un-portal-al-servicio-de-la-educacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/2008\/11\/11\/educared-un-portal-al-servicio-de-la-educacion\/","title":{"rendered":"Educared. Un portal al servicio de la educaci\u00f3n."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: bold;font-size:180%\">De maestro a maestro<\/span><\/p>\n<p><!-- Contenido para el art\u00edculo de la p\u00e1gina --><\/p>\n<table style=\"width: 577px;height: 1925px\" border=\"0\" cellspacing=\"0\" cellpadding=\"0\">\n<tbody>\n<tr style=\"font-weight: bold\">\n<td class=\"tit_weblet_cabecera\"><span style=\"font-size:130%\">Inclusi\u00f3n escolar<\/span><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"tit_weblet_etiqueta_noticias\"><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr style=\"font-weight: bold\">\n<td class=\"txt_base\" align=\"right\">02 \/ 2007<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"txt_base\" style=\"text-align: justify\"><span style=\"font-size:130%\">Un an\u00e1lisis de la inclusi\u00f3n escolar, normada por la legislaci\u00f3n peruana, en un art\u00edculo publicado por la Sociedad Peruana de S\u00edndrome de Down en su p\u00e1gina web <a href=\"http:\/\/www.spsd.org.pe\/\" target=\" blank\">http:\/\/www.spsd.org.pe<\/a><br \/>\n<span style=\"color: #000000\">.<\/span><br \/>\nDesde una perspectiva jur\u00eddica, en el Per\u00fa se ha optado porque sean los centros educativos regulares quienes acojan a la mayor parte de los ni\u00f1os y adolescentes con discapacidad, propuesta que implica un esfuerzo concertado del sistema educativo. En este enfoque, no es el ni\u00f1o diferente, o con discapacidad, el que tiene que adaptarse a las escuelas y centros educativos (a sus ritmos, sistemas y est\u00e1ndares) sino que, por el contrario, es la escuela la que est\u00e1 en el deber de adaptarse a la diversidad.Los marcos normativos actuales son concluyentes en el sentido de estipular la necesidad de abrir los colegios regulares y romper las barreras f\u00edsicas y curriculares que lo impiden, eliminando al mismo tiempo toda pr\u00e1ctica de discriminaci\u00f3n al interior de las aulas y escuelas.<\/p>\n<p>La inclusi\u00f3n es opuesta a la exclusi\u00f3n: se plasma en la existencia de una sociedad abierta, tolerante, que se enriquece con la participaci\u00f3n de las personas con discapacidad en la vida econ\u00f3mica, social y cultural del pa\u00eds. Las diferencias nos asustan. Mientras algunos las enfrentan e incorporan, la gran mayor\u00eda hace de ellas un pretexto para marginar, discriminar entre &#8220;ellos&#8221; y &#8220;nosotros&#8221;.<\/p>\n<p>El objetivo es remontar y cerrar distancias injustificables que separan a unas personas de otras y promover una sociedad que acoja a todos los peruanos. La Ley apuesta por una sociedad donde las personas se sientan plenamente part\u00edcipes y las escuelas sean lugares amables y libres de toda discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Propone un sistema educativo que se construye sobre la convicci\u00f3n de que la palabra progreso no tiene ning\u00fan sentido mientras existan l\u00edmites a la realizaci\u00f3n de las personas.<\/p>\n<p><strong>Garantizar que aprendan<\/strong><\/p>\n<p>No basta abrir las escuelas y hacerlas accesibles, es necesario asegurar los resultados del aprendizaje de los estudiantes con discapacidad incluidos en ellas. Es indispensable dar cumplimiento al mandato de la Ley de Educaci\u00f3n de garantizar a todos una educaci\u00f3n de calidad. Esto implica, por lo menos, dos cosas. En primer lugar, es necesario distinguir el tr\u00e1nsito de un grado a otro de la evaluaci\u00f3n de aprendizajes. El primero debe estar de acuerdo a la edad del estudiante y el segundo de acuerdo a las capacidades alcanzadas. Esto significa que, un estudiante de 12 a\u00f1os con discapacidad intelectual, por ejemplo, debe cursar estudios en el grado que le corresponde a su edad (primero de secundaria) y que el programa curricular de ese grado debe adecuarse a sus capacidades y habilidades.<\/p>\n<p>Esto ya est\u00e1 reglamentado, estando establecido que los estudiantes con discapacidad deben tener un curr\u00edculo adaptado a sus necesidades e intereses y conforme a ello ser evaluado, usando diversas formas y lenguajes; debiendo ser promovido de grado de acuerdo con su edad normativa.<\/p>\n<p>En segundo lugar, la escuela debe hacerse responsable del progreso del ni\u00f1o y dar cuenta de sus logros. Hasta el momento, la evaluaci\u00f3n de la experiencia de integraci\u00f3n en el Per\u00fa es positiva en el sentido de motivar a las escuelas a abrir sus puertas, vencer la desconfianza de los maestros para atender la diversidad. Se han registrado progresos y avances en los procesos de socializaci\u00f3n de los ni\u00f1os integrados, y un beneficio general para los ni\u00f1os que, sin tener discapacidad, presentan dificultades de aprendizaje. Se ha registrado, asimismo, una reducci\u00f3n de los prejuicios imperantes en la escuela y una mejora de las formas y cultura de convivencia. No obstante, no hay claridad sobre los logros de aprendizaje realmente obtenidos por los estudiantes incluidos.<\/p>\n<p>El que un estudiante con necesidades educativas especiales aprenda diferenciadamente, no impide que la escuela y los docentes le ense\u00f1en, de la mejor manera posible, y desarrollen plenamente su potencial.<\/p>\n<p>Ello trae consigo la necesidad de que, no s\u00f3lo el sistema, sino los docentes que constituyen su nervio central, acepten la diversidad humana como un hecho previo y positivo, y dispongan de un repertorio de herramientas y estrategias de trabajo para desplegarla. Simult\u00e1neamente, es necesario promover experiencias inclusivas exitosas, que tengan un efecto demostrativo en lo pedag\u00f3gico, y sean soporte para un cambio cultural de mayor envergadura.<\/p>\n<p>La diversidad entre los seres humanos es grande y hay lugar en el mundo para todos con igualdad de derechos. No olvidemos que la sociedad a la que aspiramos est\u00e1 hecha del aporte de todas las personas que, al margen de sus diferencias y particularidades, conviven en armon\u00eda y construyen bienestar.<\/p>\n<p><\/span><span style=\"font-size:130%\"><a href=\"http:\/\/www.educared.pe\/modulo\/upload\/128951277.doc\" target=\"_blank\">Descargar archivo<\/a><\/span><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><!-- Paginaci\u00f3n --> <!-- Fin Paginaci\u00f3n --><\/td>\n<\/tr>\n<tr valign=\"bottom\">\n<td class=\"app_iconos_dcha\" height=\"37\" align=\"right\" valign=\"bottom\"><a href=\"history.back(-1)\" target=\" blank\"><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.educared.pe\/iconos\/volver.gif\" border=\"0\" alt=\"\" \/><\/a><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De maestro a maestro Inclusi\u00f3n escolar 02 \/ 2007 Un an\u00e1lisis de la inclusi\u00f3n escolar, normada por la legislaci\u00f3n peruana, en un art\u00edculo publicado por la Sociedad Peruana de S\u00edndrome de Down en su p\u00e1gina web http:\/\/www.spsd.org.pe . Desde una perspectiva jur\u00eddica, en el Per\u00fa se ha optado porque sean los centros educativos regulares quienes [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":791,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-1213","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1213","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/users\/791"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1213"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1213\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1214,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1213\/revisions\/1214"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1213"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1213"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/diversitatfuncional\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1213"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}