Tributos confirma la exencion del IVA en el asesoramiento financiero a IIC y SGIIC

Se aprueba así la consulta promovida por Arcano e impulsada por la Junta Directiva de ASEAFI, donde quedan exentos los servicios de asesoramiento en inversión de valores mobiliarios.

El verano pasado, la Asociación Española de Empresas de Asesoramiento Financiero (ASEAFI) presentó a la Dirección General de Tributos una consulta sobre la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en la prestación de asesoramiento financiero a Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) y a Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva (SGIIC). Un punto importante para todas aquellas EAFI que ejercen como asesoras de un fondo o sicav, así como de gestoras.

Esta consulta fue promovida por Arcano, a través de Carlos Trinchant e impulsada por la Junta Directiva de ASEAFI. El desarrollo de la misma estuvo a cargo de la comisión sobre normativa y regulación, liderada por Marta Eizaguirre, y fue preparada por el despacho de abogados Uría Menéndez, contratado para tal fin.

Esta solicitud está fundamentada en la Directiva 77/388/CEE, de 28 de Noviembre de 2006, relativa al sistema común del IVA, que establece la exención de las actividades de “gestión de fondos comunes de inversión definidos como tales por los Estados miembros” en el IVA. Además, se cita la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 7 de Marzo de 2013 (asunto C-275/11), en la que el Tribunal concluye que los servicios de asesoramiento en inversión de valores mobiliarios a SGIIC están incluidos dentro de la exención, por tener una vinculación intrínseca con su actividad propia.

La Dirección General de Tributos confirma ahora que los servicios de asesoramiento sobre inversiones financieras, en los términos expuestos en la sentencia de fecha 7 de marzo de 2013, prestados a una SGIIC están exentos del IVA conforme a lo establecido en el artículo 20. Uno. 18º, letra g) de la Ley 37/1992.

Dicha exención, en su caso, se predica tanto de los servicios de asesoramiento sobre inversiones financieras prestados directamente a una IIC, como de los prestados a una sociedad gestora de esta última y siempre que se trate de servicios consistentes en formular recomendaciones de compra y venta de activos.

FUENTE:
eaf_thumb_fundspeople


Posted

in

by

Tags:

Comments

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *