NORMATIVA DE LA UE SOBRE INVERSIÓN SOSTENIBLE (II): REQUISITOS PARA LOS ASESORES

FundsPeopleSi los gestores de activos facilitan la inversión sostenible, los asesores son los que hacen el filtro. Respecto a la normativa de la UE sobre inversión sostenible, ellos serán quienes estudiarán en detalle las divulgaciones procedentes de los gestores de activos, los fondos de pensiones y las aseguradoras tanto con respecto a la entidad como al producto. Contar con indicadores y parámetros claros sobre los que pueda informarse periódicamente (del mismo modo, por ejemplo, en que se informa sobre el riesgo y la rentabilidad) será fundamental.

“Es por esto que podemos anticipar que las categorizaciones de productos (como la clasificación del Artículo 6, Artículo 8 y Artículo 9 del SFDR) y las etiquetas (como la Etiqueta ecológica, cuando se desarrolle) permitirán un nivel sin precedentes de profundidad en las conversaciones entre asesores e inversores finales”, indica en un white paper Anastasia Petraki, directora de Análisis Político en Schroders.

A su entender, lo interesante es que los cambios que afectan a los asesores no se limitan a las nuevas normas sobre idoneidad en virtud de las que los asesores preguntarán a sus clientes sobre sus preferencias en materia de sostenibilidad.

El SFDR también exige a los asesores divulgaciones con respecto a la entidad y al producto, solo que los requisitos están más ajustados al sector del asesoramiento. Específicamente, los asesores deberán informar sobre el modo en que tienen en cuenta el riesgo de sostenibilidad y el impacto adverso principal en su asesoramiento.

A nivel de producto, deberán divulgar el impacto probable de los riesgos de sostenibilidad en los retornos de los productos sobre los que asesoren, y esto se aplica a todos los productos, no solamente a los que tengan características de sostenibilidad.

Los requisitos para asesores como filtro de la inversión sostenible son los siguientes:

SFDR - MiFID II