{"id":234,"date":"2014-05-28T08:00:50","date_gmt":"2014-05-28T08:00:50","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/gcvillajoyosa\/?p=234"},"modified":"2014-05-28T08:00:50","modified_gmt":"2014-05-28T08:00:50","slug":"sesion-de-31-de-agosto-1939-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/gcvillajoyosa\/2014\/05\/28\/sesion-de-31-de-agosto-1939-2\/","title":{"rendered":"Sesi\u00f3n de 31 de Agosto 1939"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li style=\"text-align: justify\"><strong>Municipio:<\/strong> Villajoyosa<\/li>\n<li style=\"text-align: justify\"><strong>Sesi\u00f3n:<\/strong> Extraordinaria<\/li>\n<li style=\"text-align: justify\"><strong>Fecha:<\/strong> 1939-08-31. 1\u00aa Convocatoria.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify\"><strong>Hora:<\/strong> 16:00<\/li>\n<li style=\"text-align: justify\"><strong>Nombre del Alcalde:<\/strong> Jos\u00e9 Vaello Zaragoza<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Acuerdos:<\/strong><\/p>\n<ul style=\"text-align: justify\">\n<li>Abierta la sesi\u00f3n, el Sr. Alcalde manifiesta que, como ya contaba en la convocatoria, la presente reuni\u00f3n extraordinaria tiene por objeto el estudio de la f\u00f3rmula que, presenta el Banco de Cr\u00e9dito Local de Espa\u00f1a para concertar una moratoria en el pago de los descubiertos de este Ayuntamiento con dicha entidad.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify\">Por m\u00ed, el secretario, se dio lectura a la expresada f\u00f3rmula que textualmente dice as\u00ed:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">1)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Los vencimientos trimestrales reca\u00eddos y no satisfechos se adeudaran, con efectos de 30 de Junio pasado, en una cuenta de descubiertos especial, que se abrir\u00e1 al Ayuntamiento de Villajoyosa, condon\u00e1ndose por tanto, todos los intereses devengados hasta dicha fecha de 30 de Junio. Asimismo se adeudar\u00e1n en ella el vencimiento que recaer\u00e1 en ella el d\u00eda 27 del pr\u00f3ximo mes de Octubre.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">2)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Esta cuenta de descubiertos se liquidar\u00e1 trimestralmente con el devengo de intereses a favor del Banco a partir del 1\u00ba de Julio pasado a raz\u00f3n de 1\u201920% trimestral, con car\u00e1cter revisable, hasta tanto pueda fijarse el tipo de inter\u00e9s definitivo que habr\u00e1 de regir par estas deudas, con arreglo a las normas usuales del Banco.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">3)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Para reducci\u00f3n de esta cuenta de descubiertos, pago de intereses trimestrales de la misma y atenciones normales de los vencimientos trimestrales que se vayan produciendo, el Ayuntamiento de Villajoyosa, ingresar\u00e1 mensualmente en las cajas el Banco, a partir de 1\u00ba de Enero de 1940, la cantidad\u00a0 de Pts. 3.782\u201951, cuya cantidad se aplicar\u00e1 en la siguiente forma: Pts. 2.415\u201907 a cuenta de los vencimientos corrientes y Pts. 1.367\u201944 para la cuenta de descubiertos la cual quedar\u00e1 cancelada en el plazo de diez a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">4)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de esta f\u00f3rmula, el Sr. Depositario Municipal queda obligado bajo su personal responsabilidad, a retener en su poder en calidad de dep\u00f3sito a disposici\u00f3n de l Banco, las cantidades que mensualmente se recauden por los conceptos afectados en garant\u00eda especial de la operaci\u00f3n que son los siguientes: a) Bebidas, b) Carnes y c) la cantidad necesaria, en caso de que los conceptos anteriores no cubran el importe de la cuota mensual, para completar la misma, de los restantes ingresos municipales. Su renta de los valores que obran depositados en las Cajas del Banco en garant\u00eda de la operaci\u00f3n concertada, ser\u00e1 computable para la fracci\u00f3n correspondiente al mes en que se recibe en el Ayuntamiento la carta de abono de su importe. Las cantidades que en virtud de lo expuesto retenga en su poder el Sr. Depositario, deber\u00e1n ser reembolsadas al Banco dentro de los cinco primeros d\u00edas del mes siguiente al que corresponda la retenci\u00f3n efectuada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">5)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Mensualmente y en los primeros cinco d\u00edas del mes, el Sr. Interventor Municipal librar\u00e1 certificaci\u00f3n acreditativa de las cantidades recaudadas en el mes anterior especificadas por conceptos para su remisi\u00f3n al Banco en uni\u00f3n de la carta anunciando las remesas de las cantidades retenidas pro el Sr. Depositario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">6)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Una vez liquidada totalmente la cuenta de descubiertos mencionando las retenciones mensuales ante indicadas quedar\u00e1n reducidas a Pts. 2.415\u201907 o sea la doceava parte de la anualidad establecida en el cuadro de amortizaci\u00f3n unido al contrato.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">7)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En caso de incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Villajoyosa de las condiciones que se especifican, quedar\u00e1n en libertad el Banco para actuar en t\u00e9rminos a que est\u00e1 facultado con arreglo a los estatutos sociales y al contrato vigente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">8)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 De la aprobaci\u00f3n de esta f\u00f3rmula por el Ayuntamiento se dar\u00e1 traslado por notificaci\u00f3n a los Sres. Depositarios e Interventor Municipales a los efectos de las condiciones 4\u00aa y 5\u00aa, envi\u00e1ndose certificaci\u00f3n al Banco de Cr\u00e9dito Local de Espa\u00f1a en lo que se haga constar: a) la aprobaci\u00f3n de la f\u00f3rmula por el Ayuntamiento; con transcripci\u00f3n literal de la misma; b) la diligencia de notificaci\u00f3n a los Sres. Depositarios e Intervento Municipales y c) que el acuerdo de aprobaci\u00f3n de la f\u00f3rmula es efectivo y firme, por no haberse presentado reclamaci\u00f3n alguna contra el mismo, en el periodo de exposici\u00f3n al p\u00fablico.\u00bb<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Despu\u00e9s de un detenido estudio de las precedentes condiciones, el Ayuntamiento por unanimidad acuerda aprobarlas en todas sus partes oblig\u00e1ndose a su m\u00e1s exacto cumplimiento; que se exponga este acuerdo al p\u00fablico por t\u00e9rmino de 15 d\u00edas\u00a0 para reclamaciones y que en su d\u00eda se remitan la Banco los documentos y diligencias a que se refiere la cl\u00e1usula 8\u00aa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Municipio: Villajoyosa Sesi\u00f3n: Extraordinaria Fecha: 1939-08-31. 1\u00aa Convocatoria. 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