{"id":97,"date":"2020-01-07T06:28:30","date_gmt":"2020-01-07T06:28:30","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/?page_id=97"},"modified":"2020-01-07T06:28:30","modified_gmt":"2020-01-07T06:28:30","slug":"tema-6-las-reformas-borbonicas","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/tema-6-las-reformas-borbonicas\/","title":{"rendered":"Tema 6. Las reformas borb\u00f3nicas"},"content":{"rendered":"<p align=\"JUSTIFY\">En el siglo XVIII, con la entronizaci\u00f3n de la nueva dinast\u00eda borb\u00f3nica, se introducen planteamientos tendentes al fortalecimiento del poder mon\u00e1rquico. En ellos encontramos la influencia de los consejeros franceses que acompa\u00f1an a Felipe V, pero tambi\u00e9n hay decididos partidarios de las reformas en Espa\u00f1a y algunas realizaciones, si se quiere modestas, en los \u00faltimos a\u00f1os del reinado de Carlos II.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Desde la distancia, se puede decir que la pol\u00edtica de los Borbones respecto a Am\u00e9rica es la de reforzar los v\u00ednculos entre ambas orillas del Atl\u00e1ntico \u2013bastante relajados con los Austrias Menores-, redefinir el \u201cpacto colonial\u201d, asignando a los reinos indianos un papel de complementariedad dentro de una situaci\u00f3n de dependencia respecto a la Pen\u00ednsula, con el objetivo \u00faltimo de conseguir un crecimiento econ\u00f3mico que reportase un aumento de los ingresos de la Real Hacienda y permitiese a la monarqu\u00eda recuperar su peso en el contexto internacional.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Sin embargo, esa pol\u00edtica atraviesa por distintas etapas y ni siquiera es posible identificar una l\u00ednea constante a lo largo del siglo, pues debe tener en cuenta las circunstancias cambiantes \u2013en la pol\u00edtica internacional, en las mismas prioridades de los equipos de gobierno\u2026- y las inercias y resistencias que debe superar.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">En los primeros momentos, la acci\u00f3n pol\u00edtica viene condicionada por la guerra, que enfrenta a los Borbones con las dem\u00e1s potencias europeas que apoyan al pretendiente, el archiduque Carlos, quien hab\u00eda visto frustradas sus pretensiones a la herencia de Carlos II en su \u00faltimo testamento. Se disputa la hegemon\u00eda en Europa, y aqu\u00ed se desarrollar\u00e1 el grueso de las operaciones, pero tambi\u00e9n los beneficios del comercio colonial. En esta coyuntura b\u00e9lica, la relaci\u00f3n entre metr\u00f3poli y colonias se ve muy comprometida por el dominio del mar por las flotas holandesa y brit\u00e1nica ante una armada hispana que no es ni merecedora de tal nombre. Cuando m\u00e1s necesarios son los recursos y m\u00e1s exhaustas est\u00e1n las arcas de la monarqu\u00eda, apenas llegan algunas de las remesas indianas ya de por s\u00ed muy mermadas. Para lograr unas m\u00ednimas comunicaciones con los puertos de la otra orilla del Atl\u00e1ntico, Felipe V necesita la ayuda de la flota francesa que en modo alguno es desinteresada. Esa misma necesidad de recursos hace que se acuda a un expediente en teor\u00eda excepcional, pues fue reiteradamente utilizado en la centuria anterior, como es el de la enajenaci\u00f3n de rentas y cargos, lo que no hace m\u00e1s que aumentar la autonom\u00eda de las \u00e9lites indianas y la corrupci\u00f3n a todos los niveles: se venden regidur\u00edas, corregimientos, alcald\u00edas mayores, cargos en la administraci\u00f3n de hacienda, en las audiencias, de alcaides de fortalezas\u2026; se llega a vender en 1707 el cargo de general de la Armada del Mar del Sur por 1.500 doblones.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">El fin de la contienda no supone p\u00e9rdidas territoriales significativas en Am\u00e9rica en t\u00e9rminos relativos, aunque la debilidad militar y la falta de recursos impide recuperar los enclaves m\u00e1s o menos consolidados en esos momentos, pero s\u00ed conlleva la concesi\u00f3n de privilegios comerciales a favor de los vencedores, esencialmente los ingleses: el nav\u00edo de permiso y el asiento que permit\u00eda desembarcar 4.000 esclavos negros anuales en la Am\u00e9rica hispana, abri\u00e9ndose nuevas v\u00edas para el contrabando.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Un amplio programa de reformas se har\u00e1 esperar para Am\u00e9rica, cuando adem\u00e1s era m\u00e1s urgente llevarlas a cabo en los reinos peninsulares, sobre todo en aquellos que hab\u00edan mantenido un r\u00e9gimen foral propio que, aunque desnaturalizado, se consideraba un condicionante para la acci\u00f3n de gobierno del poder mon\u00e1rquico.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">A\u00fan as\u00ed, en la primera mitad del siglo XVIII asistimos a toda una serie de reformas puntuales, pero importantes, que afectan a la pol\u00edtica indiana. Sin pretender una enumeraci\u00f3n exhaustiva, cabe destacar:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">Reformas en el Consejo de Indias, purg\u00e1ndolo de desafectos a la causa borb\u00f3nica y reduciendo el n\u00famero de sus miembros. El Consejo de Indias, como otros consejos, ve mermada sus facultades con la creaci\u00f3n (30\/11\/1714) de las cuatro secretar\u00edas de Despacho Universal \u2013a la cual cabe a\u00f1adir la intendencia general de hacienda- con el fin de agilizar la toma de decisiones al eliminar su car\u00e1cter colegiado, entre las cuales estaba la de Marina e Indias. Esta secretar\u00eda asumir\u00e1 las funciones ejecutivas, quedando el Consejo de Indias, hasta su supresi\u00f3n en 1809 (definitivamente en 1834), como un organismo asesor y con funciones judiciales, como tribunal superior de los de Indias. El sistema de secretar\u00edas, en lo esencial, se mantuvo hasta principios del siglo XIX, pero registr\u00f3 modificaciones en cuanto a denominaciones y competencias, m\u00e1s en unos primeros momentos de incertidumbres y frecuentes cambios en su direcci\u00f3n. As\u00ed, entre 1754 y 1787, se habla de una Secretar\u00eda del Despacho Universal de Indias. Con las reformas de Floridablanca en este a\u00f1o se desdoblar\u00e1 en la de Gracia y Justicia de Indias y la de Comercio y Navegaci\u00f3n de Indias. Entre 1790 y 1808 no habr\u00e1 una secretar\u00eda privativa para los asuntos americanos.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">Traslado a C\u00e1diz en 1718 de la Casa de Contrataci\u00f3n \u2013y con ella el Consulado de Mercaderes- que desde su creaci\u00f3n en 1503 hab\u00eda tenido su sede en Sevilla. Se aduce como principal raz\u00f3n que justifica el traslado la cada vez m\u00e1s dif\u00edcil navegaci\u00f3n por el Guadalquivir de naves de mayor tonelaje y tambi\u00e9n acabar con el creciente contrabando desde los \u201cantepuertos\u201d de Sanl\u00facar de Barrameda y C\u00e1diz. Aparte de su traslado, la Casa de Contrataci\u00f3n ver\u00e1 reducidos personal y atribuciones a favor de la Intendencia General de Marina, quedando especialmente como un tribunal con competencias en los pleitos sobre el comercio y navegaci\u00f3n de Indias. Residir\u00e1 en C\u00e1diz hasta su extinci\u00f3n en 1790, pues deja de tener sentido tras las medidas liberalizadoras del comercio con Am\u00e9rica que culminan en 1789, siendo sustituida la Casa de Contrataci\u00f3n por los juzgados de arribadas que se constituyen en cada uno de los puertos que pod\u00eda comerciar con Am\u00e9rica.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">La Presidencia de Nueva Granada se transforma en 1717 en virreinato, con el objetivo dotar al territorio de un poder m\u00e1s fuerte para superar las dificultades de la orograf\u00eda y el peligro de los ataques de potencias extranjeras. Se suprimi\u00f3 en 1723 al considerarlo inviable, pero el valor estrat\u00e9gico de la zona frente a los ataques ingleses oblig\u00f3 a su reinstauraci\u00f3n en 1739, convirti\u00e9ndose desde entonces Cartagena de Indias como una de las plazas fuertes m\u00e1s importantes de Am\u00e9rica.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">En 1728 se crea la Real Compa\u00f1\u00eda Guipuzcoana de Caracas en un intento \u2013siguiendo pautas de otras potencias- de mejorar el aprovechamiento del comercio de los productos coloniales. Con el decidido apoyo de Jos\u00e9 Pati\u00f1o, y con sede en San Sebasti\u00e1n, ten\u00eda como objetivo la erradicaci\u00f3n de un importante contrabando y, especialmente, el desplazar a los holandeses de su control del comercio del cacao desde Cura\u00e7ao, al tiempo que revitalizar y rentabilizar una zona que no hab\u00eda reportado nada a la hacienda durante d\u00e9cadas y cuya administraci\u00f3n y defensa deb\u00edan sufragarse desde Nueva Espa\u00f1a. Anualmente, pod\u00edan partir dos barcos directamente hasta Caracas desde puertos c\u00e1ntabros y la compa\u00f1\u00eda se compromet\u00eda a controlar las costas venezolanas, con patente de corso, y a auxiliar militarmente a la corona cuando se le requiriese. Fue un \u00e9xito econ\u00f3mico para los accionistas (en una primera fase reparti\u00f3 dividendos de hasta entre el 20 y el 35 % anual), logr\u00f3 rebajar el precio del cacao, se realizaron obras de infraestructura y de mejora en las plantaciones; adem\u00e1s, aumentaron los ingresos del fisco, hasta el punto de poder financiar los gastos de administraci\u00f3n y defensa y reportar ingresos a la real hacienda. Eso s\u00ed, con el coste de enfrentamientos con sectores tradicionales que culminaron con la sublevaci\u00f3n de Juan Francisco de Le\u00f3n (1749-1752). En una segunda etapa se traslada la sede a Madrid, se aceptan accionistas venezolanos y el que se fije precios m\u00ednimos a los productores por una junta te\u00f3ricamente independiente; pero inversiones desafortunadas y la progresiva liberalizaci\u00f3n del comercio le llevaron a una situaci\u00f3n que forz\u00f3 su integraci\u00f3n en la Real Compa\u00f1\u00eda de Filipinas creada en 1785.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p align=\"JUSTIFY\">Siguiendo el ejemplo de la Compa\u00f1\u00eda de Caracas, y alentados por el \u00e9xito obtenido, se constituyeron otras a las que se ha prestado menor atenci\u00f3n. La Real Compa\u00f1\u00eda de La Habana (1740), con similares competencias que la de Caracas: exclusiva comercial, ventajas fiscales y patente de corso; con una actuaci\u00f3n limitada a la isla de Cuba. Propici\u00f3 el incremento de la producci\u00f3n de az\u00facar, pero realmente se enriqueci\u00f3 con el contrabando de tabaco con Inglaterra. Languideci\u00f3 a ra\u00edz de las p\u00e9rdidas sufridas por la ocupaci\u00f3n brit\u00e1nica de La Habana en 1762. En 1747 se constituy\u00f3 la Compa\u00f1\u00eda de San Fernando en Sevilla, para comerciar con Am\u00e9rica, excepto con Cuba y Venezuela. Y en 1755 la Real Compa\u00f1\u00eda de Comercio de Barcelona, para comerciar con Santo Domingo, Puerto Rico y La Margarita. Estas compa\u00f1\u00edas, en conjunto, coparon el 20 % del tr\u00e1fico legal entre 1730 y 1778, cuando la liberalizaci\u00f3n del comercio hizo que declinase su importancia.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Aunque las realizaciones puedan parecer modestas, en la primera mitad del siglo se toma conciencia de la necesidad de reformas m\u00e1s profundas que supongan una redefinici\u00f3n de las relaciones entre el poder central y los Reinos de Indias y de su papel econ\u00f3mico. Lo podemos ver formulado en distintas obras, como en la de Ger\u00f3nimo de Uzt\u00e1riz, <i>The\u00f3rica y pr\u00e1ctica de Comercio y de Marina<\/i> (1.\u00aa ed. 1724, 2.\u00aa y ampliada en 1742), un mercantilista que propugnaba la necesidad de mejorar la balanza comercial, para lo que hab\u00eda que reservar los mercados americanos a los productos manufacturados espa\u00f1oles, liberalizar el comercio y potenciar la marina; Bernardo de Ulloa, en la segunda parte de su obra <i>Restablecimiento de las f\u00e1bricas, tr\u00e1fico y comercio mar\u00edtimo de Espa\u00f1a<\/i>, aparecida en 1740, lamenta el que el comercio con Am\u00e9rica beneficie a otras potencias y propone medidas en la l\u00ednea de las defendidas por Uzt\u00e1riz, a quien sigue.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Tambi\u00e9n es obligado citar a Jos\u00e9 del Campillo y Coss\u00edo (1692-1743), quien, tras una larga carrera administrativa, es nombrado en 1741 secretario de Estado y del Despacho Universal. Es conocido principalmente por su obra <i>Nuevo sistema de gobierno econ\u00f3mico para Am\u00e9rica<\/i>, que corri\u00f3 manuscrita y no se public\u00f3 hasta d\u00e9cadas despu\u00e9s, en 1789 (aunque es una obra cuya atribuci\u00f3n es discutida), conserv\u00e1ndose tambi\u00e9n en la BN un manuscrito interesante: <i>Discurso y reflexiones pol\u00edticas sobre el estado presente de los reinos del Per\u00fa<\/i>. En sus obras insiste en la necesidad de medidas \u201cliberalizadoras\u201d del comercio que supusiesen una activaci\u00f3n de la actividad econ\u00f3mica, la reserva del mercado americano para las manufacturas espa\u00f1olas y medidas que podemos considerar revolucionarias como la de conseguir una mayor integraci\u00f3n de la poblaci\u00f3n ind\u00edgena. Pero es consciente de las dificultades de llevar a cabo estas reformas por el lastre de una administraci\u00f3n corrupta, por lo que se necesita de un aparato administrativo reforzado, con la introducci\u00f3n de los intendentes En \u00faltimo extremo, el objetivo era conseguir un aumento de la aportaci\u00f3n americana al fisco regio.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Especialmente importante, por ser una obra nacida del conocimiento directo de la realidad americana, es la de Jorge Juan y Santacilia y Antonio de Ulloa <i>Noticias secretas de Am\u00e9rica<\/i>. Redactada, a petici\u00f3n del marqu\u00e9s de Ensenada, a su regreso de la expedici\u00f3n de La Condamine que les tuvo en Am\u00e9rica entre 1735 y 1744 \u2013y en un estilo claro y directo que evidencia la formaci\u00f3n cient\u00edfica de sus autores-, en ella se analiza el estado de las defensas de la costa del Pac\u00edfico y, por otro lado, el de la administraci\u00f3n en tan extenso territorio. Su an\u00e1lisis es demoledor, denunciando el mal gobierno, la corrupci\u00f3n generalizada de las autoridades tanto civiles como eclesi\u00e1sticas y la explotaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n ind\u00edgena. Es una situaci\u00f3n que se explica porque buena parte de los cargos son ocupados por criollos muy vinculados a los intereses locales y regionales que para ellos prevalecer\u00edan sobre los generales de la monarqu\u00eda.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Podemos concluir que, antes de cruzarse el ecuador de la centuria, en las altas esferas de la administraci\u00f3n borb\u00f3nica se tiene conciencia de las principales barreras que se han de superar en la administraci\u00f3n americana, de los objetivos que se deben alcanzar y cu\u00e1les son los instrumentos m\u00e1s adecuados para lograrlo; pero llevarlas a cabo ser\u00e1 un proceder lento y costoso, plagado de amargos fracasos.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Con la llegada al poder de Carlos III (1759) toma un fuerte impulso la pol\u00edtica reformista, m\u00e1s cuando la tard\u00eda participaci\u00f3n en la Guerra de los Siete A\u00f1os (1756-1763), tras la firma del Tercer Pacto de Familia (1761), puso en evidencia las debilidades hispanas, puesto que se perdieron plazas tan significativas como La Habana y Manila (devueltas por la Paz de Par\u00eds de 1763 a cambio de La Florida). En palabras escritas por Guillermo C\u00e9spedes del Castillo en <i>Am\u00e9rica Hisp\u00e1nica<\/i>, \u201cla reforma administrativa de las Provincias de Ultramar, tal como fue concebida y planeada, asombra por lo audaz, dr\u00e1stica y revolucionaria; en t\u00e9rminos comparativos, representa el m\u00e1s serio esfuerzo realizado por cualquiera de los imperios europeos del siglo XVIII con objeto de modernizar y hacer efectivo el gobierno se sus colonias\u201d; la diferencia, importante, es que las colonias hispanas multiplicaban en poblaci\u00f3n y extensi\u00f3n las de cualquier otra potencia.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">En esta pol\u00edtica reformista alcanza un especial protagonismo la figura de Jos\u00e9 de G\u00e1lvez (1720-1787) cuya relaci\u00f3n con Am\u00e9rica se inicia al ser nombrado Visitador del Virreinato de Nueva Espa\u00f1a (1765), donde tuvo que enfrentarse, por la fuerza de las armas y con una energ\u00eda que se puede medir por el n\u00famero de ahorcados, con las revueltas producidas a ra\u00edz de la expulsi\u00f3n de los jesuitas, hizo reformas en el terreno econ\u00f3mico (como la instituci\u00f3n del estanco del tabaco) que reportaron un notable incremento de los ingresos del fisco y foment\u00f3 (apoyando a fray Jun\u00edpero Serra) la colonizaci\u00f3n de California para frenar la expansi\u00f3n rusa desde Alaska. Estando todav\u00eda en Am\u00e9rica, se reconoci\u00f3 su gesti\u00f3n nombr\u00e1ndolo magistrado togado del Consejo de Indias \u2013del que lleg\u00f3 a ser presidente-; a su vuelta, en 1772 se le concedi\u00f3 el t\u00edtulo de marqu\u00e9s de Sonora y, desde 1775, fue Secretario de Estado del Despacho Universal de Indias; desde ese cargo, est\u00e1 detr\u00e1s del grueso de las reformas que se produjeron desde entonces y hasta su fallecimiento en 1787. A partir de esa fecha, y con la muerte de Carlos III un a\u00f1o despu\u00e9s, se frenan las reformas por los \u201cmoderados\u201d que ocupan el poder, quiz\u00e1s influidos por el \u00e9xito de la independencia de las colonias inglesas en Norteam\u00e9rica y por el desarrollo de la Revoluci\u00f3n Francesa que hab\u00eda llevado a la ejecuci\u00f3n de Luis XVI en 1793, sin olvidar que en 1791 se produjo el levantamiento de los esclavos en Hait\u00ed (colonia francesa) que dio lugar al primer estado independiente en Latinoam\u00e9rica.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">En el ideal de estas reformas, no siempre alcanzado, la administraci\u00f3n p\u00fablica ser\u00eda competencia del estado y ejercida por sus representantes (eliminando la pr\u00e1ctica de venta de cargos y recuperando los enajenados), profesionales nombrados por su competencia demostrada y responsables jer\u00e1rquicamente, cuya carrera profesional depender\u00eda de la eficacia de su gesti\u00f3n. Se impon\u00eda la modernizaci\u00f3n de las t\u00e9cnicas de gesti\u00f3n \u2013contabilidad, archivo\u2026- generando una documentaci\u00f3n clara y precisa. Y aunque nos pueda parecer absurdo que fuese necesario, se quiere imponer el principio del cumplimiento de la ley \u2013cuyo desarrollo es cada vez m\u00e1s preciso, en una tarea legislativa importante- en detrimento de pr\u00e1cticas dilatorias s\u00f3lidamente asentadas que podemos resumir en la locuci\u00f3n \u201c<i>obed\u00e9zcase, pero no se cumpla<\/i>\u201d.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">C\u00e9spedes propone una periodizaci\u00f3n para el reformismo de la segunda mitad del Setecientos:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">1763-1775, \u201cetapa de planificaci\u00f3n y experimentaci\u00f3n a escala reducida\u201d.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">1776-1788, per\u00edodo de implantaci\u00f3n de las reformas.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">1789-1792, a\u00f1os de culminaci\u00f3n de las reformas, aunque se agota el impulso que las hab\u00eda animado hasta entonces y se abre una cierta sensaci\u00f3n de fracaso.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">1793 y siguientes, las reformas apenas se mantienen m\u00e1s que por inercia y se documentan retrocesos significativos en la aplicaci\u00f3n de los principios que las inspiraron.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p align=\"JUSTIFY\">En la c\u00faspide de la administraci\u00f3n en Am\u00e9rica se encuentran los virreyes, con un poder casi omn\u00edmodo acrecentado por la distancia. El nombramiento recae en grandes nobles y s\u00f3lo en contados casos eran de origen americano, pero no escapan a las acusaciones de corrupci\u00f3n. Los virreyes perdieron parte de su poder al potenciarse el de los presidentes de las audiencias y, sobre todo, con la creaci\u00f3n de las intendencias y superintendencias. Aparte de otras modificaciones territoriales de distinta entidad, se cre\u00f3 el virreinato del R\u00edo de La Plata (1776), reconociendo la importancia econ\u00f3mica y estrat\u00e9gica que hab\u00eda alcanzado la zona, al canalizarse por Buenos Aires buena parte de las riquezas del Per\u00fa que antes sal\u00edan por el puerto del Callao.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">En un escal\u00f3n inmediatamente inferior, la reforma de la administraci\u00f3n de justicia era una necesidad proclamada repetidas veces. Se crean audiencias en Caracas (1776), Buenos Aires (1785), Cuzco (1787) y Puerto Pr\u00edncipe (1799). Pero m\u00e1s all\u00e1 de la creaci\u00f3n de nuevas audiencias, que en s\u00ed ya diluye el poder de las preexistentes, se impone un control sobre el personal que las forma. Se estima que hacia mediados de siglo las dos terceras partes de sus miembros estaban en manos de criollos y de otros muy vinculados a intereses indianos. Se acaba por ello con la venta de cargos y los nombramientos recaer\u00e1n en su mayor\u00eda sobre peninsulares.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Ahora bien, entre las reformas realizadas en la segunda mitad del Setecientos tiene especial significaci\u00f3n la implantaci\u00f3n de las intendencias en Am\u00e9rica. La intendencia es una instituci\u00f3n de origen franc\u00e9s que hab\u00eda logrado su plena implantaci\u00f3n en tiempos de Luis XIV y que, con la nueva dinast\u00eda, se introdujo en Espa\u00f1a. Se hab\u00eda consultado ya su implantaci\u00f3n en Am\u00e9rica en 1746, pero recibi\u00f3 el informe desfavorable del virrey de Nueva Espa\u00f1a. Ahora bien, considerando favorable su implantaci\u00f3n en la Pen\u00ednsula, se cre\u00f3 una primera intendencia en La Habana en 1764, una vez que se recuper\u00f3 del dominio brit\u00e1nico y ante las denuncias del visitador Alejandro O\u2019Reilly de falta de eficacia y corrupci\u00f3n. Pronto mostr\u00f3 las bonanzas del sistema, pero su extensi\u00f3n al resto de Am\u00e9rica se hizo esperar por las resistencias de las autoridades coloniales, pese a propuestas como la realizada por Jos\u00e9 de G\u00e1lvez en su condici\u00f3n de visitador de Nueva Espa\u00f1a (1765-1772) que apenas consigui\u00f3 otra cosa que el nombramiento de un intendente interino en Sinaloa y Sonora (1770), con capital en Arizpe, que compart\u00eda sus funciones con el gobernador. Ahora bien, cuando \u00e9ste fue nombrado Secretario de Estado del Despacho Universal de Indias (1775) se impuso definitivamente la figura del intendente. Las primeras intendencias creadas en el continente en 1776 fueron las de Caracas, Luisiana y Sonora; todas ellas en \u00e1reas un tanto marginales, pero con su importancia estrat\u00e9gica, y donde no hab\u00eda fuertes oposiciones que dominar: Luisiana y Sonora en Centroam\u00e9rica y Caracas en Sudam\u00e9rica (Capitan\u00eda General de Venezuela), donde periclitaba el control ejercido hasta entonces `por la Real Compa\u00f1\u00eda Guipuzcoana de Caracas. Sin embargo, se pretende ir m\u00e1s lejos y en el mismo a\u00f1o se constituye una comisi\u00f3n para elaborar una Ordenanza General de Intendentes. Acabada su redacci\u00f3n en 1782, se empieza por aplicar donde menos resistencias cab\u00eda encontrar y, as\u00ed, se crean nueve intendencias en el reci\u00e9n erigido (1776) virreinato del R\u00edo de La Plata; le siguen, en 1784, siete en el virreinato del Per\u00fa, una vez sofocada la revuelta de T\u00fapac Amaru que, en parte, se explicaba por las extorsiones cometidas por los corregidores; y el \u00faltimo virreinato donde se crear\u00e1n intendencias ser\u00e1 el de Nueva Espa\u00f1a: doce en 1786. Pero no se llegaron a crear intendencias en el virreinato de Nueva Granada, pues tras la muerte de Carlos III (1788) pierde fuerza la pol\u00edtica de reformas. En total, hasta 43 intendencias, pues a las citadas hay que a\u00f1adir las de Chile y otras.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">El intendente es un cargo unipersonal que recae en personas comprometidas con la pol\u00edtica reformista y que, salvo contadas y tard\u00edas excepciones, son de origen peninsular. Concentra un amplio abanico de poderes ejecutivos, sin dependencia alguna del Consejo de Indias ni de los virreyes, en el terreno militar, administrativo, judicial y muy especialmente hacend\u00edstico, debi\u00e9ndose preocupar tambi\u00e9n por el desarrollo econ\u00f3mico del territorio bajo su gobierno; en Am\u00e9rica, adem\u00e1s, tienen competencias en el terreno eclesi\u00e1stico, pues deben velar por el Regio Patronato. Surgieron as\u00ed problemas de competencias con las autoridades tradicionales, civiles y eclesi\u00e1sticas. Las principales v\u00edctimas del sistema de intendencias fueron gobernaciones, corregimientos y alcald\u00edas mayores, pero los conflictos se dieron tambi\u00e9n con virreyes, audiencias, cabildos y obispos.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">El intendente es el cargo que cobra un especial protagonismo como eje de las reformas, pero en estrecha relaci\u00f3n con \u00e9l est\u00e1n los superintendentes y los subdelegados. Los superintendentes, considerados delegados de la Superintendencia General de Hacienda, son tres, residiendo cada uno de ellos en las respectivas capitales de los virreinatos. Eran los cargos que asum\u00edan todas las competencias hacend\u00edsticas y de gesti\u00f3n econ\u00f3mica que hasta entonces eran ejercidas por los virreyes. No nos debe extra\u00f1ar, por ello, que los superintendentes sean suprimidos en 1787 cuando la pol\u00edtica reformista pierda fuerza y los virreyes recuperen parte del poder perdido, sobre todo en el terreno hacend\u00edstico.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">El n\u00famero de subdelegados es mucho mayor, sin que podamos dar una cifra, m\u00e1s cuando vari\u00f3 constantemente. Son imprescindibles por la necesidad de controlar la gran extensi\u00f3n de las intendencias americanas, lo que escapaba a las posibilidades de cada uno de los intendentes a quienes estaban directamente subordinados. En cierto modo ellos son los que desplazan realmente a los corregidores (salvo en la capital de cada intendencia), pero el problema es que eran muchos y no hab\u00eda suficientes candidatos preparados para ocupar todos los cargos ni dinero para pagar salarios suficientes que evitasen que cayesen en los vicios anteriores que se quer\u00edan erradicar, sobre todo en \u00e1reas de escasos recursos. Para algunos autores, los subdelegados fueron el punto d\u00e9bil del sistema, pues hubo que nombrar como tales a antiguos corregidores y alcaldes mayores, miembros de la administraci\u00f3n que se quer\u00eda reformar.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">As\u00ed, vemos que el sistema de intendencias perdurar\u00e1 hasta el fin de la \u00e9poca colonial, pero perdiendo su original vigor e incluso pervirtiendo uno de sus fundamentos: el de la carrera profesional por m\u00e9rito (en tiempos de Carlos IV se nombran algunos en recompensa de servicios o puro favoritismo). Logra notables \u00e9xitos, aparte del m\u00e1s inmediato y mensurable de un aumento de la recaudaci\u00f3n de la hacienda real, aunque la oposici\u00f3n de las oligarqu\u00edas criollas y la tradicional burocracia indiana no dieron tiempo a consolidar una administraci\u00f3n moderna y eficaz, adem\u00e1s de alimentar la oposici\u00f3n entre intereses coloniales y metropolitanos representados por criollos y gachupines.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Hubo otras reformas de distinta entidad en cuyo detalle no podemos entrar, algunas impuestas por las modificaciones territoriales del dominio espa\u00f1ol en Am\u00e9rica, otras porque determinadas \u00e1reas adquirieron especial importancia estrat\u00e9gica. Tengamos en cuenta que Luisiana s\u00f3lo fue espa\u00f1ola entre 1763 y 1801, mientras que Florida perteneci\u00f3 a Gran Breta\u00f1a entre 1763 y 1783; aparte hay modificaciones en el R\u00edo de La Plata en relaci\u00f3n con las alternativas con Portugal en torno a la colonia de Sacramento, y en 1776 se crea la gobernaci\u00f3n de Las Malvinas por el creciente inter\u00e9s que muestran por las islas otras potencias. Pero hay dos que merecen una particular atenci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">La constituci\u00f3n de la Capitan\u00eda General de Venezuela, coincidiendo aproximadamente con los l\u00edmites de la actual Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela. Era una zona un tanto marginal y de d\u00e9bil ocupaci\u00f3n que hace que est\u00e9 muy expuesta a la acci\u00f3n de otras potencias, sobre todo cuando se consolidan enclaves brit\u00e1nicos, franceses, holandeses e incluso daneses en las islas del Caribe, con repetidos intentos de establecer asentamientos en tierra firme que llevan a que, en su franja oriental, se constituyan La Guayana Inglesa y Surinam (que lograron su independencia en la segunda mitad del siglo XX) y la Guayana Francesa, que sigue siendo un Departamento de Ultramar franc\u00e9s y tiene la consideraci\u00f3n de Regi\u00f3n Ultraperif\u00e9rica de la UE. El territorio pertenec\u00eda a la Real Audiencia de Santo Domingo hasta que es transferido al reci\u00e9n creado virreinato de Nueva Granada en 1717. En 1732 se puede entender que se constituye impl\u00edcitamente la Capitan\u00eda General, y en 1742 se independiza expresamente del virreinato de Nueva Granada, pasando a depender directamente del gobierno central, comprendiendo las comandancias de Caracas, Cartagena y Portobelo. Hay posteriores reformas de menor entidad y una ampliaci\u00f3n en 1777, cre\u00e1ndose un a\u00f1o antes la intendencia de Caracas.<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p align=\"JUSTIFY\">Por Real c\u00e9dula de 22 de agosto de 1776, llevando a cabo una propuesta realizada por Jos\u00e9 de G\u00e1lvez ocho a\u00f1os antes, se crea la Comandancia General de las Provincias Internas que abarcaba la parte septentrional de las colonias espa\u00f1olas, al N del virreinato de Nueva Espa\u00f1a, entre el Atl\u00e1ntico y el Pac\u00edfico, y con capital en Arizpe y despu\u00e9s en Chihuahua. Las prerrogativas de su comandante eran similares a las del virrey, aunque no su prestigio social, dependiendo directamente del gobierno central. Ahora bien, con la moderaci\u00f3n de las reformas tras la muerte de G\u00e1lvez, pas\u00f3 a estar supeditado al virrey de forma intermitente. La decisi\u00f3n de crear esta comandancia tiene un car\u00e1cter estrat\u00e9gico, con el fin de mantener segura la frontera septentrional del Virreinato de Nueva Espa\u00f1a del ataque de grupos ind\u00edgenas n\u00f3madas o semin\u00f3madas \u2013apaches, comanches, pawnees\u2026- que realizaban frecuentes incursiones, y de las potencias extranjeras (Francia, Reino Unido y Rusia), a las que habr\u00eda que a\u00f1adir a los USA desde su independencia. Para lograr el objetivo, aparte de la vertiente puramente militar, se deb\u00eda organizar el territorio y fomentar la colonizaci\u00f3n. El problema principal era la vastedad del territorio, se conjugaban presidios y patrullas volantes, pero se calcula que en 1786 no hab\u00eda m\u00e1s que 3.200 soldados.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p align=\"JUSTIFY\">Todas las reformas que hemos citado dejan su impronta sobre el territorio, modificando el mapa heredado de la \u00e9poca de los Austrias. En conjunto, en su configuraci\u00f3n podemos ver la pervivencia de realidades anteriores y una adaptaci\u00f3n progresiva y paralela a la implantaci\u00f3n del dominio espa\u00f1ol, con todos sus condicionantes geogr\u00e1ficos, econ\u00f3micos e hist\u00f3ricos. Y esas estructuras tendr\u00e1n una incidencia decisiva en la articulaci\u00f3n de los nuevos estados nacidos de la independencia. En palabras de Sim\u00f3n Bol\u00edvar a Antonio Jos\u00e9 de Sucre (1825), quiz\u00e1s resignado ante la inviabilidad de propuestas integradoras demasiado ambiciosas, \u201cesta base es que los gobiernos republicanos se fundan entre los l\u00edmites de los antiguos virreinatos. Capitan\u00edas generales, o presidencias\u201d.<\/p>\n<p align=\"JUSTIFY\">Texto de <b>Primitivo Pla Alberola<\/b>, profesor de Historia de Am\u00e9rica de la Universidad de Alicante.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el siglo XVIII, con la entronizaci\u00f3n de la nueva dinast\u00eda borb\u00f3nica, se introducen planteamientos tendentes al fortalecimiento del poder mon\u00e1rquico. En ellos encontramos la influencia de los consejeros franceses que acompa\u00f1an a Felipe V, pero tambi\u00e9n hay decididos partidarios de las reformas en Espa\u00f1a y algunas realizaciones, si se quiere modestas, en los \u00faltimos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":936,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-97","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/97","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/users\/936"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=97"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/97\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":98,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/97\/revisions\/98"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiadeamerica\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=97"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}