{"id":199,"date":"2013-11-30T13:27:43","date_gmt":"2013-11-30T13:27:43","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/?p=199"},"modified":"2013-11-30T14:26:55","modified_gmt":"2013-11-30T14:26:55","slug":"la-moralidad-del-clero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/2013\/11\/30\/la-moralidad-del-clero\/","title":{"rendered":"La moralidad del clero"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify\">Ya San Vicente Ferrer denunciaba la deshonestidad y pecado de la negligencia del clero. Tambi\u00e9n testimonios de cr\u00edticas al \u201cclero pervertido\u201d podemos verlas en autores como Roig o Joan Baptista Anyes. Precisamente este fue uno de los asuntos tratados en Trento, a partir del cual la Inquisici\u00f3n se dedic\u00f3 a perseguir en mayor medida las flaquezas del clero en cuanto a su moral, como queda patente en los procesos inquisitoriales valencianos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Abundaban en Valencia los casos de manceb\u00edas, es decir, de cohabitaci\u00f3n de curas o frailes con mujeres, algo que estuvo bastante permitido hasta 1580. Los ejemplos del franciscano Rodrigo Rajol en 1566 o del cl\u00e9rigo Fortuny en 1579 son claros ejemplos que encontramos en la documentaci\u00f3n. El Santo Oficio valenciano por este tipo de pecado sol\u00eda condenar a unos cuatro o cinco a\u00f1os de galeras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><a href=\"https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/files\/2013\/11\/solicitacion.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-201\" alt=\"solicitacion\" src=\"https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/files\/2013\/11\/solicitacion.jpg\" width=\"200\" height=\"195\" srcset=\"https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/files\/2013\/11\/solicitacion.jpg 200w, https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/files\/2013\/11\/solicitacion-153x150.jpg 153w, https:\/\/blogs.ua.es\/historiavalencia16\/files\/2013\/11\/solicitacion-150x146.jpg 150w\" sizes=\"auto, (max-width: 200px) 100vw, 200px\" \/><\/a>Pero la actividad sexual del clero se reflej\u00f3 con mucha m\u00e1s frecuencia a trav\u00e9s de coyunturales arrebatos de la libido, casi siempre utilizando el confesionario como lugar ideal para la seducci\u00f3n. Es lo que se conoce como solicitaciones, es decir, cuando el sacerdote impone a la confesada una pena consistente en mantener relaciones sexuales con \u00e9l. Las solicitaciones en el confesionario tuvieron desde luego una frecuencia muy baja en Valencia en relaci\u00f3n con otros tribunales inquisitoriales. As\u00ed pues, hubo apenas 15 procesos entre 1530 y 1609, muy por debajo de Barcelona, Zaragoza o Granada. Esto extra\u00f1a hasta cierto punto, ya que el bajo n\u00famero de solicitantes en la ciudad contrasta con una gran afici\u00f3n a la confesi\u00f3n por parte de los valencianos de la \u00e9poca.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Podemos ver en los procesos inquisitoriales que la agresi\u00f3n sexual no sol\u00eda m\u00e1s all\u00e1 de \u201ctocamientos deshonestos\u201d como por ejemplo tocarle los pechos a la confesada, aunque hab\u00eda tambi\u00e9n casos en los que el p\u00e1rroco impon\u00eda a las mujeres, que normalmente eran mujeres casadas, el tener que masturbarle y hay documentados algunos casos en los que si hubo sexo expl\u00edcito. A la hora de defenderse, los confesores siempre alegaban una supuesta provocaci\u00f3n de la mujer.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La delicadeza del tema llev\u00f3 a que en marzo de 1586 y en junio de 1600 se recomendara llevar estos casos de solicitaciones con la mayor discreci\u00f3n posible, dada la ofensa que se pod\u00eda causar en el honor de la damnificada. La mec\u00e1nica procesal era compleja, una vez descritas por la solicitada las vejaciones a las que hab\u00eda sido sometida, la solicitada era preguntada si se hab\u00edan confesado con otros y les hab\u00eda contado tal hecho. En caso afirmativo se le preguntaba si estos advirtieron a la mujer de la obligaci\u00f3n de denunciar al confesor ante el Santo Oficio. Las principales penas por solicitaci\u00f3n fueron la privaci\u00f3n perpetua del derecho de confesar, el destierro del lugar donde se viv\u00eda o la reclusi\u00f3n en un monasterio de dos a cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">No obstante, hay casos en los que el solicitante era rico y se sustituy\u00f3 la pena por una multa de entre seis mil y diez mil maraved\u00eds. En el caso de que el confesor hubiese solicitado a hombres en lugar de mujeres, hecho del que hay contados casos, la pena ser\u00eda mucha mayor como por ejemplo diez a\u00f1os de encierro en un monasterio.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ya San Vicente Ferrer denunciaba la deshonestidad y pecado de la negligencia del clero. Tambi\u00e9n testimonios de cr\u00edticas al \u201cclero pervertido\u201d podemos verlas en autores como Roig o Joan Baptista Anyes. 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