{"id":17,"date":"2013-01-08T09:26:46","date_gmt":"2013-01-08T09:26:46","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/judiosmedievales\/?page_id=17"},"modified":"2013-01-18T23:28:27","modified_gmt":"2013-01-18T23:28:27","slug":"la-espana-de-las-tres-religiones","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/judiosmedievales\/la-espana-de-las-tres-religiones\/","title":{"rendered":"La Espa\u00f1a musulmana"},"content":{"rendered":"<p>En<strong> Al-Andalus<\/strong> los musulmanes, siguiendo las ense\u00f1anzas del Cor\u00e1n, consideraban que los cristianos y jud\u00edos, en tanto que &#8220;gentes del Libro&#8221;, no deb\u00edan ser convertidos a la fuerza al Islam y eran merecedores de un trato especial, la dhimma. Dhimma es palabra \u00e1rabe que significa a la vez garant\u00eda, ley, protecci\u00f3n y contrato.<br \/>\nLos dhimmssi (los &#8220;protegidos&#8221;) ten\u00edan garantizadas la vida, la propiedad de sus bienes y la libertad de culto, disponen de una autonom\u00eda bastante amplia: tienen sus propios jefes, sus tribunales que juzgan conforme a sus leyes y costumbres.<br \/>\nEn cambio, estaban obligados al pago de dos tributos: el impuesto personal (yizia) y el impuesto predial sobre el ingreso de las tierras (jaray). Ten\u00edan autoridades propias, gozaban de libertad de circulaci\u00f3n y pod\u00edan ser juzgados de acuerdo con su derecho. Sin embargo, deb\u00edan aceptar una situaci\u00f3n social inferior y someterse a discriminaciones diversas, tambi\u00e9n estaban sujetos a las siguientes restricciones:<br \/>\n\u2022 no pod\u00edan ejercer cargos pol\u00edticos (funciones militares ni pol\u00edticas en que tuvieran jurisdicci\u00f3n sobre musulmanes);<br \/>\n\u2022 los hombres no pod\u00edan casarse con una musulmana (que eran castigados con la muerte si manten\u00edan relaciones sexuales o se casaban con una musulmana);<br \/>\n\u2022 no pod\u00edan tener criados musulmanes o enterrar sus muertos con ostentaci\u00f3n;<br \/>\n\u2022 deb\u00edan habitar en barrios separados de los musulmanes;<br \/>\n\u2022 estaban obligados a dar hospitalidad al musulm\u00e1n que la necesitara, sin recibir remuneraci\u00f3n<br \/>\n<span style=\"line-height: 24px\">Es probable que muchos jud\u00edos se convirtieran al Islam en los siglos VIII, IX y X, aunque no se puedan dar cifras concretas.\u00a0<\/span>Sin embargo, la aplicaci\u00f3n rigurosa de la dhimma vari\u00f3 en funci\u00f3n de las \u00e9pocas y no siempre se cumpli\u00f3 con rigidez, como lo ilustra que varios jud\u00edos alcanzaran rangos prominentes en los Estados andalus\u00edes.<br \/>\nEl pacto de la dhimma permiti\u00f3 la formaci\u00f3n de much\u00edsimas comunidades jud\u00edas que pod\u00edan alcanzar un gran pr\u00f3spero. Por ejemplo, en C\u00f3rdoba, \u00a0al principio no se permiti\u00f3 el incremento demogr\u00e1fico de jud\u00edos, pero luego el juda\u00edsmo se impuso con fuerza, alcanzando su auge en tiempo del Abd al-Rahm\u00e1n III (912-961).<\/p>\n<p>En todas ciudades donde viv\u00edan, los jud\u00edos estaban organizados en <a href=\"https:\/\/blogs.ua.es\/judiosmedievales\/2013\/01\/07\/las-aljamas-junta-de-judios\/\" target=\"_blank\">aljamas<\/a>.<\/p>\n<p>Al principio, los jud\u00edos no ten\u00edan una dedicaci\u00f3n profesional exclusiva, por ejemplo, en trabajos relacionados con el campo y la agricultura. Pero en fecha relativamente temprana \u00a0una minor\u00eda de ellos empezaron el comercio y el pr\u00e9stamo. A menudo los dirigentes musulmanes confiaban en los jud\u00edos para las actividades m\u00e1s impopulares. Ello permiti\u00f3 a los jud\u00edos, llegar a una posici\u00f3n econ\u00f3mica de prosperidad, pero les expon\u00eda tambi\u00e9n, en \u00e9pocas de crisis y recesi\u00f3n, a sufrir el resentimiento del resto de la poblaci\u00f3n, que los consideraban \u00a0los beneficiarios y los responsables de las dificultades.<\/p>\n<p>No faltaron jud\u00edos que llegaron hasta la cumbre del poder pol\u00edtico, merced a la confianza de las autoridades musulmanas. Se sabe de jud\u00edos que, en Zaragoza, Sevilla o Almer\u00eda, ocuparon el puesto de visir, entre ellos, caben destacar <strong>Jasd\u00e1y ben Aaprut<\/strong> y <a href=\"https:\/\/blogs.ua.es\/judiosmedievales\/2013\/01\/07\/dos-figuras-judias-con-exitos-notorios\/\">Samuel ha &#8211; Naguid<\/a>.<br \/>\nLa situaci\u00f3n de los jud\u00edos en Al-Andalus no fue siempre igual. En general, se notan grandes diferencias antes y despu\u00e9s del comienzo de las invasiones almor\u00e1vides (en torno a 1086).<\/p>\n<p>La primera etapa coincide con el emirato independiente (756-912), el califato de C\u00f3rdoba (912-1031) y los primeros reinos de taifas (1031-1086). Fue el per\u00edodo de esplendor de los jud\u00edos en la Espa\u00f1a musulmana, especialmente a partir de la \u00e9poca de Abderram\u00e1n III. Numerosos jud\u00edos alcanzaron un alto grado de relevancia econ\u00f3mica y social, y la cultura hebrea tuvo una verdadera edad de oro.<\/p>\n<p>Con los almor\u00e1vides y, sobre todo, con los almohades, la situaci\u00f3n cambi\u00f3 radicalmente. Estas dinast\u00edas de origen africano ten\u00edan una concepci\u00f3n del Islam mucho m\u00e1s rigorista, por lo que se mostraron mucho menos tolerantes hacia los jud\u00edos. A partir del siglo XII, la poblaci\u00f3n jud\u00eda inici\u00f3 un \u00e9xodo masivo: los mayores contingentes se refugiaron en los reinos cristianos del norte, cuyos monarcas estaban en plena actividad repobladora y precisaban del concurso de los reci\u00e9n llegados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Al-Andalus los musulmanes, siguiendo las ense\u00f1anzas del Cor\u00e1n, consideraban que los cristianos y jud\u00edos, en tanto que &#8220;gentes del Libro&#8221;, no deb\u00edan ser convertidos a la fuerza al Islam y eran merecedores de un trato especial, la dhimma. 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