Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Bueno, pues como en esta vida todo tiene su contra…os dejo la Ley que atañe a la responsabilidad penal de los menores.
Supongo que ya sabéis cuánta polémica ha conllevado. ¿Recordáis el caso de la Vila Olímpica de Barcelona?¿O la brutal agresión a Sandra? O sin ir muy lejos a nivel de actualidad: el cómplice del asesino del rol, que fué juzgado con la Ley del Menor y hace tiempo que goza de su libertad.
Desgraciadamente conlleva muchos problemas fijar una edad límite. Se parece mucho al corte que el profesor establece para el aprobado y que muchos alumnos intentan alcanzar desde las décimas inmediatamente inferiores hasta dos puntos por debajo (por pedir, mire usted, que no quede) y claro, ¿porqué si aprobamos a esos no subimios la nota al resto (porque si estámos cambiando el corte)?.
¿Debemos bajar más la edad de responsabilidad? ¿qué conlleva? Es el sistema penitenciario el camino a la reinserción de un menor de edad o el camino a la perdición? ¿qué sucede con estos menores incontrolables que sus padres suplican abiertamente que se los lleven a un centro tutelar?
¿Es el menor víctima de su entorno?¿de su genética? (y de nuevo una gran polémica entre la perspectiva de la genética y la ambientalista) ¿qué sabemos? ¿Se debe valorar y después actuar en consecuencia?
Supongo que os suena el juez Calatayud (extraído de la página de los Criminólogos de Granada).
Y quizás también os suene esto:
Y podríamos seguir y seguir…