Siglo XV: Raíces del Decreto de Expulsión
Si se pretende buscar las raíces próximas del Decreto de 1492, tendremos que remontarnos a las Cortes de Madrigal de 1476 y a las de Toledo de 1480. En unas y otras comenzaron a tomarse disposiciones represivas, que pasaron en gran medida desapercibidas, pero que concluirían inevitablemente en la Expulsión.
Como la Inquisición no podía juzgar a los judíos, se abrió paso la idea de asegurara la reclusión de éstos en sus barrios cerrados, y luego de apartarlos a regiones diferentes del país. De ahí la casi inmediata expulsión de Andalucía que veremos más adelante.
Otras medidas tomadas en línea con el mismo tema fueron la exigencia de que usasen ropas y señales que permitiesen distinguirlos con claridad, y la vigilancia sobre los contratos y préstamos de interés. Esto último se formuló con tanta ambigüedad que originó abusos, y de hecho en algunas ocasiones el Consejo descubrió que las denuncias eran falsas y que se trataba en el fondo de defraudar a los judíos, acusándoles de usureros.
La usura existía, y la practicaban en número importante los judíos, aunque dicha práctica no les fuera exclusiva. Se trataba pues de un mal imposible de desarraigar, habida cuenta de las tremendas insuficiencias de la época. Los deudores se empeñaban en conseguir, mediante acusaciones, una especie de amnistía general que hubiera impedido el pago de las deudas, aunque no siempre lo conseguían.
La ejecución práctica del aislamiento se inició en abril de 1481, a instancias de los que en Roma se ocupaban de los negocios inquisitoriales, una bula de Sixto IV de 1484, respaldó la política de los Reyes Católicos prohibiendo a los cristianos la convivencia con judíos y ordenando a las autoridades mayor exigencia en el uso de trajes distintivos de los infieles.
Se prohibía a los judíos el tener casas fuera de su “calle”, ni pernoctar fuera de ella, ni contratar negocios de mercancía en los días de fiesta de los cristianos; no se les impedía la libertad de movimientos ni la facultad de poseer tiendas en la plaza del mercado o en otras calles comerciales cristianas. La ejecución de las disposiciones dio origen a abundantes conflictos que conocemos por la documentación remitida a los reyes.
De acuerdo con sus disposiciones, los cristianos estaban obligados a vender, a precios fijados por medio de un arbitraje, las casas que poseyeran dentro de la nueva judería; en sentido contrario también los judíos tendrían que vender las que se abandonaban. El concejo pidió que esta venta fuese declarada forzosa, lo que equivalía a una expropiación.
La segregación era reclamada, como ya he señalado, y los encargados de ejecutarla no trataron de aminorar sus consecuencias, sino, en algunos casos, de agravarlas.
Lo que queda patente es la existencia de un extendido sentimiento de animadversión hacia los judíos, que partía de la sociedad cristiana y era más fuerte en la base, que en la cumbre. Había una clara percepción de que la existencia de no cristianos en sus reinos era un peligro para la unidad religiosa que pretendían construir y un obstáculo para sus propios proyectos. De esto tuvo gran importancia los informes inquisitoriales, que insistían en declarar que el judaísmo contribuía a la herejía judaizante.
Como era Andalucía la sede del mayor número, tanto de judíos como de conversos, la primera decisión fue expulsar a los judíos de ese territorio. En este caso concreto sabemos que la orden fue dada por los inquisidores y que los Reyes aparecieron en relación con ella prestando apoyo.
El 1 de enero de 1483 el Santo Oficio procedió a pregonar una disposición suya prohibiendo la permanencia de judíos en todo el territorio de la archidiócesis de Sevilla con los obispados de Córdoba y Cádiz, haciendo valedero la bula de Sixto IV.
Desde el verano de 1484, la en otro tiempo poblada judería de Sevilla había dejado de existir. Esta expulsión parcial anunciaba lo que a los sefardíes aguardaba. Después le siguieron las juderías de Zaragoza y de Santa María de Albarracín.
Los Reyes Católicos operaron de modo muy estricto con sus objetivos: tenían que conseguir la unidad religiosa para que la comunidad política estuviese unida, y ante este bien supremo cedían las otras consideraciones, en especial el perjuicio económico y cultural que la medida iba a causarles.