{"id":17,"date":"2015-12-29T23:40:52","date_gmt":"2015-12-29T23:40:52","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/?p=17"},"modified":"2015-12-29T23:45:24","modified_gmt":"2015-12-29T23:45:24","slug":"el-empleo-de-las-personas-con-discapacidad-en-las-administraciones-publicas-en-el-ano-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/2015\/12\/29\/el-empleo-de-las-personas-con-discapacidad-en-las-administraciones-publicas-en-el-ano-2014\/","title":{"rendered":"El empleo de las personas con discapacidad en las administraciones p\u00fablicas en el a\u00f1o 2014"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify\">El papel de la Administraci\u00f3n p\u00fablica con relaci\u00f3n a la contrataci\u00f3n de personas con discapacidad ampara una doble vertiente. Por un lado, la Administraci\u00f3n act\u00faa como empleador directo de este colectivo de personas, y por otro lado disfruta de un destacado potencial de persuasi\u00f3n sobre los actuales niveles de contrataci\u00f3n de personas con discapacidad en el sector de la empresa privada a trav\u00e9s de la inserci\u00f3n de cl\u00e1usulas sociales en los pliegos de Contrataci\u00f3n P\u00fablica de conformidad con lo establecido en la Ley General de Contratos del Sector P\u00fablico 30\/2007.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Centr\u00e1ndonos en la primera de las vertientes, esto es, aquella en la que la Administraci\u00f3n ejerce una funci\u00f3n de empleadora, debemos indicar que el apartado 1 del art\u00edculo 59 de la Ley 7\/2007, de 12 de abril, del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico seg\u00fan redacci\u00f3n dada por Ley 26\/2011, de 1 de agosto, de adaptaci\u00f3n normativa a la Convenci\u00f3n Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, recoge la obligaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n en las ofertas de empleo p\u00fablico de reservar un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, siempre que \u00e9stos superasen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y compatibilidad con el desempe\u00f1o de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Resulta imprescindible que los poderes p\u00fablicos sigan garantizando el acceso de las personas discapacitadas al empleo p\u00fablico en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos, ya que el empleo constituye una base fundamental para la autonom\u00eda y plena inclusi\u00f3n en la sociedad de este colectivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">No obstante, hay que advertir, que el hecho de que la normativa vigente exija formalizar la reserva de un determinado porcentaje de puestos de trabajo entre personas con discapacidad en las diferentes ofertas de empleo p\u00fablico, ello no implica que id\u00e9ntico porcentaje de personas con discapacidad ocupen esos puestos de trabajo, siendo un ejemplo de todo ello el n\u00famero de plazas ofertadas para personas con discapacidad en el conjunto de los Ministerios entre los a\u00f1os 2003-2008 en donde se ofert\u00f3 un total de 1.487 plazas para personas con discapacidad, habi\u00e9ndose presentado 7.055 personas, y en donde finalmente solamente 770 personas obtienen una plaza, o lo que es lo mismo, solamente el 51,78 % de las plazas ofertadas para personas con discapacidad quedaron cubiertas por personas discapacitadas<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Al no existir datos sobre el n\u00famero exacto de personas con discapacidad que trabajan en la Administraci\u00f3n P\u00fablica, no es posible concluir taxativamente sobre el grado de cumplimiento de la vigente normativa en el Sector P\u00fablico, si bien existen estudios parciales, como el editado por el Comit\u00e9 Catal\u00e1n de Representantes de Personas con Discapacidad (COCARMI), concluye que el porcentaje de puestos de trabajo de la Generalitat de Catalu\u00f1a ocupados por personas con discapacidad en 2007 fue tan solo del 1,41%, cifra que no alcanza el porcentaje establecido legalmente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Con todo, si bien no est\u00e1 cuantificado con exactitud el empleo generado dentro las administraciones p\u00fablicas con personas con discapacidad, a modo de ejemplo en el a\u00f1o 2008 el n\u00famero total de contratos suscritos con personas con discapacidad fue de 153.530, de los que 11.584 fueron suscritos por las administraciones p\u00fablicas, representando apenas un 7.5% del total.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">M\u00e1s recientemente, con fecha 21 de diciembre de 2015, el Instituto Nacional de Estad\u00edstica ha publicado una nota de prensa\u00a0sobre el empleo de las personas con discapacidad en el a\u00f1o 2014, fruto de la explotaci\u00f3n de la Encuesta de Poblaci\u00f3n Activa y de la Base Estatal de Personas con Discapacidad, esta \u00faltima gestionada por el\u00a0Imserso, en la que se\u00f1ala que en el a\u00f1o 2014 hab\u00eda en Espa\u00f1a un total de 1.335.100 personas con certificado de discapacidad en edad de trabajar, esto es, el 4,4% del total de la poblaci\u00f3n activa. La encuesta constata la baja participaci\u00f3n en el mercado laboral de las personas con discapacidad, si bien como dato positivo la encuesta destaca que dentro de la ramas de la actividad en donde los ocupados con discapacidad tienen mayor representaci\u00f3n es en la Administraci\u00f3n P\u00fablica y Defensa, suponiendo un total del 10% en el conjunto de personas con certificado de discapacidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El papel de la Administraci\u00f3n p\u00fablica con relaci\u00f3n a la contrataci\u00f3n de personas con discapacidad ampara una doble vertiente. 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