{"id":253,"date":"2017-11-19T16:43:03","date_gmt":"2017-11-19T16:43:03","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/?p=253"},"modified":"2017-11-19T16:43:22","modified_gmt":"2017-11-19T16:43:22","slug":"253","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/2017\/11\/19\/253\/","title":{"rendered":"Becas de Administraciones P\u00fablicas"},"content":{"rendered":"<p>Son aquellas becas que la Administraci\u00f3n estatal, auton\u00f3mica y local, junto con los \u00f3rganos o entidades dependientes de \u00e9stas, convocan para proporcionar formaci\u00f3n pr\u00e1ctica a titulados, principalmente universitarios, aunque tambi\u00e9n se dan casos en los que se destinan a t\u00e9cnicos superiores de Formaci\u00f3n Profesional.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/files\/2017\/11\/14279174255959.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/files\/2017\/11\/14279174255959-300x199.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"199\" class=\"alignnone size-medium wp-image-254\" srcset=\"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/files\/2017\/11\/14279174255959-300x199.jpg 300w, https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/files\/2017\/11\/14279174255959.jpg 657w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>No existe un marco regulador general, sino que cada Administraci\u00f3n, dentro de sus competencias, convoca estas becas con cargo a la Ley General de Subvenciones, las cuales se publican anualmente en los Boletines y Diarios Oficiales del Estado, comunidades aut\u00f3nomas y ayuntamientos y en cuyas bases se indica que la relaci\u00f3n que se establece no es laboral. <\/p>\n<p>De esta manera, las administraciones p\u00fablicas, en  lugar de movilizar parte de su presupuesto para la selecci\u00f3n de personal, lo hacen con aquella parte del presupuesto que est\u00e1 destinado a ayudas, lo cual les permite igualmente conseguir de forma \u00e1gil recursos humanos con los que cubrir sus necesidades de mano de obra.<\/p>\n<p>Por su condici\u00f3n, la Administraci\u00f3n P\u00fablica es un excelente marco para hacer converger teor\u00eda y pr\u00e1ctica, potenciando sus v\u00ednculos con las universidades y dot\u00e1ndose de una fuerte funci\u00f3n formativa. Es decir, dotarse de una funci\u00f3n educadora participando en convenios y proyectos de cooperaci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>No obstante, mientras los becarios de empresa privada aspiran a lograr, tras un periodo de tiempo no muy prolongado, un contrato de trabajo, sin embargo esta aspiraci\u00f3n no existe en el caso de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, porque la v\u00eda de acceso a empleo p\u00fablico est\u00e1 limitada a procesos de concurso-oposici\u00f3n.<\/p>\n<p>El principal problema de las diferentes modalidades de pr\u00e1cticas formativas sin relaci\u00f3n laboral es que acaban convirti\u00e9ndose, en muchos casos, en f\u00f3rmulas de incorporaci\u00f3n de mano de obra barata y sin derechos. Es decir, encubren relaciones laborales.<\/p>\n<p>En principio,  la beca puede configurarse como una donaci\u00f3n modal, articulo 619 del C\u00f3digo Civil, en virtud de la cual el becario recibe un estipendio comprometi\u00e9ndose a la realizaci\u00f3n de alg\u00fan tipo de trabajo o estudio que redunda en su formaci\u00f3n y en su propio beneficio. <\/p>\n<p>En una beca lo fundamental es la finalidad formativa para hacer posible una formaci\u00f3n adecuada al t\u00edtulo que pretende o que ya ostenta la persona beneficiada por la beca, en tanto que la relaci\u00f3n laboral com\u00fan no contempla ese aspecto formativo en su causa y retribuye \u00fanicamente los servicios prestados por cuenta y a las \u00f3rdenes del empleador, con independencia de que la realizaci\u00f3n de los trabajos encomendados puedan tener un efecto de formaci\u00f3n por la experiencia, que al fin y al cabo es inherente a cualquier actividad profesional.<\/p>\n<p>Como recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo , a efectos de determinar la naturaleza de la relaci\u00f3n existente entre las partes, relaci\u00f3n de disfrute de una beca o estipendio o relaci\u00f3n de trabajo asalariado, lo decisivo no es la calificaci\u00f3n que haya podido realizar la Administraci\u00f3n en la convocatoria de la beca, sino la realidad de la prestaci\u00f3n de servicios que ha tenido lugar amparada en esa convocatoria.<\/p>\n<p>En este sentido, la sentencia de 22 de noviembre de 2005 del Tribunal Supremo recuerda que las labores que se le encomiendan a un becario \u201cdeben estar en consonancia con la finalidad de la beca\u201d, pues, sino es as\u00ed y las tareas que debe realizar integran los cometidos propios de una categor\u00eda profesional \u201cla relaci\u00f3n entre ambas partes ser\u00e1 laboral&#8221;, siendo los litigios que puedan derivarse competencia de la rama social de la jurisdicci\u00f3n, sin que en ning\u00fan caso quepa alegar que se trata de una beca que ha sido objeto de una convocatoria mediante un acto administrativo, sino que ser\u00e1n los \u00f3rganos judiciales del orden social quienes deber\u00e1n pronunciarse de inmediato sobre el car\u00e1cter de dicha relaci\u00f3n, estando facultados para examinar prejudicialmente la conformidad de la convocatoria de las becas al ordenamiento jur\u00eddico, pues en ning\u00fan caso cabr\u00eda conceder valor a una actuaci\u00f3n administrativa que intenta ocultar un contrato de trabajo bajo la apariencia de una beca.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Son aquellas becas que la Administraci\u00f3n estatal, auton\u00f3mica y local, junto con los \u00f3rganos o entidades dependientes de \u00e9stas, convocan para proporcionar formaci\u00f3n pr\u00e1ctica a titulados, principalmente universitarios, aunque tambi\u00e9n se dan casos en los que se destinan a t\u00e9cnicos &hellip; <a href=\"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/2017\/11\/19\/253\/\">Continue reading <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":4020,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[676],"tags":[],"class_list":["post-253","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/253","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4020"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=253"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/253\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":256,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/253\/revisions\/256"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=253"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=253"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.ua.es\/sevila1\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=253"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}