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La LEPrA en la Comunidad Valenciana

Actuación de oficio

La Síndica de Greuges abre una investigación al Consell sobre la aplicación de la Ley de la Dependencia.

Iniciativa. Emilia Caballero, en un acto reciente en Alicante, junto al adjunto a la Sindicatura Carlos Morenilla.

efe/morell

La Síndica de Greuges, Emilia Caballero, ha tomado la iniciativa para poner algo de luz sobre la ley de la Dependencia, esa norma que debía ser el cuarto pilar del Estado del Bienestar y que hoy, casi un año después de su entrada en vigor, es objeto de una batalla de cifras política y no ha supuesto cambios importantes en la vida de los posibles beneficiarios, que en 2007 son los grandes dependientes (personas que necesitan ayuda constante de otra para realizar las actividades básicas). Alfons Garcia, Valencia

La Sindicatura ha decidido, a la vista del tiempo transcurrido, iniciar una investigación de oficio «al objeto de conocer el grado de cumplimiento» de la ley en la Comunitat Valenciana. Con este fin, envió el pasado 26 de octubre una comunicación al vicepresidente de Bienestar Social, Juan Cotino, en la que ruega que en quince días le remita «información suficiente sobre la actividad llevada a cabo por la Administración valenciana para la implantación de la ley».

Caballero no se conforma con una petición genérica, sino que enumera una exhaustiva lista de datos a entregar, según el escrito, al que ha tenido acceso Levante-EMV. A saber: número de solicitudes de valoración del grado de dependencia recibidas desde el 1 de enero; cantidad de expedientes resueltos por mes; cifra de programas individuales de atención (PIA) elaborados; estructura administrativa creada para la evaluación y gestión de las ayudas emanadas de la nueva norma, y número de profesionales seleccionados para realizar los informes de valoración y los programas de atención.

Además, la defensora del pueblo valenciana sugiere alguna crítica a la actuación del Consell al exigir las razones por las que la Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales (Avapsa) contrató a una empresa el desarrollo y la puesta en marcha del sistema de atención de la dependencia. La Síndica recuerda que la ley establece en su artículo 28.6 que los servicios y la gestión de las prestaciones previstas en la norma «se efectuarán directamente por las administraciones públicas, no pudiendo ser objeto de delegación, contratación o concierto».

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