Categories
General

¿Por qué la LEPAP no se financia por el Estado y las CC.AA. con créditos ampliables, como las pensiones?

¿No hay cuartos?

He aquí como unos pocos no precisan manifestarse para conseguir su bonificación. Esto si que es una PIA express:

Fiscalidad

Gestha acusa al Gobierno de atender las peticiones de los banqueros y otorgarles el aguinaldo fiscal

El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha denunciado ante el Tribunal Supremo que el Gobierno aprobó el llamado “aguinaldo fiscal” a los banqueros atendiendo a sus propias peticiones, realizadas a través de la Asociación Española de la Banca (AEB), según la demanda presentada hoy por el sindicato.

Ep – Madrid

“La Administración acogió la propuesta de la AEB y de forma expresa limitó la modificación a los socios mayoritarios y directivos de las entidades”, según explica la demanda de impugnación al Real Decreto 1804/2008, de 3 de noviembre, que rebajó la tributación de los directivos y socios de las entidades financieras por los rendimientos de capital mobiliario de sus propias entidades.

La patronal bancaria hizo esta petición de rebaja fiscal mediante el informe de análisis del Proyecto de Real Decreto de modificación de la Ley 36/2006 de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, de fecha 19 de septiembre de 2007 e incluido en la demanda.

El documento demuestra que “la AEB proponía la modificación de régimen hasta entonces vigente”, que “beneficia claramente a los socios mayoritarios y directivos de las entidades bancarias, aunque sin limitarlo de forma expresa a estas entidades”, explica la demanda.

Además, Gestha acusa a la Administración de “vulnerar los principios de jerarquía normativa”, que establece el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y aprobar la modificación sin que sus técnicos pudieran analizar el precepto, incluido finalmente en la disposición final tercera de la Ley 36/2006.

El sindicato explica que el texto de proyecto de Ley que recibió para hacer alegaciones “contenía tres apartados, ninguno de ellos relativo” a este cambio de tributación, en la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Beneficio “evidente” y “exclusivo” a los banqueros

El sindicato denuncia también la vulneración del principio de igualdad, al establecer un beneficio “evidente” y “exclusivo” a los socios mayoritarios y consejeros unas “concretas” entidades, sin extender tal beneficio a los demás socios de cualquier otra empresa, que siguen tributando estos rendimientos “como rentas generales” y no como rentas de ahorro.

Gestha considera también que se vulnerado el principio de progresividad, al establecer que estos redimientos “pasan ahora, incluso con efectos retroactivos al 1 de enero de 2008, a tributar al tipo fijo del 18%, seis puntos porcentuales inferior al tipo mínimo de escala general (24%)”.

Además, acusan al Gobierno de vulnerar el procedimiento de elaboración de los reglamentos establecido en el artículo 24 de la Ley 50/2007, de 27 de noviembre, por no incluir la evaluación del posible impacto económico de la medida en el proyecto de Ley.

“Sí es posible estimar el impacto económico a partir de la información que se puede extraer de las bases de datos de la Agencia Estatal Tributaria, simplemente seleccionando y cruzando informáticamente la información”, explica la demanda.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de diciembre rebajar la tributación de los directivos y socios de las entidades financieras cuando obtienen rendimientos de capital mobiliario de sus propias entidades, de tal forma que, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2008, dichos rendimientos tributarán al 18% en el IRPF y no al 43% establecido en la Ley 35/2006 del IRPF.

El Alto Tribunal podría tardar cerca de cuatro años en resolver el recurso, durante los que no se paralizará la aplicación de la rebaja impositiva a los banqueros.