Como el rey, había quedado debilitado por el alejamiento de la corte de Beltrán de la Cueva, los nobles aprovecharon esta situación y el 16 de enero de 1465, se dictó la Sentencia Arbitral de Medina del Campo, para atender sus peticiones y deseos.
En esta Sentencia se incluían una serie de medidas: se dotó de casa a la infanta Isabel; se tomaron medidas discriminatorias contra moros y judíos (el monarca debía alejar de la Corte y de sus servicios a moros y judíos, los mudéjares debían de vivir en morerías y debían llevar en la ropa señales distintivas, no se les permitía construir sinagogas o mezquitas…); se pedía al monarca que, en la provisión de cargos eclesiásticos, abogara por personas honestas y cultas y siempre con la opinión de los miembros de los Grandes; pedían al monarca que celebrara audiencias para los súbditos todos los viernes, acompañados de los miembros del Consejo Real (el rey no podía actuar sin ellos, pero si el monarca no podía estar presente, la presidirían los miembros del Consejo con los mismos poderes que el monarca); creación de una comisión integrada por una persona de cada ciudad donde se acuñaba moneda (Sevilla, Córdoba, Toledo, Burgos, Segovia, Cuenca, León, Valladolid y La Coruña), para decidir cuándo y cómo había de acuñarse moneda y evitar que la moneda estuviera tasada por encima de su valor, como ocurría; o que se enviara a las cárceles un oidor lego, para controlar y garantizar la imparcialidad y la justicia, entre otras medidas.
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