La insaculación

En Castelló hasta los decretos de Nueva Planta el acceso al gobierno local estaba regulado por ciertos criterios económicos y jurídicos. Así pues, los cargos se escogían cada año por sorteo, de los componentes de la bolsa de insaculación. La entrada a estas bolsas se producía por la votación del justicia, jurados y asamblea, cada diez años aproximadamente, también podría entrarse en la bolsa por nombramiento directo del Rey en casos particulares.

La asamblea original encargada de la votación constaba de 31 miembros, había 10 bolsas, de donde se extraía la totalidad de los cargos municipales, de los cuales salía a su vez la asamblea que votaba la entrada en  las bolsas para los oficios de justicia y jurado. Se establecieron 10 bolsas según el privilegio otorgado por Felipe III en Valencia el 18 de  febrero de 1604:

–       Bolsa de militares, donde aparecían solo miembros de clase noble y caballeros, sin número fijo.

–       Bolsa de juraten cap del brazo real, formada por 20 sujetos ciudadanos y graduados en Leyes y Medicina.

–       Bolsa de jurados segundos, de artistas, con 20 sujetos, todos ellos (notarios o escribanos, potenciarios, cirujanos, mercaderes).

–       Bolsa de jurados de tercer y cuarto orden, 40 labradores

–       Bolsa de justicias, 30 hombres de los gremios

–       Bolsa de almotacem, 40 miembros de toda clase o estado

–       Bolsa de cequiero, 50 miembros de todas las clases menos caballeros

–       Bolsa de escribanos, 10 miembros

–       Bolsa de consellers de ma major, miembros ciudadanos y artistas.

Este sistema daba el poder a una oligarquía vitalicia que nombraba a sus propios sucesores. Los “labradores” de las bolsas de jurado de tercero y cuarto de la de consellers de la ma menor, serían miembros de una familia de labradores ricos, que se habría aliado con los nobles y las profesiones para mantener al margen a la gente común del poder municipal. Estos eran los principios jurídicos que regulaban el gobierno de la villa, aunque también estaban condicionados por su economía (después de 1590 los miembros de la asamblea debían poseer, clars bens, valents 10.000 sous, mientras que los candidatos a justicia y jurado debían poseer, clars bens, valents 20.000 sous) para poder presentarse a los oficios.

Así pues para poderse insacular era necesario poseer más de 1000 libras en bienes. Aun así Castelló era una de las áreas más democráticas, la pequeña nobleza ocupaba uno  de los cuatro cargos de magistrado  principal cada dos años, los ciudadanos un cargo cada año, los gremios un cargo,   y los labradores uno o dos, dependiendo de qué compitieran o no con los nobles. Mientras que en Valencia solo los caballeros podían competir por uno de los cargos de mayor importancia. Aun así para formar parte de las listas insaculatorias había que ser patrocinado por los jurats y conseguir la aprobación del Consell General, cuyos miembros eran insaculados. Cuando los gremios de artesanos intentaron introducirse en este círculo de poder, en 1626 fueron rechazados por el Consejo de Aragón, con el fin declarado de que el gobierno no fuera tan popular.

Lo interesante es como se mantienen las mismas élites en el poder con la llegada de los borbones y la implantación de la elección municipal por el gobierno real. El primer lugar donde se observa esto, es haciendo una comparación entre la lista de nombres que aparece en el Llibre de Insaculacions de 1700, con la lista que aparece en el primer regimiento  nombrado a estilo castellano, de 1708, coincidiendo los apellidos de 8 miembros.  Así el poder queda dividido entre un número pequeño de familias oligárquicas.


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