La Audiencia de Aragón

En la Corona de Aragón se funda en el año 1370 bajo el reinado de Pedro el Ceremonioso una Real Audiencia, disponiendo de una cancillería específica para el Principado de Cataluña, y otras dos para los reinos de Aragón y Valencia respectivamente. Su origen en época moderna está en la necesidad de formalizar tribunales que, en cada reino, suplan el absentismo regio con Fernando el Católico.

En 1528 es reestructurado el tradicional Consejo regio de Aragón en que había derivado la antigua Cancillería medieval. La naturaleza de la reforma se manifiesta en 1528 al declararse que el vicecanciller, regente de la Cancillería y asesor del gobernador no pueden pronunciar sentencias sin el Consejo. Dado que en esa época el vicecanciller reside plenamente en Madrid y, con independencia de la presidencia oficial, la presidencia efectiva la desempeña el regente de la Cancillería.

En 1565 se erige una Sala de lo Criminal dentro de la Real Audiencia, con cinco oidores, que han de tener las mismas cualidades de los que entienden en las causas civiles. El oidor más antiguo es quien preside la nueva Sala, aunque el lugarteniente general o virrey, regente de la General Gobernación, vicecanciller, o regente de la Cancillería o asesor de la Gobernación pueden estar presentes y ocupar el primer lugar.

 

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