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Caso Rosendo Radilla, Varios 912/2010

LINK a Varios 91272010

http://www2.scjn.gob.mx/AsuntosRelevantes/pagina/SeguimientoAsuntosRelevantesPub.aspx?ID=121589&SeguimientoID=225&CAP=radilla&Promoventes=&ActoReclamado=

En este caso la Suprema Corte hace una declaración sobre la participación del Poder Judicial en la ejecución de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El  “CASO RADILLA PACHECO CONTRA LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” ha sido una de las decisones más imporatntes en materia de derechos humanos que invlucra no sólo a órganos del poder ejecutivo, sino al mismo poder judicial. Se decidió, entre otras cosas importantes, que las sentencias de la CIDH son obligatorias para el Poder Judicial de la Federación y la jurisprudencia de dicha Corte será orientadora para el Poder Judicial para los casos en que México no sea parte.

En el link de la resolución se encuentra acceso a los diferentes votos particulares emitidos po los ministros en cuestiones como las siguientes:

–  ¿Las sentencias condenatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para el Poder Judicial de la Federación en sus términos?

– ¿Los criterios interpretativos contenidos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son orientadores u obligatorios para el Poder Judicial de la Federación?

– ¿El Poder Judicial de la Federación debe ejercer un control de convencionalidad ex officio?

– ¿El control de convencionalidad es para el Poder Judicial de la Federación o para todos los jueces del Estado mexicano? (los últimos conforme al modelo propuesto por el Ministro COSSÍO).

– ¿Los jueces del Estado Mexicano están obligados a inaplicar las normas contrarias a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos y que se proponga la modificación de la jurisprudencia P./J. 74/99?