Orden de los apellidos

En 1981 se realizó una reforma del codigo civil español que permitía a las personas mayores de edad cambiar el orden de sus apellidos. Fue un primer paso para terminar con una ley discriminatoria que daba primacía al apellido paterno sobre el paterno.

18 años después, en 1999, se volvió a reformar, permitiendo que los padres, de común acuerdo, pudieran cambiar el orden de los apellidos cuando se registrara al recién nacido en el registro civil. Quedó de la siguiente manera:

«La filiación determina los apellidos con arreglo a lo dispuesto en la ley.
Si la filiación está determinada por ambas líneas, el padre y la madre de común acuerdo podrán decidir el orden de transmisión de su respectivo primer apellido, antes de la inscripción registral. Si no se ejercita esta opción, regirá lo dispuesto en la ley.

Sin embargo, la opción por defecto sigue siendo la del apellido paterno en primer lugar, ya que el cambio del orden se entiende como una opción.

Me pareció interesante esta viñeta porque recuerda un derecho que existe, aunque muchas personas lo desconozcan por completo.

Oli, La Vanguardia, 5-7-1981

(Ver artículo relacionado)


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