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En apoyo a Sara y David Vida Independiente

… y seguimos con el caso de Sara y David.

El pasado día 15 de enero, el Foro de Vida Independiente publicó, en los medios de difusión social, una nota de prensa que también recogímos en este blog. Ahora hemos recibido contestación desde la Dirección General de Infancia y Familias de la Junta de Andalucía en el correo que reproducimos a continuación, y tras su lectura, acompañamos la respuesta de la que también dejamos constancia para que nuestros asiduos lectores puedan formarse una idea de este dramático episodio.

———- Mensaje reenviado ———-
De: Dirección General de Infancia y Familias <DGInfanciayFamilias.cibs@juntadeandalucia.es>
Fecha: 29 de enero de 2009 11:51
Asunto: NOTA DE PRENSA 16/01/09
Para: foro.vida.independiente@gmail.com

En relación con su correo electrónico de fecha 16 de enero, le indicamos que esta Dirección General de Infancia y Familias ha solicitado informe a la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Cádiz, sobre las actuaciones llevadas a cabo en el caso que expone en su consulta. En el informe emitido por la citada Delegación Provincial, se pone de manifiesto que en el procedimiento de referencia se ha actuado conforme regula el Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa y como se actúa en cualquier otro caso que pudiera poner en grave riesgo la integridad física o psíquica de un menor. En el presente caso, como en cualquier otro, antes de dictar una resolución de esta naturaleza, se han valorado y estudiado todas las circunstancias sociales y familiares de la menor y su familia y se ha constatado la situación de riesgo para el desarrollo personal o social de la misma, tal y como se dispone en el artículo 19 de dicho Decreto.

Atentamente

———- Mensaje reenviado ———-
De: Foro de Vida Independiente <foro.vida.independiente@gmail.com>
Fecha: 29 de enero de 2009 13:30
Asunto: Re: NOTA DE PRENSA 16/01/09
Para: Dirección General de Infancia y Familias <DGInfanciayFamilias.cibs@juntadeandalucia.es>

Estimado Sr:

Muchas gracias por la información que nos envía.

Desde el Foro de Vida Independiente, no cuestionamos las actuaciones llevadas a cabo en favor de la menor ni la aplicación de la legislación por la que se rigen, lo que sí cuestionamos es la ausencia de transversalidad en la acción para evitar la situación de desamparo, dotando a los padres de la niña de los apoyos que también la legislación vigente y muy especialmente la convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad, de obligado cumplimiento por parte de nuestras administraciones públicas desde el pasado 3 de mayo, a través de su artículo 23 sobre derechos de familia les garantiza cuyo texto adjunto.

Artículo 23. Respeto del hogar y de la familia

2. Los Estados Partes garantizarán los derechos y obligaciones de las personas con discapacidad en lo que respecta a la custodia, la tutela, la guarda, la adopción de niños o instituciones similares, cuando esos conceptos se recojan en la legislación nacional; en todos los casos se velará al máximo por el interés superior del niño. Los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a las personas con discapacidad para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de los hijos.

4. Los Estados Partes asegurarán que los niños y las niñas no sean separados de sus padres contra su voluntad, salvo cuando las autoridades competentes, con sujeción a un examen judicial, determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que esa separación es necesaria en el interés superior del niño. En ningún caso se separará a un menor de sus padres en razón de una discapacidad del menor, de ambos padres o de uno de ellos.

Lo que entendemos en definitiva es que por falta de apoyos adecuados esta pareja, contra su voluntad, está alejada de su hija desde casi el momento de su nacimiento, habiéndole sido suspendido su periodo de lactancia, lo que puede suponer una discriminación ejercida al derecho de la familia contra dos personas con discapacidad. Por lo que agradeceríamos una rápida y justa intervención, además de en favor de la seguridad de la menor, en favor de su legítimo derecho con las mismas garantías, a estar en el seno de su familia.

Atentamente.


Nota de prensa del día 15 de enero de 2009

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Denuncia Pública Derechos humanos Discriminación Reflexiones Vida Independiente

Más sobre el secuestro oficial de Esmeralda, hija de Sara y David, discriminados por su discapacidad.

Hoy traemos en esta entrada, contestación y respuesta a un mensaje remitido a la Consejera de los Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, en relación con el caso de Sara y David, al que responden, por encargo de la titular, desde su Gabinete Asesor.

Como se podrá deducir de su lectura, se percibe una sibilina sugerencia sobre nuestro desconocimiento de la realidad, siendo así que un amplio equipo de expertos y profesionales han aconsejado el ¿secuestro? de Esmeralda, contra la voluntad de sus padres.

Evidentemente no tenemos el reconocimiento de una titulación que nos avale oficialmente, sin embargo sabemos interpretar, fielmente, la lectura del artículo 23 de la Convención sobre los derechos de los discapacitados de la ONU (Organización de las Naciones Unidas), cosa que, todo este equipo de expertos y profesionales en apoyo a la Consejera, se ha permitido desaconsejar. ¿Será por su ignorancia?

Pero será mejor que nuestros lectores lleguéis a vuestras propias conclusiones.

El 26 de enero de 2009 10:54, Pepa Vazquez Murillo <josefa.vazquez.murillo@juntadeandalucia.es> del Gabinete Consejera escribió:

Sra. Mª Ángeles Sierra,

En nombre da la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, y en relación a la reacción suscitada en algunas personas y colectivos como consecuencia de la actuación protectora de esta Entidad Pública respecto de una menor decretando una medida de desamparo provisional y acordándose su acogimiento residencial en un centro de protección de menores de Cádiz, cabe realizar las siguientes consideraciones:

En primer lugar, es preciso dejar claro que no es la discapacidad el factor de riesgo que ha determinado la intervención de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Cádiz, y con ello la adopción de la medida de protección. La medida adoptada se justifica en salvaguardar la integridad y seguridad de la niña, y en base a información objetiva y fiable de la situación de extremado riesgo a la que ha sido sometida durante toda su gestación.

Igualmente, es necesario señalar que la decisión adoptada está avalada por numerosos informes técnicos de los Servicios Sociales Municipales de Cádiz, el albergue donde han residido un tiempo, el centro de día, la policía local, los Servicios Sociales del Puerto de Santa María, el centro de salud, así como la información aportada por la propia familia de los padres. En toda esta documentación se constatan los elementos de alto riesgo en que se encuentra el núcleo familiar formado por los padres de la menor.

Obviamente, en interés de la menor, el derecho a la intimidad que le asiste y la Ley de Protección de Datos vinculante en todas nuestras actuaciones, no podemos atendiendo a su escrito, facilitarle más información que esta familia renunció a la ayuda que le ofrecía la familia extensa y la ayuda profesional de los Servicio Sociales.

Por último, aclarar que el desamparo es una medida provisional, y nos preocupa a la vez que nos preocupa, que la falta de conocimiento sobre el sistema de protección de menores cuestiones las garantías que la Administración, velando por el interés del menor y valga la redundancia, garantiza con estas actuaciones.

Sevilla, a 26 de enero de 2.008

Respuesta al mensaje anterior, por Mª Ángeles Sierra, miembro del Foro de Vida Independiente:

———- Mensaje reenviado ———-
De: Mª Ángeles Sierra Hoyos <msierrahoyos@gmail.com>
Fecha: 27 de enero de 2009 10:20
Asunto: Actuación protectora de la entidad pública competente
Para: Pepa Vazquez Murillo <josefa.vazquez.murillo@juntadeandalucia.es>
Cc: gabinete.consejera.cibs@juntadeandalucia.es

Estimada Sra.:

Gracias por las explicaciones que me hace partícipe y permítame significarle que, aun esforzándome por entender que lo que en este caso ha de primar y prevalecer es el interés de la menor, no me conforman los criterios seguidos para esta drástica retirada del seno materno de la pequeña y de forma tan brutal, cuando me consta que una de las grandes prioridades en este tipo de actuaciones es no provocar el desarraigo de la madre con su hija. Prueba de ello son, también, los exitosos programas de desarrollo a favor de estos menores que se dan a mujeres delincuentes y otro tipo de colectivos en riesgo de exclusión, manteniéndoles al menos durante el tiempo de lactancia, junto a su madre biológica, que en este caso particular ha supuesto un lamentable desenlace, provocado posiblemente, por una inoportuna y violenta actuación administrativa, que cuanto menos, deja en duda el empeño administrativo por aplicar la igualdad de oportunidades .

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/chicas/pegan/elpepusoc/20070429elpepisoc_2/Tes

Aun admitiendo como viene a informarme que, no ha sido la razón de discapacidad el factor de riesgo para la toma tan extremas decisiones, -desconozco, puesto que Ud. tampoco me lo ha aclarado- es de entender no obstante, que poco fueron en su momento tenidas en cuenta para poder llevar a efectos el derecho a la familia que esta pareja precisa y que viene a garantizarles en su artículo 23 la Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas, que recientemente nuestro Estado ha ratificado y que obliga a los mismos a articular todo tipo de medidas y apoyos en su beneficio, del legítimo derecho a la familia de las personas con discapacidad, así como a llevar a efectos la protección de los niños.

Artículo 23. Respeto del hogar y de la familia.

2. Los Estados Partes garantizarán los derechos y obligaciones de las personas con discapacidad en lo que respecta a la custodia, la tutela, la guarda, la adopción de niños o instituciones similares, cuando esos conceptos se recojan en la legislación nacional; en todos los casos se velará al máximo por el interés superior del niño. Los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a las personas con discapacidad para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de los hijos.

Esto es lo contrario de quitarles a Esmeralda.

4. Los Estados Partes asegurarán que los niños y las niñas no sean separados de sus padres contra su voluntad, salvo cuando las autoridades competentes, con sujeción a un examen judicial, determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que esa separación es necesaria en el interés superior del niño. En ningún caso se separará a un menor de sus padres en razón de una discapacidad del menor, de ambos padres o de unos de ellos.

Eso también es lo contrario de lo que han hecho.

No concibo por otra parte, como sabiendo que se trataba de una gestación de alto riesgo, no intervinieron en dotar a esa madre de apoyos durante el periodo de gestación decidida y voluntaria, puesto que su hija era deseada, a la vez que no les faltó el tiempo para efectuar la inmediata retirada de la neonata tras 48 horas de su nacimiento, conforme a expediente que en su periodo de gestación venían elaborando.

Aun entendiendo sus argumentos de privacidad del asunto, nada justificaría tal medida, no siendo por voluntad o absoluto abandono de los padres hacia la niña, hecho que no se ha producido, cuando como antes he venido a recordarle estas garantías la propia administración de forma transversal debería de haber proporcionado.

Parece haberse consultado con determinados sectores del entorno de la pareja y no primar, como la misma Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad, prima, la decisión y opinión de los interesados, como sujetos de derechos humanos irrenunciables.

Dudo mucho del bienestar que al bebé que les han arrebatado para poder ver a su madre una vez por semana y una hora, beneficie a nadie. Y permítame la dureza de mis expresiones, entendiendo que es más dura la dramática situación de verdadero desamparo que estos padres, por el hecho de tratarse de personas con discapacidad intelectual y estar desprotegidas en su entorno, hoy están padeciendo ante semejante abandono administrativo, que no supone más que un acto discriminatorio, nos guste o no, contra ellos.

Por lo que les solicito, nuevamente, retomen ese expediente, profundicen en una realidad de la que esta pareja no es culpable, sino víctima y articulen las medidas y apoyos que necesitan, para que puedan ejercer su pleno derecho a constituir una familia, como mandan las leyes internacionales.

Atentamente.

Mª Ángeles Sierra

Activista Social (Adjunta de JRC)

Ciudadana veladora por el cumplimiento de la Convención Inetrnacional de los derechos de las personas con discapacidad

Miembro del Foro de Vida Independiente.

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Artículo de opinión. Denuncia Pública Derechos humanos Discriminación Reflexiones Vida Independiente

En apoyo de Sara y David, discriminados por su discapacidad.






CASO CERRADO


El delito de Sara y David es ser pobres y diversofuncionales (minusválidos, según un certificado que les debería asegurar protección especial y no un castigo por ser como son), la condena: privarles de su hija, Esmeralda.

El delito de Esmeralda es haber nacido, la condena: impedirle crecer al lado de sus progenitores, Sara y David.

El delito de los responsables de Sara y David despreocuparse totalmente de ellos hasta el punto de abandonarles a su suerte en estos momentos, la condena: seguir beneficiándose de las ayudas económicas a que tiene derecho Sara.

El delito de los responsables administrativos su negligencia al no dispensar a Sara y David la especial protección a que están obligados, la condena: aparecer como administración responsable y veladora de los derechos de Esmeralda.

El delito de los responsables judiciales dar a todo este sin sentido una apariencia de justicia descuidando los derechos de Sara y David, su condena: aparecer como poder público que vela por los derechos de Esmeralda.

Imaginemos una Sara y un David igual de pobres y carentes de medios, pero sin diversidad funcional, ¿Servicios Sociales hubiese adoptado las mismas medidas? Posiblemente estaría en una casa de acogida para madres como los contemplados para mujeres en situación de riesgo de exclusión social o para madres jóvenes con hijos pequeños.

Imaginemos ahora una Sara y un David con diversidad funcional pero con una situación familiar aceptable o con los apoyos que legalmente les correspondan (parece ser que un curador), con una asistencia personal apropiada, incluidos social y laboralmente. Posiblemente no estarían pasando por este calvario, ni ellos ni Esmeralda.

Dejemos de imaginar. Son pobres, carecen de medios, no tiene una situación familiar “normal”; su curador parece ser que no da cuentas a nadie de lo que hace con la pensión que recibe en nombre de Sara ni a nadie le importa, jueces y fiscales incluidos; a los servicios sociales solo les ha preocupado esperar a que naciera Esmeralda, tenerla localizada y quitársela a la madre, cuando han tenido nueve meses para haber tomado las medidas necesarias para evaluar la capacidad de Sara y David para ser padres y dotarles de los medios necesarios a que tengan derecho…

¿Qué se puede esperar de un sistema que culpabiliza de sus negligencias al más débil y desoye el sufrimiento que causa apelando a un bien superior?

¿Qué se puede esperar de una sociedad que guarda silencio?

Jesus Angel Nieto Herce,

Abogado en ejercicio y activista del Movimiento de Vida Independiente en España

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General Misceláneas

Carta a José Chamizo de la Rubia – Defensor del Pueblo Andaluz y del Menor

José Chamizo de la Rubia

Ilmo. Sr. Defensor del Pueblo Andaluz


Cádiz, 10 de Enero de 2009


Estimado Sr. Defensor:


A través de estas líneas queremos trasladarle los hechos de que hemos sido testigos presenciales y que hemos vivido con enorme impotencia y consternación.


El día 31 de Enero acompañé a Sara, amiga de mi hija, junto a su compañero David, dos jóvenes de 24 y 22 años respectivamente, pareja de hecho, ambos con discapacidad en diferentes grados, al hospital de la Seguridad Social del Puerto de Sta. María para asistir a la consulta del ginecólo para una ecografía. Los encontré dos días antes en Cádiz. Al ver el avanzado estado de gestación de Sara e interesarme por ella me contaron que estaba a punto de cumplir y que vivían en casa de los padres de David, en San Fernando después de haber estado durante todo el embarazo huyendo de sus respectivas familias. Ese día, el del encuentro, me ofrecí a llevarlos sorprendida de que tuvieran la cita en el Puerto de Santa María cuando vivían en San Fernando. El ginecólogo, durante la ecografía, les explicó que la niña estaba encajada., que estaba bien y que tendrían que volver el día 12 para la prueba de los registros. No obstante, le indicó que si tenía alguna molestia propia del parto debía acudir al hospital Puerta del Mar en Cádiz para dar a luz. El doctor les explicó que podría romper aguas, que podía tener las contracciones.


Tras la consulta almorzamos juntos en el Puerto de Sta. María y estuvimos hablando de esto, fundamentalmente. Sara me hacía preguntas sobre cómo era, si dolía mucho. Yo le hablaba para tranquilizarla. Pasé con ellos parte de la tarde. Durante las casi cuatro horas que estuvimos juntos dio tiempo de hablar de muchas cosas. Progresivamente me siguieron contando cómo, con quién y dónde habían vivido –incluyendo el pinar por el que pasamos junto al hospital- , en verano. Y como ya lo habían venido haciendo durante el trayecto desde San Fernando, donde los recogí, continuamos hablando y hablando hasta llegar de nuevo a su casa donde nos despedimos quedando en que los llamaría y ellos me darían un toque si había alguna novedad. Esa misma noche me enviaron un mensaje para felicitarme el año nuevo que aún conservo en el móvil.


El día 7 recibí un toque del teléfono de David. Muy nervioso pero muy contento me dijo que Sara estaba de parto. Acudí de inmediato al hospital. Cuando llegué, a las 13;20, Sara acababa de dar a luz a una niña preciosa a la que iban a poner por nombre Esmeralda.. Pude pasar a verla y Sara me recibió muy contenta aunque adormilada y agotada. Me dijo que le había dolido muchísimo pero que era muy feliz, me decía una y otra vez que era otra, una nueva Sara. Y se deshacía en piropos a su niña con gran júbilo. Al mismo tiempo, muy bajito y muy seria y muy triste me dijo que a lo mejor se la iban a quitar porque se lo habían advertido en los servicios sociales. Yo no podía dar crédito a aquello y la tranquilicé diciéndole que no sería así puesto que allí la tenía. Ella me insistió diciéndome que le habían advertido que se la llevarían al nacer si seguía viviendo en aquellas condiciones, sin luz ni agua, en casa de los padres de David..


Fuera, en el pasillo, hablé con David, quien me dijo lo mismo que Sara, y que ellos comprendían que esas no eran condiciones para que viviera la niña pero que habían buscado por todos lados trabajo y casa y que no habían podido encontrar nada mejor.


Durante los días 7 y 8 de enero pasé con ellos la mañana y la tarde hasta la noche hablando sin parar. Me fueron contando todos los problemas familiares. Yo conocía los de Sara por haber sido amiga de mi hija desde hacía casi diez años pero no los de David y mucho menos los de su familia.


Durante los días 7 y 8 de enero Sara, desde el primer momento, y siguiendo las indicaciones de la matrona en el paritorio, dio de mamar a su hija. Antes de subir a la planta cuarta presencié su gran paciencia y disfrute, aguantando con su dedo índice la parte delantera del pezón para que, como le había indicado la matrona, la niña pudiese respirar. Vi como la niña tragaba y como Sara, la madre, insistía y cuando descansaba la tomaba David en sus brazos. También, transcurrido más o menos una hora, una enfermera le hizo entrega de los papeles para inscribir a su hija en el registro. David los cogió y los guardó en una carpeta. Al día siguiente fue al registro pero le dijeron que como eran pareja de hecho tenían que ir ambos.


También estuvimos presentes cuando una trabajadora social del hospital, Estrella es su nombre, fue a verla sobre las 14:00 horas y cuando salió me preguntó quien era yo. Le respondí que era amiga suya. Ella me dijo que la encontraba muy asustada y desconfiada, “como si se la fuera a quitar”. Le dije a Estrella que, al parecer, y según me habían dicho los propios padres, los Servicios Sociales se lo habían anunciado. Ella me dijo que no sabía nada.

Eran las 14,30 aproximadamente del día 7 de Enero cuando los iban a subir a planta. Como eran más de las tres salí a comprarle a David un bocadillo para que pudiese comer allí. Con muchísima preocupación pero confiada por verlos tan felices con su hija me fui a casa sabiendo ya que iban a subirlas a la habitación 416.


El día 8 acudí con una amiga, alertada por el miedo de los padres, a las trabajadoras sociales del hospital a trasladarle su preocupación y la mía y a ofrecerme para cualquier mediación de apoyo a los padres. Debo decir que tomaron nota de mis teléfonos y me informaron que el tema estaba en Menores pero que no podían informarme de nada. Por mi parte, trasladé toda la información de la que disponía acerca de las grandes dificultades con las que los encontré el día 31 y, según ellos mismos me contaron, durante toda la gestación, así como que, según me habían explicado Sara y David, no habían recibido ayuda y solo un ofrecimiento por parte de los Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, el de abortar, a lo que ellos se negaron respondiendo que habían querido engendrarla para tenerla.


Por la presente, queremos denunciar:


1) la excesivamente dolosa y violenta actuación hacia los padres el día 9 al retirarle a su hija engañándolos. La enfermera les dijo que la llevaban al pediatra y, sin mediar ninguna explicación previa, a pesar de que nos ofrecimos para ello a la trabajadora social de la Junta de Andalucía y les rogamos que respetaran que había allí presente con la madre un ATS que le había estado explicando la necesidad de sacarle sangre para ponerle una transfusión sanguínea, le entregaron una resolución por el que les citaban en la Delegación Provincial de Igualdad y en la Jefatura de Menores. La trabajadora social, ante los requerimientos de Sara para que les dieran una explicación le dijo “te lo habíamos dicho, Sara, si seguíais viviendo en esas condiciones, en esa casa sin agua ni luz, te íbamos a quitar la niña” David quería salir de la habitación a buscar a la niña y entre dos miembros de las fuerzas de seguridad lo aguantaron de los brazos y le empujaron hacia un armario. De todo lo cual fuimos testigos no sólo nosotros, sino todo el personal sanitario y auxiliar, que en ese momento estaba de Servicio en la planta cuarta del Hospital Universitario “Puerta del Mar” de Cádiz.


El día 12, lunes, mi marido acompañó a David a Menores donde el padre volvió a manifestar su deseo de recuperar a su hija lo más rápidamente posible. Mi marido les explicó claramente que, a su juicio, después de haber permanecido con los padres durante todos estos últimos días, les cree capaces de criar y educar a su hija, naturalmente con todas las ayudas y apoyos que sean necesarios. Es más cree que sería aconsejable una recuperación inmediata para evitar, en la medida de lo posible, que no se rompa el vínculo entre madre e hija.


Nos mueve a ello el deseo de que se respeten los derechos de los padres y de su hija a recibir la protección y la ayuda necesaria para que, ya que así lo decidieron y comunicaron en su día a la Jefatura de Menores, puedan encargarse de la tutela de su hija. Con toda la ayuda y la mediación de los profesionales que se estimen oportunos. Y puesto que residen en un hogar que reúne las condiciones de habitabilidad imprescindibles como es, en la actualidad, el piso tutelado de AFANAS en el Puerto de Santa María, le devuelvan a su hija, ya que por encima y al mismo nivel de la menor, que ya ha sido violentamente apartada de ellos y privada del pecho de su madre y del cariño de ambos, así como del vínculo afectivo más inmediato y prioritario que las leyes naturales establecen, están los derechos inviolables de unos padres a cuidar y criar a su hija como ya lo hicieron por propia voluntad y sin ayuda de nadie durante la gestación.


2) Que después de la violenta retirada de la hija no apareció nadie por el Hospital durante todo el fin de semana, ni de los servicios sociales ni especialista clínico para asistir a los padres de tan cruel impacto psicológico.


3) Que tras acudir mediante un permiso hospitalario de Sara, al Centro de Acogida San Carlos (de Chipiona), donde se encuentra su hija el pasado día 13 de Enero, visita en la que pudieron estar con ella una sola hora. A la semana siguiente, conforme a lo establecido, pidieron a Menores telefónicamente visitarla. En principio se les comunicó que podrían visitarla el martes día 20. Cuando los padres se hallaban preparados para el desplazamiento avisaron desde Menores para comunicar a los padres que no podrían visitar a su hija hasta el miércoles 21. Este hecho, unido a insistentes presiones mediante llamadas telefónicas de la TV Andaluza a través del programa “Mira la vida”, ofreciéndoles hotel a la pareja y la oportunidad de recibir llamadas telefónicas desde la Administración de Bienestar Social para devolverle a la niña, provocaron en Sara una crisis de ansiedad que tuvo lugar esa misma mañana del martes día 20.


4) Que a pesar de ello Sara no ha recibido asistencia médica ni psicológica hasta la fecha.


5) Que a pesar de sus requerimientos aún no se les ha facilitado la oportunidad de acudir al Registro Civil a inscribir a la niña, ya que la Asociación de Afanas, en El Puerto de Santa María, dispone de la carpeta con la documentación que ambos entregaron a la psicóloga y la trabajadora social de Afanas en nuestra presencia el día 16, fecha del alta y del acogimiento de ambos en el piso tutelado. Carpeta que contiene toda su documentación y que incluye las hojas para el registro de su hija, así como la comunicación que, por escrito, dieron a sus padres el funcionario y la trabajadora social Yolanda de la Junta de Andalucía y el expediente administrativo abierto el día 12 en presencia de mi marido. Todo entre otros muchos documentos personales.


6) Que David manifiesta no poseer el dictámen de su calificación de minusvalía y que tiene que ir al EVO de Cádiz para recogerla ya que, según él, lo que posee es una minusvalía sensorial del 85% y no una minusvalía psíquica. Trámite que, según David nos manifiesta a fecha de hoy, tiene que hacer en los Servicios de Valoración, tanto acompañado por la trabajadora social de Afanas o por él mismo. Hasta no tener dicho dictámen no podemos entrar a valorar si, caso de que David no tenga reconocida una minusvalía psíquica, el atropello por parte de Menores, sea aún mayor.


Dicho todo esto con el mayor respeto y acatamiento a las normas legales, pero sin renunciar por ello a que se ponga urgentemente remedio a los evidentes errores que se han cometido y se siguen cometiendo en este caso, respetándose los derechos de la madre y del padre a ejercer como tales, derechos recogidos en el art. 23 de la Convención de la ONU, y a recibir la atención de los servicios profesionales y jurídicos que necesiten, junto a la de los Servicios Sociales; así como la menor, quien además de haber sido privada de los beneficios de la lactancia materna, continúa aún sin recibir los cuidados y el cariño de sus progenitores, cuando más los necesita y cuando, también ellos, más la necesitan, porque la tuvieron porque la deseaban, como ellos mismos manifestaron en el programa “Mira la Vida” de Canal Sur, porque “si no la hubiesen sabido cuidar no la habrían hecho” y porque la Junta de Andalucía, desde la Delegación de Bienestar e Igualdad Social y la jefatura de Menores, con solo dos días, se la arrebató violentamente.


Atentamente:


Fdo.

Eloisa Marín Fernández y Manuel José Ramos Ortega



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Accesibilidad Divulgación Formación tecnológica Vida Independiente

La relación laboral inclusiva.

Hola a todos:

El otro día un amigo me hizo llegar un enlace desde el que se puede ver un video en el que se muestran las posibilidades que una persona ciega tiene de trabajar en el montaje y reparación de pcs.

Es una nota que se hizo para Dominio Digital, un programa de televisión por cable.

Básicamente en la nota se destaca la necesidad que hay de equiparación de oportunidades en el plano laboral para las personas con diversidad funcional.

Me parece importante difundir este material, así que ahí se los paso.

Para ver el video, ingresen en el siguiente enlace:
http://video.google.es/videoplay?docid=-4797580513136045270

Relación laboral inclusiva

La organización que trabaja en este proyecto de inclusión laboral es Soles de Buenos Aires y su página Web es: http://www.solesdebuenosaires.org.ar

Pueden tener mayor información sobre el programa Dominio Digital en:
http://dominiodigital.com.ar

Agradeciendo de antemano la difusión de esta noticia, les mando un saludo y quedo en contacto.

Juan Carlos

[Se han eliminado los trozos de este mensaje que no contenían texto]

Información facilitada por Ximo González.

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Los siete pecados capitales contra la Administración de David y Sara

En la imagen David y Sara en el hospital mostrando en un móvil la fotograr
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General

Rapto y violación (II)

David y Sara mostrando a su bebé en el movil

El día 18, con un nudo en la garganta, redacté un artículo sobre la retirada de una niña de 48 horas a sus padres por el hecho de carecer de tener una discapacidad intelectual y no disponer de agua y luz en la vivienda. Desde entonces he estado recopilando información diversa y he llegado a la conclusión de que se trata de un atropello y de que el causante se dio a la fuga. Un artículo de Manuel López Doña, Profesor de Sexología de la Universidad de Cádiz, del que acabo de tener conocimiento, pone los pelos de punta y constata mis peores presagios.

El caso es que los discapacitados, cuando se dieron cuenta del embarazo, acudieron a la Junta de Andalucía porque sus desesperados intentos de encontrar trabajo y procurarse recursos que aseguraran el bien de su esperada hija no encontraban solución. Seguramente habían oído en los medios de comunicación que tenían derechos, que la Constitución, la ley de no igualdad y no discriminación, la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad aprobado en diciembre de 2006 por el Gobierno central,…

Pero la única prestación que las trabajadoras sociales de la Junta les ofrecieron fue el aborto. En base a qué supuestos lo desconozco, porque no había riesgo para la salud física y mental de la madre, ni había existido violación. Con esos antecedentes la Junta esperó al nacimiento del bebe para apropiarse de la niña, el papeleo debió de retrasarse un poco porque la niña no le fue arrebatada a la madre en el paritorio, si no dos días después con la lactancia iniciada.
Mientras la Junta decía que no podía hacerse cargo de la madre porque no está incapacitada judicialmente y que la decisión de retirarle su hija había sido “pensada y fundamentada”, saltaba a los medios que la Fiscalía General del Estado, pone en marcha un mecanismo por el que las personas que sufren alguna discapacidad podrán contar con la protección del ministerio público sin ser declarados incapaces, como consecuencia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, garantizando su igualdad en el ejercicio de derechos.
Las Administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos. Dado que el asunto afecta a dos ventanillas: la de atención a la infancia y la de discapacidad, que están en el mismo edificio, no resulta razonable que a fecha de hoy madre e hija estén separadas. La administración tiene medios y recursos que posibilitan que madres en especial estado de necesidad convivan con los hijos, incluso en las cárceles y en los centros de acogida de menores. La separación de esta madre nos pone ante la duda de si el motivo de la retirada de la niña responde a la condición de discapacidad de la madre o a la de pobre, lo cual conviene explicar para saber las mujeres que quieren ser madres si corren el peligro de que se les separe de sus hijos, lo cual es especialmente probable en los tiempos de dificultades económicas que atravesamos.
Resulta evidente que la legislación española y las convenciones sobre La Junta está dispuesta a pagar no menos de 650 euros al mes a la familia que se haga cargo de un acogimiento urgente y por otro está pagando una pensión o prestación a la madre, cuyo importe se lo apropia la persona que la percibe, siendo prueba de ello que ha estado durmiendo durante un tiempo incluso en la calle. Eso lo han detectado los servicios sociales y lo que han hecho es enviar una orden judicial a todos los hospitales próximos para estar alerta cuando ingresara para el parto.
Tan solo algún profesional sanitario y el sector de la diversidad funcional (discapacidad), encabezado por el CERMI, ha salido en defensa de la legalidad, denunciando el atropello y la falta de diligencia de la administración en la atención a la discapacitada que fue madre. No tengo constancia, y de menos la hecho, de que las asociaciones feministas, grupos de apoyo a la lactancia materna. La más elemental ética exige que la niña sea entregada a su madre inmediatamente y se proceda a procurarle el adiestramiento necesario para el cuidado de la niña, cuestión que puede resolverse en un centro o piso de acogida de madres en especial dificultad con hijos menores a su cargo.
La solución corresponde impulsarla al superior común bajo cuya autoridad se encuentre la ventanilla de menores y de discapacitados en la Junta de Andalucía, que mira por donde es la Consejera de ¿Igualdad? y Bienestar Celestial, perdón, Social.

Valencia, 19 de enero de 2009

Vicente Valero Sanchis
Velador por el cumplimiento de la Convención
sobre los derechos de las personas con discapacidad.

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General

La cuestión de ser madre.

Retrato de una madre con su hijo

Por Manuel López Doña, profesor de Sexología de la Universidad de Cádiz

SI “madre” viene de mater (hembra que ha parido) y “parir” de parere (expeler en tiempo oportuno la hembra de cualquier especie el feto que tenía concebido) en la lengua española de raíz latina, que aprendimos en la escuela, madre, solo hay una y es aquella que ha parido el feto que concibió, al concluir su tiempo de gestación, momento que le hace compatible con la vida.Sara es una mujer joven que por azares del destino nació en 1984 en el seno de una familia con capacidades intelectivas limitadas. A pesar de su acreditada minusvalía (leve), nunca la incapacitaron legalmente para decidir sobre los destinos de nuestro país y por tanto su voto, en las elecciones generales, autonómicas o municipales es tan válido como el voto del Rector de la Universidad. Desde el punto de vista biológico, a partir de su menarquía es una mujer fértil sin lugar a dudas y desde hace más de diez años ha tenido la posibilidad y la capacidad de concebir. Dudamos que los poderes públicos hayan ejercido el correcto seguimiento y advertido seriamente a Sara la prohibición de ser madre y de vivir la experiencia a lo largo de su vida.Hace pocos años, aún estaba en vigor el juramento hipocrático para los médicos, pero años después, los legisladores lo declararon obsoleto. Al galeno que practicaba un aborto se le metía en la cárcel y se le invalidaba el título no pudiendo ejercer la medicina. Hoy, ya sabemos que es lo contrario y hasta se hace la vista gorda cuando no se respetan los supuestos legales, siendo más del 90% los ilegales que a diario se practican en nuestro país y un gran porcentaje de ellos en edades pediátricas.Es decir, que a Sara no le pusieron ningún tratamiento anticonceptivo apropiado (implantes, DIUs) para garantizar su infertilidad ni se le practicó la esterilización, que si bien nos puede parecer una barbaridad, más barbaridad es la historia que está viviendo cuando le han arrebatado a su hija, por la que tanto luchó desde que repetidas veces le ofertaron abortar los trabajadores sociales responsables de su seguimiento. Se negó a abortar porque sus principios y creencias no podían aceptarlo y continuó su embarazo junto a su pareja, de la que jamás se separó, viviendo de caridades y durmiendo muchas veces a la intemperie en algún pinar de El Puerto de Santa María (la convivencia con la familiar que cobra su pensión no es posible, no vive con ella y no le administra el dinero, se lo queda). Los responsables de nuestra Administración, a sabiendas que se trataba de un embarazo de alto riesgo, no se inmutaron durante los tres últimos meses de su gestación ni les preocupó la vida del menor, tal vez porque en nuestra legislación el menor no es tal hasta 24 horas después de nacer (en China lo es desde el momento de su concepción y cumplen su primer año de vida a los tres meses de nacer). Al igual que se dio una orden judicial a todos los hospitales próximos para estar alerta cuando ingresara para el parto, debieran haber hecho uso de las Fuerzas de Seguridad del Estado para haberla localizado y de los medios sociales para atenderla en lo básico, proporcionándole luz, agua y el apoyo psicológico necesario con las garantías suficientes para evitar el drama que se produjo en la habitación 416 de la maternidad donde estaba hospitalizada, más propio de una película pinochetista.Estos pensamientos no deben poner en duda la cuestión básica: esa niña a la que sus padres han puesto por nombre Esmeralda y cuyo certificado de nacimiento se le entregó al padre, como es costumbre en las maternidades, para inscribirla en el Registro Civil, que supongo se habrá hecho, no podrá sobrevivir solo con el cariño maternal y darle de comer de la teta cuestión que se ha vendido y publicitado como “el mejor alimento para en bebé” por todos los Servicios Materno-Infantiles del mundo. Los expertos han determinado que el grado de discapacidad psíquica y económica de la pareja no garantiza la supervivencia y el bienestar de quien a duras penas se libró de ser abortada por la propia Administración y hasta ahí estamos de acuerdo, incluso que la priven de su lactancia materna. Pero estos padres no han delinquido y deben ser tratados con el respeto y la consideración que se merecen y si se les considera incapacitados psíquicos, no se puede tolerar que policías y trabajadores sociales hagan salir a todos de la habitación donde estaba hospitalizada para que el empleado público le leyese la orden judicial y se la pasara a la firma, mientras se le administraba sangre por la anemia aguda que padecía. Esta forma debería invalidar el procedimiento (tampoco debería tener Sara capacidad para firmar, debiera haberlo hecho quien cobra su pensión y se la embolsa).Sara, lo sentimos y sin conocerte, te apoyamos. Si hubieses sido gitana o inmigrante y los tuyos te hubiesen arropado, es posible que nada de esto te hubiese ocurrido, pero no fue posible remediarlo. Esperamos que pronto, cuanto antes, algún juez justo pueda decidir quién te ayudará de la mejor manera para que, sin perder a tu hija, puedas gozar de ser madre al tiempo que garantizar su bienestar y su futura educación. Si es así, seguro que sabrá agradecerte que lucharas por su vida como lo has hecho. Y a los trabajadores sociales, junto con los profesionales de la salud, les advertiría planificar mejor su sexualidad hasta la menopausia para que no se vuelva a repetir la misma historia.

Fuente: Diario de Cadiz

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¿Diligencia o discriminación?

Foro de Vida Independiente. Nada sobre nosotros, sin nosotros

La Junta de Andalucía retira con urgencia la tutela de su hija a unos padres con diversidad funcional intelectual.

Según recoge la prensa, Sara y David son dos padres con diversidad funcional (discapacidad) intelectual a los que de forma cautelar la Junta de Andalucía ha resuelto retirar la patria potestad de su hija Esmeralda, cuarenta y ocho horas después de su nacimiento. Días atrás, una trabajadora social acompañada por dos policías, se presentó en el hospital Puerta del Mar, de Cádiz, e hizo que una enfermera sacara a la recién nacida de la habitación para que supuestamente la viera un pediatra. Cuando el padre de la niña se dio cuenta de lo que estaba sucediendo intentó evitarlo pero fue reducido por los policías.

En el Foro de Vida Independiente se cuestionan si la urgencia de los servicios sociales para privar de la tutela a unos padres es la misma en todos los casos de desestructuració n familiar o se ha aplicado aisladamente en este caso, con lo cual estaríamos ante una violación de derechos de una madre con discapacidad, a la que se habría causado un daño moral imposible de justificar.
El Foro de Vida Independiente pide a la Fiscalía que abra una investigación para determinar las responsabilidades a que haya lugar.
Parece ser que los padres no están incapacitados judicialmente y que en la retirada de la recién nacida no se les mostró orden judicial ni explicación alguna.
Para el Foro de Vida Independiente esta actuación podría vulnerar muchos de los artículos de la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad -en vigor en España desde el pasado 3 de mayo y de obligado cumplimiento- especialmente el artículo 23 que garantiza el derecho de las personas con diversidad funcional a formar una familia y a que las administraciones públicas aporten los recursos necesarios para que así sea. Esta pareja necesita apoyos para poder ejercer plenamente su derecho a ser padres, que se podrían concretar en un piso tutelado con las debidas condiciones de habitabilidad que garanticen al mismo tiempo los derechos de la niña.
Finalmente, el Foro Vida Independiente solicita a la administració n andaluza una explicación transparente y convincente que pueda, en todo caso, justificar los lamentables hechos sucedidos.

FORO DE VIDA INDEPENDIENTE

DERECHOS HUMANOS ¡YA!

15 de enero de 2009

“NADA SOBRE NOSOTROS SIN NOSOTROS”

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http://www.derechoshumanosya.org/
foro.vida.independiente@gmail.com

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El CERMI condena la actuación de los servicios sociales de la Junta de Andalucía

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Tras retirar la custodia de una recién nacida a una pareja de jóvenes con discapacidad

El CERMI condena la actuación de los servicios sociales de la Junta de Andalucía

Pide que se reestablezca de inmediato la situación, fijando los apoyos necesarios para garantizar las condiciones adecuadas y dignas para la niña y sus padres

(Madrid, 14 de enero de 2009).-

El Comité Español De Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) expresa su rotunda y firme condena por la actuación de los servicios sociales de la Junta de Andalucía, ante la retirada de la custodia de una niña recién nacida a una pareja de jóvenes con discapacidad intelectual.

El CERMI califica de aberrante y discriminatoria la actuación de los servicios sociales aludiendo a su falta de recursos económicos y limitaciones para el cuidado de su bebé.

Los hechos sucedieron en el Hospital Puerta del Mar de San Fernando (Cádiz), en donde sólo con 48 horas de vida, la niña pasó de los brazos de sus padres al Centro de Protección de San Carlos de Chipiona, dando cumplimiento a una resolución de la Junta que ha suspendido cautelarmente la patria potestad de los progenitores y ha asumido temporalmente la tutela. De no mediar una actuación inmediata y urgente, en breve se iniciarían los trámites para su adopción.

Así, el CERMI reclama que las personas con discapacidad tienen derecho a ser padres y madres y a que la discapacidad no sea en modo alguno motivo que impida el ejercicio de este derecho fundamental, tal y como se reconoce en el artículo 23 de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que España ha ratificado con la mayor celeridad recientemente.

En dicho artículo, además, se urge a los Estados Partes a adoptar las medidas efectivas y pertinentes para poner fin a la discriminación que siguen sufriendo las personas con discapacidad en todas estas cuestiones y a que se ofrezcan los medios necesarios para ejercer estos derechos.

Haciendo valer la ratificación por España de este instrumento, el CERMI cree que la provisión de servicios de apoyo adecuados a esta pareja es la actuación que se hubiera tenido que dar desde la Administración Pública, respetando y haciendo valer un derecho, el de ser padre o madre, que está por encima de cualquier condicionamiento impuesto por la discapacidad.

En este sentido, el CERMI solicita al restablecimiento inmediato y adecuado de la situación, devolviendo de inmediato esta niña a su madre y fijando los apoyos necesarios para garantizar las condiciones adecuadas y dignas para la niña y sus padres.

El CERMI es la plataforma de representación y encuentro de las personas con discapacidad que aglutina a más de 4.000 asociaciones y entidades, que representan en su conjunto a los casi cuatro millones de personas con discapacidad que hay en España. Su objetivo es conseguir el reconocimiento de los derechos y la plena ciudadanía en igualdad de oportunidades de este colectivo.

Carta de Ana Peláez dirigida a Micaela Navarro instándola a que adopte medidas urgentes en favor de esta familia. Descargar