En defensa del asesor financiero independiente

La llegada de MiFID II en 2018 debiera poner en evidencia las grandes ventajas de no ser dependiente

En defensa del asesor financiero independienteComo una de las poquísimas entidades en España (se pueden contar con los dedos de una mano) que desde su autorización por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el año 2010 decidimos operar en un modelo puro y exclusivo de cobro directo al cliente, nos encontramos en una situación privilegiada para entender las previsibles consecuencias de los cambios que se avecinan con la entrada en vigor de una nueva normativa europea, MiFID II. Esta directiva, de obligada trasposición a la normativa española por parte de la CNMV en poco más de un año, puede tener un fuerte impacto en el sector de la gestión de activos.

Quizás el principal cambio (aunque no el único desde luego) es el que afecta a la forma de hacer negocio, algo absolutamente clave en cualquier sector. En el momento presente más del 99% del sector por volumen opera en un modelo de negocio que en nuestra opinión no es adecuado para la protección del ahorrador o inversor. Precisamente por ello MiFID II busca que se produzca un cambio. Para cualquier persona que no se encuentre directamente involucrada en este sector tan especializado todo esto le sonará a chino pero es de vital importancia para la salud financiera de muchos españoles. Por ello voy a intentar explicarles en un párrafo de qué estamos hablando.

 

En el modelo actual se produce esta extraña y perniciosa situación análoga a lo que sería que un médico o farmacéutico por ejemplo le recetara aquellos medicamentos que mayor margen/ingresos le proporcionaran independientemente de si son idóneos para usted. Si bien esto se permite en muchos sectores donde el daño no se considera crítico, en aquello que afecta a la salud y el dinero debiera estar prohibido. En el sector médico se ha avanzado mucho pero en el sector financiero no. De ahí se derivan, en parte, las devastadoras consecuencias de crisis como la del año 2008. La nueva normativa viene para intentar repararlo.

Así, actualmente la experiencia casi segura si usted como ahorrador o inversor se acerca a cualquier entidad financiera regulada (las únicas que pueden asesorar) es la de que le vendan productos financieros que dejen a dicha entidad el máximo margen posible a la misma, lógicamente dentro de su perfil de riesgo y situación personal. En esto último afortunadamente hemos avanzado algo y ya es difícil, aunque no totalmente improbable, que por ejemplo se vendan productos financieros de alto riesgo a una viejecita o a una persona poco formada y de perfil conservador. Este margen elevado máximo, dinero contante y sonante, por supuesto sale de su bolsillo aunque usted habitualmente no lo vea de forma explícita.

Este modelo de operar está condenado a etiquetarse bajo la nueva normativa que viene como dependiente. A pesar de lo “feote” del término en estos momentos la información de la que dispongo y que circula por el sector es que la práctica totalidad de las entidades optará por este modelo. Grandes estructuras y negocios heredados difíciles de cambiar estarían detrás del mantenimiento de las formas de hacer negocio.

La etiqueta de independiente quedará reservada para unos pocos cuyo modelo será cobrar una cantidad de forma directa por sus servicios profesionales de forma exclusiva. Lógicamente, en el mejor interés de estas entidades estará recomendarle aquellos productos financieros y composición de cartera más eficientes en coste y calidad. La lógica y la experiencia real nos revelan que la mejora de rendimiento para un mismo perfil de riesgo y situación personal es segura y puede llegar a alcanzar del orden del 3%-4% anual, lo que para un plazo suficientemente largo puede representar cantidades ingentes de dinero.

Otra de las derivadas de la nueva normativa será que parar realizar recomendaciones no bastará como hasta ahora con un “el valor se le supone al guerrero” sino que habrá que demostrar que se está cualificado y que se han analizado en profundidad y detalle los productos financieros. Así, en el mundo de la recomendación de los fondos de inversión, habrá que demostrar que se han analizado con la diligencia debida los mismos. Ya no bastará con análisis someros y guiarse por aquel que me deja mayores comisiones o ingresos (criterio principal de muchas entidades en el presente modelo dependiente) sino que habrá que demostrar que se han analizado y que en principio y genuinamente son lo mejor para el cliente. A pesar de las lógicas resistencias del sector al cambio que debiera marcar la nueva norma este es el camino a seguir en última instancia.

Reducirá los ingresos del sector por cliente (proporcionalmente aumentando los rendimientos de este) pero potencialmente aumentará los volúmenes así como el nivel de satisfacción de los ahorradores. La tecnología permitirá también una fuerte reducción de costes. Los ahorradores e inversores españoles tienen un bajísimo nivel de conocimientos y cultural financiero como corresponde a un país que ha entrado en la modernidad y el desarrollo relativamente hace poco. Por ello, este es un país que necesita especial protección.

 

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