La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sometido a consulta pública una propuesta de Guía Técnica dirigida a las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (SGIIC) y a las sicav autogestionadas que pretendan incluir en el folleto la designación de un asesor de inversión externa que no se encuentre entre las entidades o personas habilitadas conforme a la LMV para realizar de modo habitual o profesional actividades de asesoramiento sobre inversiones.
El plazo para el envío de comentarios por parte de los interesados finaliza el próximo 14 de octubre de 2020.
Tal y como explican desde el organismo, la legislación establece que el folleto de las IIC debe contener “información sobre las sociedades de asesoría, incluidos los asesores de inversión externa, que actuarán siempre bajo contrato”. El problema es que las gestoras han venido incluyendo en los folletos de las IIC tanto entidades o personas habilitadas para prestar el servicio de asesoramiento en materia de inversión como a entidades o personas no habilitadas.
La CNMV ha permitido que las SGIIC puedan recibir asesoramiento por parte de asesores no habilitados “siempre y cuando realizaran la actividad de forma puntual, exclusiva y no profesional”, exponen, dejando claro a las gestoras que ellas “mantienen en todo caso la responsabilidad por el seguimiento en su caso de las recomendaciones de las entidades que les asesoren”.
Ahora, la CNMV se ha visto obligada a establecer un coto tras el auge en los últimos años del “número de asesores no habilitados en particular en fondos, compartimentos de fondos y sicav”. En su opinión, esto hace aconsejable que se establezcan y difundan públicamente algunos criterios a tener en cuenta, tanto en relación con los asesores no habilitados como con las sociedades gestoras acerca de las actuaciones previas y los controles posteriores que han de realizar sobre el desarrollo de su función por parte de los asesores.
Requisitos para la designación del asesor
La selección del asesor debe basarse en un análisis previo en el que quede acreditada su honorabilidad, cualificación, capacidad y suficiencia de medios para desarrollar su actividad asesora, así como que ésta va a prestarse de forma exclusiva y no profesional, explica el supervisor.
Asimismo, los asesores no habilitados únicamente podrán realizar la actividad de forma exclusiva y no profesional; a estos efectos, la gestora o sicav autogestionada deberá asegurarse de que el asesoramiento se preste a una única IIC o a varias cuya filosofía sea similar; que el asesoramiento sea una actividad secundaria para el asesor; y que le sea permitida realizar esta actividad en su código deontológico.
La gestora deberá establecer mecanismos con el fin de evitar los conflictos de interés derivados de la actuación del asesor, de manera que se garantice su actuación independiente. Las unidades de control deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que las recomendaciones del asesor no habilitado cumplen con la normativa vigente, con la política definida en el folleto y con los límites de riesgos establecidos, advierten. Así como conservar la acreditación documental de todas las recomendaciones recibidas del asesor no registrado, tanto de las tramitadas como de las rechazadas o modificadas.
Para facilitar y simplificar la tramitación de los expedientes, la CNMV pone a disposición de los interesados en su página web guías que detallan la información y documentos que se deben aportar al solicitar la inscripción de un asesor de inversiones de IIC, incluyendo modelos normalizados con instrucciones para su cumplimentación y con referencias a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a cada caso.
Aquí puede consultar el contenido completo de la Guía Técnica.
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