Durante la Edad Media la administración municipal estuvo basada en la estructura del concejo. El concejo se caracterizaba por la reunión conjunta de los vecinos en la toma de las decisiones para los distintos ámbitos que aconteciesen al a vida municipal, abarcando tanto temas administrativos, judiciales como económicos.
No obstante estaba regido por unas determinadas normas siendo en el reino de Aragón presidido por la figura del zalmedina. Esta forma administrativa surgida a mediados de la etapa medieval, siglo X, perdurará en el tiempo adentrándose en la modernidad, donde comenzará su progresiva descomposición, siendo sustituido por nuevas formas administrativas más complejas.
Tras la desaparición del concejo medieval se instituyeron asambleas cerradas de diverso nombre debido a la diversidad foral e institucional de la Corona (universidad, consell general o particular…)
Aunque la forma en que eran organizadas variaban de una ciudad a otra, lo normal era encontrar una combinación de las asambleas generales –el llamado Concello en Zaragoza, Consell General en Valencia o Consell de Cent en Barcelona – y asambleas particulares mucho más reducidas –Capitol y Concello de Zaragoza, el Consell de Trentennari en Barcelona o los Consells Secrets o Particular de Valencia– que fueron adquiriendo mayor peso con el paso del tiempo en detrimento de las generales.
Estaban compuestas por un número variado de oficiales (jurados, consejeros…), divididos en grupos según su extracción social, siendo su diferencia entre la mano mayor y la mano menor. La mayor hacía referencia a los que habían mantenido cargos municipales, mientras que la menor se encontraba compuesta por oficiales procedentes de estratos sociales de nivel medio.
Algo que característico de la administración municipal en la Corona de Aragón es que va a estaba marcada por el sistema de acceso a las instituciones de gobierno local y sus implicaciones sociales y políticas.