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05. La primera creación del obispado de Orihuela

  1. La erección de la villa de Orihuela en ciudad y los enfrentamientos previos a la erección del Obispado.

A principios de 1437, los ediles oriolanos nombraron a tres nuevos síndicos, más dotados que monseñor Monsoriu para intentar conseguir los tres objetivos principales: la absolución del dilatadísimo entredicho, la confirmación del vicariato, y la erección del obispado. A Francisco Desprats lo enviaron a la corte del citado lugarteniente general del Reino de Valencia. Y al vicario Despuig y a Jimeno Pérez les dieron orden de viajar a la Curia pontificia.

No obstante, los logros más importantes de estas embajadas los propiciaron estos dos últimos. A comienzos de julio alcanzaron a Alfonso el Magnánimo en Capua, mientras viajaba en dirección a Gaeta, le presentaron sus cartas credenciales, y le elevaron una serie de suplicaciones. Entre ellas, le rogaron que erigiese la villa de Orihuela en ciudad, condición sin la cual una población no podía aspirar a convertirse en cabeza de una diócesis.

Despuig y Pérez le hablaron del creciente desarrollo económico y social que venía gozando la villa desde hacía muchos años, gracias al auge de las actividades mercantiles e industriales, a su pujante sector horto-agrícola, y a su destacable renacimiento urbano. Además, le recordaron con especial énfasis los servicios prestados y la fidelidad mostrada siempre por la villa a la Corona de Aragón en los momentos más delicados, como, por ejemplo, durante la Guerra de los dos Pedros. Y argumentaron que de la erección en ciudad de Orihuela se derivarían múltiples beneficios y ventajas de diversa índole (política, económica, social, religiosa).

Y Alfonso V, teniendo en cuenta todos estos factores, y también la situación estratégica de la citada población con respecto al Reino de Murcia-Corona de Castilla, y al Reino de Granada, el 8 de julio, mandó redactar un borrador o una minuta del que sería el privilegio de ciudad de Orihuela1.

Además, el día siguiente, ante la exposición de los dos embajadores, el monarca aún tuvo tiempo para despachar cuatro cédulas reales. En la primera, mandó a los recolectores de rentas eclesiásticas de los lugares de la Bailía que dedicasen cierta cantidad de florines de oro de Aragón durante los siguientes diez años a la reparación del palacio episcopal, señalando como depositario de tal dinero al propio pavorde Despuig2.

En la segunda, ordenó a los eclesiásticos de la Gobernación que tomasen posesión de sus cargos y beneficios ante el vicario general de Orihuela, y no ante el obispo, para proveer un mayor beneficio pastoral de los feligreses, y para fomentar el mantenimiento del título de ‘vicario general’3.

En la tercera, le instó al propio Despuig a mantener su rango jerárquico de vicario general, frente a la oposición del obispado cartaginense, para atender mejor de esta forma los asuntos espirituales de sus fieles, evitando, en consecuencia, que éstos tuviesen que ir a resolverlos fuera del reino de Valencia4.

Y en la última, mandó a todas las poblaciones de la gobernación que contribuyesen en los gastos del pleito del vicariato5.

No obstante, el privilegio de erección de la villa en ciudad no fue expedido hasta el 11 de septiembre de ese mismo año 1437, en Gaeta6. Junto a las representaciones de Despuig y Pérez, también tuvo un gran peso específico la intervención de Guillermo de Vico, camarero y consejero real.

En el documento, Alfonso V se comprometió a procurar ante Eugenio IV o ante el Concilio de Basilea la creación de una sede episcopal e iglesia catedral en la ciudad de Orihuela, presidida por un obispo propio e independiente.

No obstante, las gestiones de Despuig y Pérez no conllevaron más logros. En Roma todo estaba decidido. Las tres comisiones apostólicas habían dictaminado en contra de Orihuela, y la expedición de los ejecutoriales había dejado bien claro que la vía pontificia estaba agotada. Además, la cancelación del crédito prometido al obispo de Gerona impidió la posibilidad de obtener de Eugenio IV cualquier documento favorable.

Por ello, a finales de año, ambos emprendieron el camino de vuelta a Orihuela por tierra, ciudad a la que llegaron, vía Valencia, los primeros días de enero, «cansadíssimos de tan largo viage» y «algo desabridos por no traer el negocio del Vicariato»7. Si hacemos un balance de su embajada, el vicario y el jurista lograron la promesa real del obispado, y la orden de desobedecer las disposiciones episcopales y pontificias, manteniendo indemne el oficio de vicario general foráneo, según su constitución original, establecida el 1 de mayo de 1430 por el legado pontificio a instancias de Martín V. No eran soluciones muy favorables, pero se trataba de lo único que se había podido conseguir en tan negativa coyuntura. Desde luego, el entredicho seguía vigente, y así habría de seguir durante algún tiempo, pues la desobediencia citada, desde luego, no iba a permitir negociar su alzamiento. Quedaba, pues, a los oriolanos la esperanza de que el monarca Magnánimo cumpliese su promesa.

Cuando Despuig y Pérez llegaron a la ciudad del Bajo Segura, dieron cuenta de su embajada ante el Consell. Les relataron la presentación en Capua, cuando obtuvieron las provisiones reales, y la comparecencia en Gaeta, con la entrega del privilegio de erección en ciudad. Además, Jimeno Pérez les comentó la voluntad del rey de que Orihuela fuese silla episcopal, y que para tal efecto llevaba cartas de recomendación para los principales eclesiásticos del Concilio de Basilea8.

Por ello, los consellers decidieron nombrar a Pérez síndico de la ciudad, y le encargaron la representación oriolana en la reunión conciliar. Le entregaron 100 florines para que pudiese sufragar los gastos del viaje y de la estancia en la ciudad suiza, y le proporcionaron cartas de favor para los maestres de Santiago y Alcántara y un instrumento con un buen número de instrucciones9.

Por separado, los ediles también escribieron a Juan Mercader, a fin de que intercediese ante el rey de Navarra para que éste, a su vez, lo hiciese con los padres de la asamblea.

También enviaron el obispo y el cabildo cartaginenses su propia embajada a Basilea, con la doble intención de contrapesar cualquier intento oriolano, y de presentar las sentencias de revocación del vicariato general foráneo, con el propósito de que los asistentes al Concilio las confirmasen y tuviesen pleno vigor.

No obstante, no hallaron allá oposición por parte de la ciudad del Bajo Segura. ¿Por qué? Sencillamente, porque Jimeno no llegó a Basilea. Estando en Perpiñán, a la espera de compañía para cruzar Francia, el síndico se enteró de que Eugenio IV había convocado un Concilio en Ferrara. Por ello, y para no perder tiempo, decidió emprender a solas el camino, y entre Montpellier y Avignon fue asaltado por un grupo de hombres armados, que le dejaron sin dinero, y le quitaron uno de los dos caballos que llevaba, «y no del otro porque por lástima le dejaron el más ruin»10. Tras haber salvado milagrosamente la vida, regresó a Barcelona, desde donde escribió a las autoridades oriolanas pidiéndoles otros 100 florines para reiniciar el viaje. Sin embargo, recelosos de las excusas del jurista, los munícipes se negaron a enviarle el dinero y la representación de Orihuela en el Concilio quedó temporalmente desierta.

Por otra parte, durante ese mismo año 1438, Jaime Despuig, obedeciendo los mandatos reales, ejerció en la capital de la Gobernación el oficio de vicario general, ayudado por su teniente, el canónigo Francisco Desprats, y visitó otras villas de la referida demarcación territorial como Ayora o Caudete, sin que le fuese hecha contradicción alguna. Además, haciendo uso de su autoridad impidió a dos extranjeros -murcianos- que accediesen a la posesión de sendos beneficios en las iglesias de la ciudad de Orihuela11.

A principios de 1439, el obispo de Cartagena envió a predicar a Elche a un cartujo del monasterio de Portaceli, llamado fr. Martín Cabañas, que gozaba de un gran prestigio como orador. Y tales afirmaciones lanzó desde el púlpito contra el vicariato, que llegaron a oídos de las autoridades de Orihuela, y cuando pasó por esta población, de regreso a Murcia, fue prendido. Y tras aherrojarlo, lo enviaron al citado establecimiento monástico, pese a que intercedieron en su favor vanamente personajes tan destacados como el propio Adelantado castellano. Sin embargo, las gestiones de este último sí tuvieron el resultado apetecido cuando el reo llegó a Játiva, pues logró que su gobernador lo liberara, originando así grandes quejas por parte de los munícipes oriolanos12.

Por otra parte, en Orihuela, la necesidad de que fuese administrado el sacramento de la confirmación seguía creciendo. Por ello, apiadándose quizá, el obispo Bedán sugirió al Consell, en un extraño gesto de buena voluntad o de responsabilidad pastoral, el envío a la ciudad de un obispo de anillo que residía en Murcia, y que era un hombre de gran ciencia. Y los munícipes, aun desconfiando de la propuesta de su mitrado, por si se trataba de una nueva artimaña, la aceptaron, no sin advertir que le pagarían sus servicios al obispo in pártibus infidélium tras comprobar que sus actuaciones no sobrepasaran el plano exclusivamente sacramental13.

Probablemente el piadoso gesto de Bedán no fuese más que una maniobra dilatoria, porque poco tiempo después se presentaron en Orihuela procuradores episcopales con una asombrosa provisión arrancada a Alfonso V en Gaeta el 19 de enero de ese mismo año -1439-, en la que mandaba al rey de Navarra, y a todos sus oficiales reales, señalando de modo especial al gobernador Maza, que en la Gobernación ultra Sexonam todas las poblaciones de la diócesis cartaginense prestaran de nuevo obediencia a su legítimo obispo, y que le pagaran, además, todos los diezmos que le correspondiesen, pese a cualquier orden contraria que hubiese expedido con anterioridad, y señalando una pena de 3.000 florines para los infractores o rebeldes. La única y casi irrisoria condición que impuso en favor de sus súbditos fue que el mitrado habría de nombrar en Orihuela un vicario regnícola, que tendría jurisdicción sobre las causas que se les presentasen a los moradores de la parte de la diócesis perteneciente al Reino de Valencia.

La provisión real era a todas luces una regresión. Amén de atentar contra las concesiones del privilegio del vicariato, devolvía la obediencia al obispo, en perjuicio del vicario general foráneo, y éste perdía así esta precisa condición, es decir, su independencia jurisdiccional de los castellanos, y volvía a depender en último recurso de las disposiciones del obispo de Cartagena. Con esta medida, que seguramente resultó increíble, además de inaceptable, para las mentes de los oriolanos, el monarca aragonés, lejos de proveer la definitiva y prometida separación de Cartagena-Murcia, lo que hizo fue echar abajo el máximo logro obtenido por sus súbditos tras un buen cúmulo de años de negociaciones y después de haber tenido que afrontar gastos casi insoportables. La presentación del proyecto murciano engañó a Alfonso V.

Pero no fue éste el único documento que presentaron los procuradores del obispo. Se habían movido con inusitada rapidez, e incluso habían conseguido otras dos provisiones ejecutorias, una del rey de Navarra, lugarteniente general del Reino de Valencia, y otra de Juan II de Castilla.

Y por último, mostraron un buleto revocando de su cargo a D. Jaime Despuig, y nombrando como nuevo vicario a Guillén Pérez, doctor en leyes y sacristán de Orihuela, atentando también de esta forma contra el privilegio del vicariato, que establecía que el citado oficio había de recaer vitaliciamente en la persona del pavorde de la Colegiata del Salvador.

Con suma urgencia, el Consell se reunió y tuvo que acordar obedecer las órdenes de Alfonso V y del rey de Navarra, por el respeto que les debían como señores naturales. No obstante, se aferraron al perjuicio causado al antiguo vicario Despuig para aplazar la comunicación de su decisión definitiva.

La demora de la contestación les permitió a los munícipes ganar el tiempo necesario para idear un plan que pudiese ofrecer alguna solución a tan delicada coyuntura. Y se les ocurrió consultar a dos afamados letrados valencianos apellidados Belluga y Tallada, quienes hallaron el resquicio legal y moral para que los citados consellers pudiesen contrariar las intenciones de los procuradores murcianos sin causar menoscabo alguno a la entereza y la plenitud de la soberanía regia.

Siguiendo los consejos de los juristas, los ediles contestaron a los murcianos que había pasado mucho tiempo desde que fue impetrado el privilegio del vicariato, y que, probablemente, Alfonso V había actuado en contra de su contenido por haberlo olvidado. Y les dijeron que antes de aceptar las provisiones aludidas, habían de consultarlas directamente con el rey, de modo que si su voluntad fuese la escrita en ellas, no dudarían en cumplirla con toda la reverencia debida, e inmediatamente prestarían su obediencia al obispo cartaginense. Y de la misma manera se pronunciaron otras villas afectadas, como Caudete.

De esta manera, el Consell oriolano escribió una larga misiva al monarca, que seguía en Italia. En ella, le explicaron los motivos que tenían para negarse a obedecer ipso facto las órdenes reales. Además, le comentaron que recelaban de que los murcianos las hubiesen obtenido informándole parcialmente, y aprovechando que «per los molts y arduos affers, y per la longinquitat de temps» había olvidado el contenido de las letras institutoras del vicariato general foráneo. Y le pidieron licencia para darle cuenta de dicho tenor, y de los perjuicios que supondría la ejecución de los citados mandatos14.

Y tras enviar la carta, teniendo en consideración que el nombramiento episcopal del nuevo vicario no había sido legítimo, porque el prelado no tenía facultad para conferir tal cargo, el Consell advirtió al sacristán Pérez que no ejerciese el oficio de vicario, pues de hacerlo, el brazo secular procedería contra él. También tuvieron los munícipes que reprender a Ginés Bataller quien, por idéntica designación de D. Diego de Bedán, estaba actuando en Elche como vicario. Y en esta ocasión, los ilicitanos se pusieron de parte de los ediles oriolanos, renunciaron a su vicariato, y el Consell los instó a pagar su parte proporcional de las costas, según el mandamiento real dado en Capua el 8 de julio de 1437.

La única duda en la parte de la Gobernación la mostró el propio gobernador Maza, quien temiendo tener que pagar la multa de los 3.000 florines por incumplir las órdenes regias, mandó que fuesen liberados los frutos del obispo y el cabildo cartaginense. Sin embargo, el Consell se opuso de plano y trató de persuadirlo para que cambiase de opinión15.

  1. La primera creación del Obispado de Orihuela.

El año siguiente, 1440, todas estas cuestiones entre oriolanos y cartaginenses cambiaron de signo de un modo considerable.

A finales de 1439, Alfonso V expidió una nueva provisión ordenando al referido gobernador que defendiese al vicario; una orden contraria, por tanto, a la que presentaron al Consell de la ciudad del Bajo Segura y a la citada autoridad los procuradores del obispo Bedán.

Cuando ésta llegó a manos de los munícipes, de inmediato, se la presentaron a Maza. El gobernador se asombró de cuán confuso estaba siendo el curso del litigio, y calificó de subrepticios los dos mandatos regios obtenidos por el prelado. Entonces, convencido de que Alfonso V deseaba favorecer las aspiraciones episcopales oriolanas, ideó un plan y se lo propuso a la citada corporación municipal. Proyectó ir personalmente a Nápoles y a Roma a fin de conseguir la erección del obispado o, al menos, la institución perpetua del vicariato. Los ediles consideraron aceptable la proposición, la consultaron con el clero de la gobernación, y trataron de inmiscuir al resto de localidades de ella, para que todas contribuyesen en el costeamiento de la empresa. Avenidas todas, el Consell citó a Maza, y éste insistió en su oferta, solicitando para llevarla a cabo, aparte de los gastos del viaje y la estancia, 2.000 florines que, en el caso de que no lograse ninguno de los dos objetivos marcados, se comprometía a devolver en un plazo máximo de cuatro años, dejando como garantía, además, la aljama de Novelda.

Definitivamente, el plan fue aceptado, y justo cuando Maza estaba preparado para iniciar el trayecto, llegó a la ciudad del Bajo Segura un rumor que aseveraba que la Colegiata del Salvador había sido erecta en Catedral, que había sido designado como primer obispo de Orihuela D. Pedro Ruiz de Corella, hijo de D. Jimeno Pérez de Corella, conde de Cocentaina y gobernador de Valencia, y que, incluso, las bulas ya estaban en Valencia.

La llegada de tan impactante nueva convulsionó tanto la situación que D. Pedro Maza tuvo que aplazar temporalmente su misión para comprobar si realmente era cierta.

Y poco tiempo después, a finales de mayo, la noticia cobró mayores visos de veracidad cuando se personaron en Orihuela Luis de Cascases, escribano de mandamiento y secretario del rey, y Antonio del Miracle, procurador de Jimeno Pérez de Corella, portando dos cartas del Magnánimo, ambas fechadas en Gaeta el 28 de noviembre de 1439 y el 6 de febrero de 1440, las cuales presentaron al Consell.

Únicamente conocemos la primera16. En ella, el monarca les comunicó al justicia y los jurados de la ciudad del Bajo Segura que, tras las peticiones hechas por Despuig y Pérez el verano de 1437, escribió varias veces a Eugenio IV suplicándole que separase de la diócesis de Cartagena las poblaciones del Reino de Valencia ubicadas dentro de ella, inscribiéndolas dentro un nuevo obispado, con el fin de evitar todos los escándalos y las discordias que venían sucediéndose entre las ciudades de Orihuela y Murcia desde hacía mucho tiempo. Y les dijo que el santo padre le había respondido que en vida del prelado cartaginense no lo quería hacer, pero que «apres la sua mort ne seria estat content». Y acto seguido, les comentó que habiéndose enterado de que Bedán hacía poco que había muerto, había vuelto a escribirle al pontífice para solicitarle que «per amor y contemplacio» hacia su regia persona y para hacer desaparecer los referidos inconvenientes, crease el Obispado de Orihuela, nombrando como primer prelado a Pedro Ruiz de Corella, hijo del noble Jimeno Pérez de Corella, en quien recaería la administración de la nueva mitra «fins tant lo dit Pere Rois, que al present es de 15 anys, sia de major hedat». Y, por último, les señaló que confiaba en que Eugenio IV le haría la merced de crear el obispado y de nombrar al Corella, y que cuando recibiesen el mensaje, pusiesen todas las rentas pertenecientes al obispado de Cartagena en poder del procurador que se presentase en Orihuela, en nombre del citado administrador17.

Súbitamente, la carta del monarca debió impactar sobremanera a las autoridades de Orihuela. Era realmente sospechoso, por muy buenos que fuesen sus servicios de inteligencia, que Alfonso V hubiese conocido el fallecimiento del obispo Bedán antes que ellos, que estaban a unas cuantas leguas de distancia de Murcia, y que aún no tenían constancia de él.

No obstante, la decrepitud del obispo era un hecho conocido por todo el obispado, y tampoco podía extrañar que hubiese fallecido, y que los murcianos lo hubiesen ocultado con el propósito de ganar el tiempo necesario para conseguir que Eugenio IV designase a su sucesor al frente de la mitra, sin permitir la escisión del obispado.

De cualquier forma, antes de iniciar ningún tipo de investigación, los consellers respondieron que estaban dispuestos a obedecer las citadas cartas con la reverencia debida, y que de inmediato las pondrían en ejecución. Y le escribieron a Jimeno Pérez de Corella para participarle el gozo que sentían por la nominación de su hijo como primer obispo de Orihuela.

Asimismo, el 25 de mayo de ese mismo 1440, Luis de Cascases se presentó ante el gobernador Maza y le entregó otra carta real, dada el mismo día 6 de febrero en Gaeta. En ella, el monarca le informó que había suplicado a Eugenio IV la creación de un obispado «apartat», con sede en Orihuela, y cuya diócesis estuviese compuesta por las tierras del Reino de Valencia que estaban sujetas al obispado de Cartagena. Y que le había propuesto como primer prelado a Pedro Ruiz de Corella. E independientemente de que el mitrado Bedán estuviese muerto o no -al parecer ya se había desmentido el bulo del fallecimiento del prelado-, pues deseaba que la ciudad de Orihuela encabezase un obispado propio, le ordenó que, sin la menor dilación, pusiese en manos del padre del candidato, Jimeno Pérez de Corella, todas las rentas del obispado cartaginense, ofreciéndole «el favor e ajuda» que le fuese requerido18.

Así de confiado estaba el Magnánimo en conseguir la mitra para la población del Bajo Segura. De cualquier forma, la orden dada al gobernador no era tampoco excesivamente original: se trataba de un nuevo secuestro de las rentas episcopales de Cartagena. Y Maza ya estaba acostumbrado a confiscar dichos frutos. De esta manera, aceptó la orden regia, y se mostró dispuesto a auxiliar al gobernador de Valencia en la percepción de los emolumentos.

Por otra parte, por medio de D. Pedro Maza, el Consell oriolano concertó que el obispo de San Cebrián residiese en la ciudad del Bajo Segura durante un año, para que ejerciese en ella los oficios episcopales. Y aunque, en principio, hubo alguna dificultad con el vicario Despuig, el citado prelado acudió a efectuar la labor pactada a cambio de una asignación anual de 100 libras, que habría de abonar la mensa capitular del Salvador19.

Durante los meses de junio y julio de 1440, Antonio del Miracle -procurador de Jimeno Pérez de Corella- se encargó de la recaudación de las rentas asignadas al nuevo obispo electo de Orihuela. No obstante, halló algunas dificultades porque se puso en duda que un procurador pudiese hacer las veces del legítimo administrador de dichos frutos20.

En agosto, Alfonso el Magnánimo se convenció de que Eugenio IV no tenía ninguna intención de complacerle en sus solicitudes para con Orihuela, y decidió aprovechar la ocasión que le ofrecía la revuelta situación del Concilio de Basilea para demandar a los padres conciliares la creación del nuevo obispado. Con tal intención, les dirigió dos correos, despachados desde Gaeta el 8 de agosto y el 1 de septiembre. En ambos escritos, el monarca reconoció como legítima la continuación del concilio, por ser la genuina representación de la Iglesia universal, y les indicó las razones que tenía para pedir la dismembración de la diócesis de Cartagena. Aunque fueron leídos en la sesión celebrada el 29 de octubre de 1440, los eclesiásticos asistentes declinaron tomar decisión alguna al respecto21.

Asimismo, el 10 de agosto de ese mismo año, el rey le escribió desde Gaeta una nueva provisión al gobernador Maza, para instarle a ayudar al procurador de Pérez de Corella, Antoni del Miracle, en la recaudación de las rentas episcopales. Así, solucionó de un plumazo las dificultades surgidas en torno a este tema22.

Miracle se la presentó a Maza el 2 de octubre, y éste con la más humilde y subordinada reverencia, y se mostró dispuesto a cumplirla de inmediato. Y actuó de acuerdo con sus manifestaciones, puesto que durante dicho mes de octubre y el siguiente de noviembre, auxilió al mencionado procurador en la percepción de los frutos.

Nuevas disposiciones de Alfonso V y de su esposa Dª. María sirvieron para que las citadas rentas pasasen finalmente a manos de D. Jimeno Pérez de Corella23.

Cansado de esperar la respuesta a sus cartas, el Magnánimo insistió a los padres de Basilea para que decretasen la creación del obispado de Orihuela, con nuevos escritos remitidos los meses de marzo y abril de 144124. Pero el resultado fue el mismo que en anteriores ocasiones: no hubo respuesta alguna a sus peticiones.

No obstante, el monarca no desesperó. En nuestra opinión, era plenamente consciente de que, estando el concilio basiliense en abierta rebelión contra Eugenio IV, más pronto o más tarde, los padres intentarían complacerle, a fin de lograr su apoyo. Y así ocurrió. Sin embargo, los conciliares no se precipitaron, sino que, al contrario, la aprobación del despacho de las bulas de dismembración del obispado de Cartagena y de creación del de Orihuela fue objeto de dilatados debates y discusiones25.

El 18 de septiembre de ese mismo 1441, D. Jimeno Pérez de Corella se dirigió al justicia y los jurados de Orihuela para comentarles que tanto él como su hijo estaban esperando «de hora en hora» la llegada a Valencia de las bulas de la erección. Y que si su expedición estaba retrasándose era porque sabía que «els castellans fan tot lur esfors per a torbar aquest fet y tornarnos en subieccio»26.

Estas palabras del gobernador de Valencia nos llevan a pensar o a confirmar que la influencia de los castellanos y de sus reyes era realmente poderosa. Pérez de Corella atribuía la dilación del despacho a la actividad contradictora de los castellanos en el Concilio. No obstante, si tenemos en cuenta que en Basilea la representación de esta nación era muy escasa, dado que Juan II se había decantado claramente a favor de Eugenio IV, comprenderemos la magnitud del poder que desplegaba la citada corona.

De cualquier forma, la más abundante representación aragonesa contribuyó decisivamente en el éxito de la real propuesta, desnivelando la balanza en las deliberaciones27.

Los argumentos esgrimidos fueron diversos. Entre ellos, debemos destacar el que consideramos que tuvo un mayor peso específico a la hora de convencer a los conciliares: el grave peligro que suponían para los habitantes del Reino de Valencia los continuos desplazamientos a Murcia, dada la proximidad y el riesgo de los ataques sarracenos28.

Llegado el mes de diciembre de 1441, el antipapa Félix V accedió a la petición realizada por Alfonso el Magnánimo a los conciliares en forma «Reverendissimi Patres», y tras su aprobación, las bulas fueron redactadas según los modos de la cancillería pontificia, pero en nombre del Concilio. Una vez confeccionadas, surgió una nueva dificultad. Los encargados del sello se negaron a sellarlas, y dada la gravedad de la disposición, estimaron necesario realizar nuevas consultas a las diferentes comisiones29.

Finalmente, tras esta última dilación, los rescriptos fueron aprobados y expedidos durante los meses de enero o febrero de 144230. Y junto a la bula de separación de Cartagena y de creación del obispado de Orihuela, fue despachada la de nombramiento de D. Pedro Ruiz de Corella.

Desgraciadamente, no nos ha sido posible hallar estas bulas ni en el Archivo de la Catedral de Orihuela, ni en el Secreto Vaticano. Sin embargo, sí podemos afirmar que la nueva erección episcopal supuso para la referida iglesia del Salvador la concesión de todos los honores de la dignidad catedralicia, y también la conformación de la diócesis con todos los territorios pertenecientes al Reino de Valencia anteriormente adscritos a la sede cartaginense, la exención de sus feligreses de la jurisdicción del obispo y el cabildo de Cartagena, la asignación de todos los diezmos y rentas que hasta ese momento había recaudado la citada mitra en las tierras de la nueva unidad diocesana, la absolución de cualquier censura eclesiástica que pesase sobre los referidos fieles31 y, en fin, el cumplimiento de un sueño para la población de toda la Gobernación y, en especial, para la de Orihuela32.

Sí conocemos, en cambio, que el juez comisionado por el Concilio de Basilea ejecutó las bulas de la creación del obispado y del nombramiento de Pedro Ruiz de Corella en Valencia el 19 de abril del año siguiente -1443-33.

  1. La revocación de la creación del Obispado de Orihuela por Eugenio IV y las revisiones posteriores.

La felicidad no duró mucho para las gentes de la ciudad del Bajo Segura y la Gobernación del Reino de Valencia ultra Sexonam. Las irregularidades del Concilio de Basilea constituían un obstáculo, y no pequeño, para que la institución del obispado oriolano fuese perpetua, pero la decidida voluntad de Alfonso V les permitía creer en una futura legitimación pontificia.

No obstante, sabían que las principales complicaciones las habrían de hallar al otro lado de la frontera. Efectivamente, la reacción del anciano obispo Bedán y del cabildo cartaginense fue fulminante. Excomulgaron a todos los habitantes de la Gobernación, y enviaron una embajada urgente a Eugenio IV.

No les preocupó mucho a los clérigos oriolanos la primera de las medidas, puesto que las letras basilienses estaban blindadas de modo que ninguna censura eclesiástica procedente de la autoridad ordinaria pudiese impedir su vigencia, y, además, les daban poder suficiente para imponer las penas que estimasen convenientes contra quienes osaran perturbar la erección del obispado. Por ello, respondieron a los murcianos lanzándoles también un anatema general.

Sí debió inquietarles algo más la embajada enviada a Roma, pues el monarca castellano tenía un gran ascendiente sobre el pontífice.

Por otra parte, Alfonso V, que nunca se había llegado a comprometer con el antipapa Félix V, viendo que el Concilio de Basilea había perdido la disputa eclesiástica, intentó congraciarse con Eugenio IV34, y a mediados de junio de 1443 firmó con él la concordia de Terracina35. En ella, le suplicó que legitimase la erección de la Iglesia de Orihuela en Obispado, y que decretase la separación perpetua de la diócesis de Cartagena. Pero el pontífice no quiso proceder precipitadamente en el asunto, pues había que sopesar los complicados intereses políticos que conllevaba, y sin darle una respuesta rotundamente negativa, le remitió a una posterior resolución.

Llegados a este punto, el cariz de las relaciones mantenidas por ambos monarcas hispánicos con el santo padre se convirtió en el factor decisivo. Y la mayor influencia de Juan II de Castilla, junto con la ilegitimidad del Concilio de Basilea, y las directas negociaciones murcianas en la Santa Sede, propiciaron que muy poco tiempo después de la respuesta dilatoria dada al Magnánimo, Eugenio IV decretase la anulación de la erección mediante una bula expedida en San Pedro de Roma el 11 de octubre de ese mismo año 144336.

En el rescripto, el papa fundamentó la revocación en la falta de validez de las medidas decretadas por los reverendísimos padres «congregados» en el concilio basiliense. Y recalcó que los actos aprobados en sus sesiones no podían tener ningún vigor porque las dignidades participantes habían sido excomulgadas, inhabilitadas de sus cargos, privadas de sus oficios y beneficios, y declaradas cismáticas y heréticas.

De cualquier forma, la restitución de la Iglesia de Orihuela a la subordinación de la Sede Cartaginense no zanjó por completo la cuestión.

Por una parte, no pudo apagar los ardientes deseos independentistas de los habitantes de la parte de la diócesis perteneciente al Reino de Valencia. Y éstos tuvieron su manifestación principal sobre ella en el hecho de que el vicario general Jaime Despuig siguió ejerciendo su oficio, en claro detrimento de la autoridad episcopal, y sin tener en cuenta ninguna de las sentencias aprobadas por el propio Eugenio IV la década anterior.

Además, también quedaba por solucionar el problema de las rentas percibidas por el administrador del obispo electo, D. Jimeno Pérez de Corella, desde mediados de 1440. El gobernador de Valencia había sido uno de los más entusiastas e interesados patrocinadores del proyecto del obispado y, como tal, había dedicado buena parte de los ingresos recolectados en el mantenimiento de la causa. No obstante, también los invirtió en la educación de su hijo, el nominado Pedro Ruiz de Corella, y para otras causas pías.

De cualquier forma, tras firmar las paces Alfonso V y Eugenio IV, en 1444 el conde de Cocentaina se desplazó a Roma, decidido a regularizar su anormal situación. Y sus gestiones fructificaron el 29 de octubre, día en que consiguió la aprobación pontificia de una bula muy favorable a sus intereses. En ella, el pontífice promulgó la absolución de todas las censuras y penas lanzadas contra él y contra sus herederos con motivo del cobro de las rentas cartaginenses. Y como contraprestación, únicamente le impuso una condición: que fundase y erigiese una iglesia o un monasterio en el plazo de diez años, que comenzarían a contabilizarse a partir del 1 de mayo de 1445, y que le aplicase como dote la cantidad que considerase conveniente, contando, asimismo, con la aprobación y el consejo de dos religiosos que destacasen por su probidad. No le pidió, en cambio, como hubiese sido más correcto, que restituyese al obispo y el cabildo de Cartagena todos los frutos percibidos37.

Como antes hemos avanzado, los oriolanos no se contentaron con la anulación. Al contrario, más deseosos que nunca hasta entonces de librarse del yugo castellano, analizaron con detenimiento el tenor de la bula revocatoria, y hallaron un resquicio por el que enfocar nuevas reclamaciones. Teniendo en cuenta que en el rescripto, Eugenio IV únicamente aludió a una causa para sancionar la vuelta a la obediencia cartaginense, esto es, la ilegitimidad de la concesión de los padres conciliares, y no hizo referencia a ningún otro argumento que pudiese complicar o hacer inviable la erección episcopal, en 1445 las autoridades de la ciudad del Bajo Segura volvieron a solicitar a Alfonso V que elevara la súplica del obispado al sumo pontífice.

Y el Magnánimo, que no necesitaba de muchos estímulos para favorecer dichas reivindicaciones38, remitió al citado papa un nuevo ruego al respecto, al mismo tiempo que lo hacían en Roma la Iglesia y la ciudad de Orihuela, actuando de modo conjunto.

Poco después, el 1 de mayo, Eugenio IV, movido quizá por los alegatos expuestos en las súplicas, o por el hecho de que el monarca aragonés las auspiciara, decidió comisionar a D. Juan Juvenis, cardenal de San Lorenzo in Lucina, vulgarmente llamado Morinense, para que examinase con atención la cuestión de la separación y la erección del obispado de Orihuela, y le comunicase toda la información que lograse obtener, a fin de dar una solución definitiva a la gran polémica que el asunto había suscitado.

Además, decidió que ni el obispo ni el cabildo de Cartagena percibiesen las rentas que les habían pertenecido antes de la dismembración ilegítima del obispado oriolano, dentro de los límites del Reino de Valencia, hasta que la causa fuese sentenciada. Encargó a D. Jimeno Pérez de Corella que se ocupase de la recaudación y custodia de los frutos que se produjesen en dicho territorio desde ese mismo día primero de mayo en adelante. Y previendo que la nueva confiscación, pese a ser ordenada por la autoridad apostólica, le supondría al gobernador de Valencia un aluvión de censuras y penas eclesiásticas por parte de los citados clérigos murcianos, Eugenio IV le absolvió de antemano de todas ellas, de modo que no tuviesen sobre él ningún efecto espiritual.

Siguiendo las órdenes de Su Santidad, el cardenal Morinense inició su labor pesquisidora. Escuchó las alegaciones de los síndicos de ambas partes, analizó ciertos documentos presentados por los oriolanos, y recibió diferentes testimonios relacionados con el tema. Y después, le ofreció todos los datos recopilados al papa.

El 29 de octubre de ese mismo año, Eugenio IV le despachó una nueva bula al conde de Cocentaina, con la intención de ratificar su condición de colector, custodio y depositario de las rentas señaladas hasta la conclusión de la lite, y para reafirmar su absolución de todas las censuras en las que incurriese por cumplir con la comisión apostólica a él encomendada39.

Posteriormente, Martín de Vera, encargado de los negocios de Alfonso V en la Curia Romana, y el procurador oriolano Juan Tolver -que era maestro en Leyes-, le insistieron al cardenal Morinense que decretase el alzamiento del entredicho que pesaba sobre las localidades de la Gobernación ultra Sexonam, y que absolviese las demás penas eclesiásticas que habían sido impuestas sobre sus vecinos a lo largo de los últimos años de conflictos. Y Juvenis despachó unas letras citatorias dirigidas al obispo y el cabildo de Cartagena para comunicarles su intención de relajar dichas censuras.

De inmediato, los murcianos enviaron a la capital del orbe católico al maestro Alfonso de Paradinas40, quien compareció ante el juez y desdes su condición de síndico de los citados, realizó diferentes alegaciones en defensa de los derechos de su parte e interpuso un recurso contra las reclamaciones oriolanas. Asimismo, por orden de Juan II de Castilla, intervino en la cuestión su representante en Roma, D. Fernando de Luján, quien introdujo en la causa nuevos argumentos en favor de la Iglesia cartaginense, que fueron complementados con nuevos datos aportados por el mencionado Paradinas.

Pero Tolver no se descuidó un ápice y replicó con éxito a todos los alegatos opuestos por los castellanos. Y en ese momento, recibió el apoyo de D. Jaime de Aruhem quien, actuando en nombre de Alfonso V y de los habitantes de la Gobernación de Orihuela, le presentó al cardenal Morinense un nuevo conjunto de tesis favorables a los intereses de su parte.

Tampoco sirvieron de mucho estos últimos razonamientos, puesto que otro procurador murciano llamado Juan Pérez los contradijo, obligando a Tolver a ofrecer nuevas explicaciones.

Hastiado de tantos careos y dilaciones, el sumo pontífice se avocó la causa «proprio motu» y, a instancia del monarca aragonés y de los procuradores oriolanos, le ordenó al cardenal Morinense, de viva voz, que iniciase una nueva averiguación para estudiar la erección de la Colegiata del Salvador en Catedral, y la liberación de Orihuela y los lugares adyacentes de la sujeción al obispo de Cartagena; y que una vez la concluyese, le refiriese los resultados en el consistorio secreto. Además, el sucesor de San Pedro le mandó que, para beneficio de sus almas, absolviese de una vez a los laicos y los eclesiásticos de la Gobernación del Reino de Valencia ultra Sexonam que hubiesen sido afectados por cualquier censura, y que relajase el entredicho que seguía impuesto sobre las poblaciones de dicha unidad territorial. Y le advirtió que hiciese constar en las letras absolutorias, que tales medidas se harían, asimismo, extensivas a cualquier pena que el obispo o el cabildo cartaginenses pudiesen lanzar contra ellos, con motivo de la confiscación de las rentas que hasta ese momento les habían pertenecido dentro del mencionado reino.

Acatando la disposición pontificia, el cardenal mandó citar a Juan Tolver y a Alfonso de Paradinas para que asistiesen a la absolución de todas las censuras y penas eclesiásticas en las que el capítulo del Salvador, y todos los habitantes -tanto laicos como eclesiásticos- del distrito de Orihuela habían incurrido con motivo de la revocación del vicariato, del secuestro de las rentas cartaginenses, o por otras causas41.

Ofuscado por la disposición pontificia, el síndico cartaginense decidió no comparecer ante el juez. Y Tolver, plenamente consciente de que sus gestiones, por fin, habían fructificado, lo acusó de contumacia42, y le pidió a Juvenis que, sin más demoras, decretase la referida absolución.

Y el cardenal, considerando que la solicitud del procurador oriolano era justa y conforme a la razón, y que la Santa Madre Iglesia no podía negarle su indulgencia, reconoció la rebeldía del síndico murciano y, en su ausencia, promulgó en favor de los fieles de la diócesis de Cartagena que eran súbditos de la Corona de Aragón, la absolución de todas las censuras y penas que habían sido lanzadas contra ellos por cualquiera de los diferentes motivos apuntados.

Y el día 22 de diciembre de ese mismo año 1445 expidió unas letras dirigidas a todos los eclesiásticos de la referida diócesis cartaginense, en las que les notificó la novedad surgida en torno al pleito y, en virtud de la santa obediencia y bajo pena de excomunión, les conminó a que, después de que les fuesen presentadas, hiciesen pública la absolución en todas las iglesias, monasterios y capillas del obispado, durante la celebración de los divinos oficios43.

Como puede suponerse, el mandato apostólico no sentó nada bien en Murcia, por lo que, de inmediato, el obispo y el cabildo decidieron apelar de la sentencia en la Curia romana. Eugenio IV cometió la revisión del caso a un nuevo juez, el cardenal de San Marcelo -Nicolás de Acciapiaccio-, lo que les permitió albergar algunas esperanzas. Sin embargo, éstas se disiparon bien pronto. El recurso fue tan inútil como todos los anteriores porque la decisión pontificia ya había sido tomada, y era absolutamente firme. Por ello, sin dar prácticamente tiempo a que surgiesen nuevas controversias, el referido cardenal confirmó la absolución de las censuras, y entonces sí, a los clérigos murcianos que les quedó más remedio que ejecutarla, para no ofender la voluntad del santo padre, y no caer en el anatema señalado como pena contra los rebeldes… No obstante, lo hicieron de una manera tan poco clara que durante algún tiempo muchos de los habitantes de la Gobernación siguieron sin saber si habían sido «bien absueltos» o si, por el contrario, seguían estando excomulgados44.

Por otra parte, poco después de sufrir el revés del despacho de las letras absolutorias, aconteció un suceso que hizo temer al cabildo cartaginense que las reivindicaciones oriolanas fuesen a conseguir sus objetivos. D. Diego de Bedán, el ínclito obispo que tan poco pacíficamente había regido y administrado la diócesis durante la mayor parte de la primera mitad de la centuria, ya achacoso, enfermo y decrépito, se sintió sin fuerzas para seguir gobernando a sus fieles. Comprendiendo perfectamente su situación, Eugenio IV le buscó una salida honrosa y el 1 de abril de 1446 decidió trasladarlo a la diócesis titular de Cesarea (Kaisarije, Palestina)45. No obstante, no dejó vacante la iglesia cartaginense, sino que el mismo día nombró obispo al sobrino del propio Bedán, el arcediano de la citada Catedral, D. Diego de Comontes46.

Tras la designación del nuevo mitrado, el pastor universal volvió a cometer al cardenal Morinense para que se encargase de estudiar la cuestión de la dismembración del obispado de Cartagena y la erección del de Orihuela. Juvenis reasumió el negocio, y como primera medida le despachó a Comontes unas letras citatorias. Éste ordenó comparecer ante el juez al antiguo procurador de su tío, Alfonso de Paradinas, a quien también había tomado por síndico.

El maestro castellano se personó ante el cardenal y estuvo cierto tiempo exponiendo los argumentos defensivos de su parte. Cansado de esperar que Juvenis le ofreciese la solución correcta al problema, y convencido de que el asunto requería un estudio más profundo, Eugenio IV decidió cambiar de táctica y de juez…, y por medio de unas letras expedidas el 28 de noviembre de 1446, le cometió la causa a un canónigo de Mantua, llamado Antonio de Strozzi47.

En ellas, le manifestó que confiaba plenamente en que su buena industria coadyuvaría a la conclusión del dilatado pleito. Y le otorgó un plazo de cuatro meses para que viajase a la Península Ibérica y se personase en la diócesis de Cartagena, donde habría de realizar in situ las pesquisas. Asimismo, le indició que tendría que residir dos meses en la villa de Elche, a fin de recibir allí las argumentaciones y los testimonios orales y escritos de los súbditos de la Corona de Aragón. Y que una vez acabada esta primera fase de su misión, habría de desplazarse a Chinchilla, donde se ocuparía de recoger los alegatos y las defensas de los castellanos durante otros dos meses. No obstante, previendo la posibilidad de que alguna de las partes obstaculizase sus trabajos oponiendo apelaciones o reprobaciones, el santo padre le concedió, sólo en el caso de que se llegase a tal extremo, la facultad para imponer las censuras eclesiásticas oportunas, así como la opción de poder prorrogar su labor durante el tiempo que le fuese necesario dentro del límite de los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo inicialmente asignado.

La misión del canónigo Strozzi era, por tanto, meramente informativa. No había de tomar decisión alguna en primera instancia, sino que había de limitarse a remitir a la Santa Sede toda la información que le fuera posible reunir, manifestando únicamente su parecer sobre la fe que merecían los instrumentos recopilados. Asimismo, había de emplazar a la Curia romana a los litigantes, pues en sus tribunales se daría a conocer la sentencia definitiva.

Volviendo de nuevo nuestra atención a la diócesis de Cartagena, tras el nombramiento de Comontes, el nuevo mitrado halló la manera de sembrar cizaña en las tierras de la Gobernación y de vilipendiar, al mismo tiempo, al vicario general Despuig. Aprovechando el desconcierto reinante en dichos territorios tras la particular absolución pontificia de las censuras, les concedió a algunos clérigos oriolanos ciertas licencias para que pudiesen celebrar misas «en casas muy profanas», en claro perjuicio de las facultades que se arrogaba -ilegítimamente, en su opinión- el referido vicario. Despuig les reprendió que obedeciesen a Comontes, y como los eclesiásticos afectos a éste hicieron caso omiso a sus admoniciones, el pavorde del Salvador no halló más solución que recurrir al poder secular. De esta manera, compareció ante el Consell de Orihuela y rogó a sus miembros que procediesen «contra los delincuentes rigurosamente» pues de no hacerlo, se vería obligado a acudir al rey de Navarra o al propio Alfonso V. La corporación atendió las súplicas de la dignidad y ordenó al justicia, a los jurados y a algunos consellers de la ciudad que se encargasen de dar «la medicina y remedio que conviene a servicio de Dios y del Rey». Y, además, con el propósito de que a ningún vecino de la Gobernación le generase escrúpulo alguno el hecho de acatar los mandatos espirituales del vicario Despuig, el organismo municipal consultó a los juristas que tenía contratados en Valencia si la manera en que los murcianos habían ejecutado la absolución de las penas era correcta, y si tendrían que tomar alguna medida adicional «para consolación de las ánimas»48.

Por otra parte, ese mismo año 1446, aunque las autoridades de la ciudad del Bajo Segura habían diputado como síndico para conseguir la legitimación de la creación del Obispado a Pedro de Galbe, establecieron paralelamente un acuerdo con D. Jimeno Pérez de Corella mediante el cual, a cambio de 1.000 florines de oro -que cobraría el día de la toma de posesión de su hijo Pedro-, el conde de Cocentaina se comprometía a realizar los trámites y las diligencias convenientes para procurar el éxito del citado objetivo49.

  1. La confirmación de la anulación del Obispado decretada por Nicolás V.

El año siguiente, 1447, comenzó a nivel eclesiástico con una impactante necrológica. El 23 de febrero, poco antes de finalizar el decimosexto año de su pontificado, falleció en Florencia Eugenio IV. Ello paralizó todas las actividades de la Santa Sede durante un par de semanas, hasta que el 6 de marzo resultó elegido papa Tomaso Parentucelli, quien trece días después fue consagrado con el nombre de Nicolás V50.

¿Afectó este suceso a la cuestión del Obispado? En nuestra opinión, lo hizo de una manera muy directa. En este punto, hemos de recordar que la última medida adoptada por Eugenio IV en relación con ella, fue la comisión hecha al canónigo Strozzi para que viajase a la diócesis de Cartagena a fin de recabar in situ información suficiente para que el negocio pudiese ser sentenciado debidamente.

Aunque Mansilla escribe que «es de suponer que el comisario pontificio llevara a cabo su misión con la mayor fidelidad y prudencia posibles»51, no nos creemos capaces de poder compartir tal hipótesis puesto que, un tanto sospechosamente, no hemos hallado ningún indicio que la confirme o la desmienta.

Si tenemos en cuenta que el difunto papa encargó al canónigo mantuano la labor pesquisidora mediante una bula dada el 28 de noviembre de 1446, y que en ella le dio un plazo para iniciarla de cuatro meses, existe una cierta posibilidad de que Strozzi aún no hubiese partido en dirección a Elche el día que se produjo el deceso del pontífice. Si ello fuese cierto, es, asimismo, probable que el óbito dejase sin valor la referida comisión, quedando la cuestión del Obispado detenida, a la espera de que Nicolás V decidiese tratarla.

Reafirma nuestro convencimiento de que el mantuano no llegó a pisar las tierras de la Gobernación, el hecho de que no hayamos encontrado ninguna referencia documental o bibliográfica al respecto, pues tratándose de un acontecimiento tan notorio y reseñable, a un cronista tan sagaz y concienzudo como Pedro Bellot difícilmente se le habría podido escapar su mención, al menos en unas cuantas líneas de sus Anales de Orihuela.

Además, tampoco tenemos constancia de que el nuevo pastor universal expidiese documento alguno confirmándole a Strozzi su diputación52.

Por todos estos factores, nos inclinamos a pensar que el canónigo no llegó a pisar las localidades de la diócesis cartaginense, y que, en un primer momento, su comisión quedó paralizada, para ser posteriormente desechada por la falta de confirmación de Nicolás V.

En 1447, prosiguieron las discordias entre murcianos y oriolanos, sobre todo en relación con las actividades del vicario general Despuig al este de la frontera castellano-aragonesa. Estos conflictos dieron motivo al obispo Comontes para que ordenase el archivo de su Catedral y estudiase sus fondos, en busca de argumentos que le permitiesen solidificar la cada vez más endeble unidad de su diócesis53. Y sus trabajos se tradujeron en la redacción de un libro de indudable valor e ingente interés: el Fundamentum Ecclesiae Cartaginensis, que comprendía una breve historia de sus antecesores al frente del obispado y un completo cuadro estadístico de la diócesis54.

En 1448 y 1449, las relaciones entre las coronas de Castilla y Aragón volvieron a verse turbadas por diferentes conflictos, y el asunto del Obispado pasó a un segundo plano.

No obstante, un instrumento dirigido por el cardenal Morinense al pavorde Despuig, al capítulo del Salvador, y a todos los habitantes de la parte de la diócesis perteneciente al Reino de Valencia, el 22 de marzo de 1449 nos muestra que los problemas por la anómala situación del vicario general seguían persistiendo, así como las dudas acerca de la situación espiritual de la población. El citado cardenal de San Lorenzo in Lucina, correspondiendo a una petición anterior -que no hemos podido localizar ni, por supuesto, fechar- les envió un documento en el que les confirmaba que, por orden del difunto Eugenio IV, había decretado la absolución de todas las censuras y penas eclesiásticas que hubiesen sido impuestas sobre los vecinos de la Gobernación ultra Sexonam55. Vemos, pues, que esta cuestión, que ya había suscitado problemas en 1446, seguía teniendo un cierto protagonismo.

De cualquier forma, de poco les sirvió recibir el documento, porque a finales del citado año 1449, Comontes lanzó de nuevo sobre Orihuela el entredicho.

A principios de 1450, la Iglesia y la ciudad del Bajo Segura pretendieron dar un nuevo auge a sus reivindicaciones episcopales, y volvieron a dirigirse al monarca Magnánimo. Y éste, considerando apropiado retomar las instancias ante la Santa Sede, el 22 de marzo le suplicó a Nicolás V que erigiese el obispado de Orihuela, dismembrándolo del de Cartagena, y que absolviese las censuras que habían sido impuestas sobre sus súbditos levantinos. Y le argumentó al pontífice que, tomando dicha medida, podría dar fin a los múltiples perjuicios e inconvenientes que les suponían a sus vasallos los litigios y las alteraciones que venían produciéndose casi constantemente desde la institución apostólica del vicariato general foráneo56. No obstante, la solicitud de Alfonso V no obtuvo ningún resultado. El papa seguía mostrándose hermético para con el rey de la Corona de Aragón.

Por esas fechas, Jaime Despuig marchó a la corte, que se hallaba asentada en Nápoles. Y por Orihuela se extendió el rumor de que había pactado con el obispo Comontes su confirmación oficial en el cargo, a cambio de la entrega de los frutos episcopales y de otorgarle sumisión y abandonar así las reclamaciones independentistas.

Por ello, y para acelerar las gestiones en pos de la erección del obispado separado, el Consell de Orihuela nombró síndicos a Pedro Ruiz y Antonio Terrés, y los envió tras los pasos del vicario, con la misión de comparecer ante el rey, y presentarle una carta en la que le comunicaban que habían decidido prohibir al obispo de Cartagena y a sus oficiales que entrasen en la ciudad del Bajo Segura, por motivos de seguridad, y le comentaban las dudas surgidas en torno a la fidelidad de Jaime Despuig.

Asimismo, Ruiz y Terrés se llevaron una larga relación de instrucciones.

En primer lugar, los munícipes les ordenaron que solicitaran a Alfonso V que suplicase al papa la erección del obispado, y a fin de predisponer al soberano temporal y al pastor espiritual, les ordenaron que ofreciesen para su dotación 3.500 ducados, de los que 2.500 serían aplicados a la mensa episcopal, y los 1.000 restantes serían asignados a la capitular. Y en el caso de que no lograsen este objetivo principal, les señalaron otro secundario: la consecución del vicariato perpetuo, como solución definitiva a las discordias surgidas en torno a la concesión de 1430 y a las sentencias contrarias de 1436. El vicario, según lo concebían los ediles, había de tener las mismas atribuciones que un obispo de anillo, incluyendo la facultad de administrar el sacramento de la confirmación. También consideraron en la relación la posibilidad de que les fuesen denegadas ambas demandas, y por si se producía tal situación, les indicaron que le preguntasen al monarca cómo debían actuar con el obispo y si habían de seguir oponiéndole beligerancia.

También había algunas instrucciones relacionadas con la figura y el cargo de Jaime Despuig. Los dos procuradores tenían que solicitar la confirmación de todos los autos que éste había firmado, en virtud de su autoridad, para afianzar su posición de dominio espiritual sobre la parte de la diócesis perteneciente al Reino de Valencia. Asimismo, les mandaron expresamente que le comentaran de palabra al monarca las sospechas que los munícipes le habían escrito en la referida carta, de modo que si éstas quedasen confirmadas, Alfonso V lo hiciese caer en desgracia. Además, habían de rogarle que mandase a Despuig que volviese de inmediato a la Gobernación, pues era muy necesario en ella el ejercicio de su ministerio cuasi episcopal.

Y para que viesen facilitadas sus gestiones, los consellers ordenaron, finalmente, a los dos procuradores que informasen de sus actividades al conde de Cocentaina, y que buscasen su apoyo y su consejo antes de tomar cualquier decisión57.

A principios de junio de 1450, Pedro Ruiz y Antonio Terrés comparecieron ante Alfonso V, y le hicieron la batería de peticiones. El Magnánimo las escuchó con interés, les respondió que fomentaría ante Nicolás V las reivindicaciones episcopales oriolanas, y el día 6 de ese mismo mes, les entregó una carta para sus representados.

En ella, les comentó a los ediles que le había agradado el «bon proposit» que habían mostrado tener al «dar orde y proveir que ne lo bisbe de Cartagena ne algu dels suis puga entrar en aquexa ciutat en alguna manera». Les mandó que perseverasen en la prohibición, y que la hicieran aún más amplia, vedando a los clérigos y capellanes de la ciudad que mantuviesen cualquier tipo de «conversacio, coro, practica o intellegencia ab lo dit bisbe, ne per presencia personal, ne per lletra». Y les dijo que le remitiría esa misma orden al nuevo gobernador, D. Luis Cornell y Maza58, y a su lugarteniente, a fin de hacerla extensiva a toda la unidad territorial ultra Sexonam.

Por otra parte, sobre los recelos que había suscitado el misterioso viaje de Despuig, les comunicó que hablaría con él cuando retornase a la corte, lo que creía que se produciría en breve, y le declararía que su voluntad radicaba en que marchase a Orihuela a ejercer su oficio espiritual.

Y, por último, les informó de que «prestament» enviaría a la ciudad del Bajo Segura a D. Jimeno Pérez de Corella, con una carta de creencia, para que les instruyese con más detalle de sus reales intenciones59.

Sin embargo, las ocupaciones italianas de Alfonso V dilataron por algún tiempo la comisión del conde60, y el monarca no le expidió la referida credencial hasta el 14 de septiembre61. Y el gobernador de Valencia, más preocupado por sus propios intereses económicos que por ir a la capital de la sede episcopal que le fuera concedida a su hijo, retrasó aún más el viaje. De este modo, el 17 de enero de 1451, desde Nápoles, le escribió al Consell una misiva comunicando que llegaría a Orihuela a lo largo del mes de mayo62.

Poco después, Pedro Ruiz y Francisco Vilafranca -que también había ido a la corte real en representación de la ciudad del Bajo Segura-, se dirigieron, asimismo, a los citados munícipes para desvelarles el motivo de la tardanza del «benefactor» de la causa del Obispado. Les dijeron que dichos negocios irían mejor encaminados por otra vía, pues D. Jimeno no hacía las diligencias adecuadas porque, a pesar de todos los conflictos, seguía percibiendo las rentas episcopales cartaginenses, de las que, como sabemos, era depositario63.

Cumpliendo con su palabra, el conde llegó a Orihuela en mayo de 1451. Compareció ante el Consell, en presencia del gobernador Cornell, del pavorde y vicario Despuig, y de otros eclesiásticos insignes. Les presentó la carta de creencia del Magnánimo, y les comentó cuál la regia voluntad.

En primer lugar, les confirmó que Alfonso V deseaba, al igual que todos los presentes, que Orihuela y la parte de la diócesis perteneciente a su Reino de Valencia fuese separada del obispado de Cartagena, y que la iglesia del Salvador fuese erigida en Catedral. Y les dijo que el monarca estaba haciendo todo cuanto su poder le permitía para conseguir plasmar en la realidad estos deseos.

Después, se dirigió a Jaime Despuig, y le requirió, en nombre de Su Majestad, que ejerciese su oficio de vicario general «en esta partida de[l] Obispado», y le pidió que considerase a Comontes como a un «enemigo y deservidor del Señor Rey»64.

Acto seguido, le pidió a su vencedor, el gobernador Cornell, y a todas las demás autoridades civiles y eclesiásticas que favoreciesen y ayudasen al vicario en la medida de sus posibilidades.

Acabado su parlamento, los aludidos mandatarios le respondieron que se hallaban prestos para comenzar a favorecer las actividades de Despuig. Después, tomó la palabra el propio vicario, y le contestó a Corella que también estaba dispuesto a ejercer su oficio vicarial, por cumplir los deseos del rey, y en virtud de la autoridad apostólica a él concedida. No obstante, puso una condición: que el Consell oriolano se comprometiese a preservarle de cualquier posible daño o ataque que tanto él como los que le obedeciesen pudiesen sufrir. El organismo municipal «hizo auto de indemnidad de la manera que el Vicario pedía», y todos quedaron de acuerdo en cumplir las disposiciones reales, y con los ánimos reconfortados por saber que el rey Magnánimo quería auspiciar ante Nicolás V la creación del obispado independiente65.

Sin embargo, las favorables expectativas se vinieron pronto abajo. A mediados del mes siguiente, el día 14 de julio, la influencia de Juan II sobre el sumo pontífice se tradujo en la obtención por la parte cartaginense de una trascendental bula que confirmaba la revocación de la erección del obispado de Orihuela que en 1442 decretaron ilegítimamente los cismáticos padres del Concilio de Basilea66.

En ella, tras hacer un breve repaso a la historia de los enfrentamientos entre oriolanos y murcianos, y aludir a la citada erección ilícita y a la anulación promulgada por Eugenio IV, Nicolás V reconoció que la expedición de la bula se debió exclusivamente a una súplica elevada por el monarca castellano en la que le rogaba que propusiese el remedio oportuno para evitar que el obispo y el cabildo cartaginenses sufriesen más daños y perjuicios.

Después, el santo padre invalidó todos los procesos, averiguaciones, sentencias, instrumentos y comisiones realizadas con anterioridad, concernientes tanto a la dismembración del obispado de Cartagena, como a la institución del vicariato o a la confiscación de los frutos episcopales que se habían de recolectar en las tierras de la Gobernación ultra Sexonam.

Y tomó la decisión de mandar al pavorde y el capítulo del Salvador, y a todos los habitantes de los territorios sujetos a la autoridad de Alfonso V que perteneciesen al referido obispado cartaginense, en virtud de la obediencia que le debían, que en el plazo de los 15 días siguientes a la notificación de la bula, prestasen la sumisión y reverencia debidas al obispo y el cabildo de Cartagena, y le entregasen todos los frutos y rentas que les perteneciesen en la mencionada parte de la diócesis. Y contra los que se opusiesen a tal mandato, señaló diferentes y abundantes penas: excomunión; anatema; maldición eterna (como la que sufrieron Datham y Abirón, a los que la tierra absorbió vivos); privación de los beneficios eclesiásticos que detentasen y de los derechos, emolumentos y obvenciones que estuviesen anexos a ellos; e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo u oficio.

Asimismo, diputó como ejecutores del rescripto al obispo de Cuenca, al arzobispo de Toledo, y al oficial de éste, quienes, a requerimiento del obispo o del cabildo de Cartagena -o de sus procuradores-, habrían de hacer publicar solemnemente la disposición pontificia en la Colegiata del Salvador y en las demás iglesias de la parte oriental de la diócesis, durante la celebración de los oficios divinos dominicales o de algún día festivo.

 

NOTAS

1DEL ESTAL, J.M.: Orihuela. De villa a ciudad…, pp. 135-138.

2Ibidem, pp. 139-142.

3Ibidem, pp. 143-146.

4Ibidem, pp. 147-150.

5BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 59.

6A.M.O. Libro Becerro de Privilegios Reales, ff. 141v.-142. Ha sido copiado y traducido en repetidas ocasiones. En primer lugar, lo hizo GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, pp. 165-171. También podemos hallarlo en DEL ESTAL, J.M.: Orihuela. De villa a ciudad…, pp. 117-134. Hemos localizado otras copias del privilegio en A.C.O. Armario IX, legajo XX, parte 1ª, documento nº 7. Y A.C.O. Armario I, libro nº 1, ff. 98v.-79 (copia del escribano del Consell, Juan de Fontes, realizada el 30 de enero de 1438).

7GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 163.

8AMETLLER Y VINYAS, J.: Alfonso V de Aragón en Italia y la crisis religiosa del siglo XV, 2 tomos, Gerona, 1903, t. II, pp. 101-107, 154, 227-313.

9BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 59.

10GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 196.

11Ibidem, p. 197.

12BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 61.

13GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 199.

14BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 63.

15GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 202.

16BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 66. La carta del 6 de febrero de 1440 tenía un contenido muy similar a la del 28 de noviembre de 1439.

17La carta está reproducida literalmente en BELLOT, P., op. cit., t. II, pp. 65-66. También aparece, traducida al castellano en GEA MARTÍNEZ, J.R., op. cit., apéndice, documento nº 6, pp. 69-70.

18A.C.O. Armario I, libro nº 2, ff. 2-3v.

19BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 66.

20A.C.O. Armario I, libro nº 2, ff. 5v.-20v.

21SEGOBIA, Johannis de: Historia gestorum generalis synodi Basiliensis, lib. XVI, cap. 35. Edición de STEHLIN, G. y otros: Monumenta conciliorum saculi decimiquinti, vol. III, p. 512. Citado por MANSILLA REOYO, D.: «La reorganización eclesiástica española…», p. 105. «… recepit sancta synodus litteras regis Aragonum sub data Gayete octava augusti et prima septembris, allegatis racionibus et causis, quare ab ecclesia Cartaginensi dismembranda forent loca in regno suo Aragonie constituta supplicantis, ut in oppido Oriole dicte dyocesis erigeretur altera ecclesia cathedralis utque de illa provideretur filio gubernatoris Valencie».

22A.C.O. Armario I, libro nº 2, ff. 21-23.

23Dadas el 26 y el 29 de octubre, y el 4 de diciembre de 1440, y el 15 de febrero de 1441. A.C.O. Armario I, libro nº 2, ff. 48-50, 50, 50v.-51, 51v.-52, 52-53.

24MANSILLA REOYO, D.: «La reorganización eclesiástica española…», pp. 105-106.

25Ibidem, p. 106.

26BELLOT, P., op. cit., t. II, pp. 66-67.

27Entre los representantes más destacados de la Corona de Aragón se hallaban el obispo de Tortosa, D. Otón Moncada, y el cardenal de Vic, Jorge Ornos.

28MANSILLA REOYO, D.: «La reorganización eclesiástica española…», p. 107.

29Ibidem, p. 106.

30Ibidem, p. 107.

31Recordemos que desde la institución del vicariato, Orihuela y la Gobernación ultra Sexonam habían vivido bajo un continuo entredicho, sólo salvado por algunas suspensiones temporales.

32Hay referencias al rescripto conciliar en la bula revocatoria de la erección expedida por Eugenio IV el 11 de octubre de 1443. Escribiremos sobre ella en el siguiente epígrafe.

33MORALES, A. de.: Colección de privilegios…, t. XI, f. 655v.

34AMETLLER Y VINYAS, J., op. cit., t. II, p. 444.

35OSIO, L.: Documenti diplomatici tratii dagli archivi milanesi, Milán, 1872, t. III, p. 288, nº 261.

36Hemos hallado copias de la bula en Archivo Secreto Vaticano (A.S.V.). Registri Vaticani, nº 367, ff. 284-286. MANSILLA REOYO, D,: «La reorganización eclesiástica española…», pp. 203-208. A.C.O. Armario I, libro nº 2, ff. 312-319. Y Armario X, libro nº 1096, ff. 45v.-49.

37A.S.V. Registri Vaticani, nº 368, ff. 49-50v.

38Recordemos que ya en 1437 había prometido conseguir la creación del obispado de Orihuela.

39A.S.V. Registri Vaticani, nº 368, ff. 131-132.

40MANSILLA REOYO, D.: «La reorganización eclesiástica española…», p. 112, dice que Paradinas fue el fundador de la Iglesia de Santiago en Roma.

41A.C.O. Armario IX, legajo XX, parte 1ª, documento nº 8. La absolución de dichas penas conllevaba, asimismo, la restitución de todos los habitantes de la Gobernación al seno de la Santa Madre Iglesia, el derecho a poder participar de nuevo en la impartición eclesiástica de los sacramentos, la dispensa de cualquier sentencia o censura en la que hubiesen incurrido los clérigos por celebrar los oficios divinos en tiempos de entredicho, la abolición de todas las inhabilitaciones e infamias hechas contra ellos y los demás vecinos de la citada unidad territorial, incluso por apropiarse de las rentas discutidas, y la rehabilitación de todos los prebendados en sus beneficios.

42Término judicial que hace referencia a la incomparecencia en un juicio.

43A.C.O. Armario IX, legajo XX, parte 1ª, documento nº 8.

44BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 67.

45A.S.V., Obligationum et Solutionum, nº 72, f. 13.

46Ibidem.

47A.S.V. Registri Vaticani, nº 379, ff. 117-118v.

48BELLOT, P., op. cit., t. II, pp. 67-68.

49GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 335. BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 68.

50CAPPELLI, A., op. cit., p. 271.

51MANSILLA REOYO, D.: «La reorganización eclesiástica española…», p. 114.

52Tampoco hay ninguna referencia a ella en la bula de confirmación de la revocación del obispado, expedida por Nicolás V el 14 de julio de 1451.

53DÍAZ CASSOU, P., op. cit., p. 57.

54FITA, F.: «Bosquejo histórico de la Sede Cartaginense…», p. 276.

55A.C.O. Armario IX, legajo XX, parte 1ª, documento nº 8.

56GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 332.

57BELLOT, P., op. cit., t. II, pp. 68-69.

58GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. II, pp. 317-319. D. Luis Cornell y Maza era nieto del anterior gobernador, D. Pedro Maza. Destacó fundamentalmente por su valor. Por estas fechas, se enfrentó en duelo con el conde de Cocentaina, y lo derrotó.

59BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 69. GEA MARTÍNEZ, J.R., op. cit., apéndice, documento nº 6, pp. 70-71, traduce al castellano este documento pero, en nuestra opinión, lo data erróneamente el 6 de junio de 1451.

60AMETLLER Y VINYAS, J.: Alfonso V de Aragón en Italia…, t. II, p. 657.

61BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 70.

62GISBERT Y BALLESTEROS, E., op. cit., t. III, p. 337.

63BELLOT, P., op. cit., t. II, p. 69.

64Ibidem, p. 70.

65Ibidem.

66Hemos hallado dos copias de esta bula en el A.C.O. Armario I, libro nº 2, ff. 319-327, y en el armario X, libro nº 1096, ff. 49-53v.