El Reglamento de Seguridad Privada establece los requisitos de los sistemas de alarma y el cumplimiento de las Normas UNE-EN. La normativa aclara que solo las empresas de seguridad autorizadas pueden instalar los dispositivos y ejecutar el mantenimiento de los equipos conectados a una Central Receptora de Alarmas (CRA). En caso de no cumplir con los requisitos de Grado 2, los dispositivos podrán ser desconectadas de la CRA.
FUENTE:CUADERNOS DE SEGURIDAD
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