Entre la participación en el proceso hostil también se produjo la colaboración de los “homicianos”, es decir, aquel hombre culpable de un delito criminal que se redimía de las penas debidas, no de las responsabilidades civiles, presentando servicio militar a su costa durante cierto tiempo en algún castillo fronterizo que hubiese recibido privilegio del rey en ese sentido. El riesgo continuo y la gratuidad del servicio justificaban el perdón y, una vez cumplido su tiempo, el criminal era libre de los cargos que contra él pesaban mediante carta real expedida a la vista de la que el alcaide de la fortaleza le había dado para probar su buen cumplimiento.
No siempre era posible acogerse a este beneficio postcriminal, había razones que desaconsejaban la amnistía en ciertos casos. El rey, en efecto, no podía perdonar delitos que quebrantaban su seguro o implicaban traición, y por tanto, exceptuaba a todos los criminales con tal categoría de cualquier carta de privilegio.
Las “Cartas de Perdón” se expidieron durante todo el año de 1492 inmediatamente después de la posesión de Granada. Para la exoneración total de los delitos cometidos por los “homicianos”, los Reyes Católicos fijaron como tiempo mínimo de servicio los nueve meses.
No es fácil precisar mucho la importancia numérica de los “homicianos” en la guerra, aunque es posible que de 500 a 1.000 participaran en cada una de las tres campañas, de 1487, 1489 y 1491.