ADMINISTRACIÓN DE LA TIERRA

 

La administración de la tierra en época moderna es algo vital, ya que la mayoría de las tierras pertenecían a algún oligarca y se encontraban en inactivo. Para ello se encontraron nuevas formas de explotación para evitar el desuso de la tierra y tener una productividad creciente.

 

El arrendamiento es uno de los sistemas más utilizados para el uso de la tierra por parte del campesinado. Era la forma imperante de cesión de tierras, pero era una cesión a corto plazo que daba unos beneficios relativos para ambas partes, ya que los contratos más largos llegaban a los ocho años, impidiendo así una especialización de la tierra llegando incluso a empobrecerse con el paso del tiempo. En Callosa esto último es algo particularmente raro debido a que los cultivos que tiene son de bajo consumo y son tierras que gracias a las acequias siempre están en constante regadío y renovación de sus facultades agrícolas. El beneficio de esto para el propietario de la tierra siempre es a nivel económico.

 

En la aparcería, que es algo más común en Callosa, un propietario se compromete a ceder una parte de sus territorios e incluso de ayudar al campesino que se vaya a quedar en las tierras a cambio de percibir parte del beneficio en grano. En la provincia de Alicante en concreto encontramos que la aparcería a corto plazo era una práctica muy común. Esta práctica no suele llevarse por los señoríos, sino más bien por las clases adineradas con un estatus inferior al de los señores, que solían pertenecer a la nobleza de la sociedad española.

 

La enfiteusis por otro lado si que es una práctica señorial a largo plazo donde el propietario de la tierra es capaz de ceder parte de sus terrenos por más de una generación. En la provincia de alicante no era algo habitual, por eso apenas hay constancia de que esto halla ocurrido en Callosa de Segura. Este contrato se lleva a cabo debido a que para el señor sería muy costoso el mantenimiento para la producción de estas tierras, por lo que hace que halla un copropietario que se haga cargo de ellas a cambio de un pago.

 

ALBEROLA ROMÁ, ARMANDO, JURISDICCIÓN Y PROPIEDAD DE LA TIERRA EN ALICANTE(SS. XVII-XVIII), ALICANTE, AYUNTAMIENTO-UNIVERSIDAD DE ALICANTE, PP. 278-312.


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