Hacia un estado policial

Como bien se sabe, y vengo reiterando a menudo, la salud democrática de una sociedad se refleja en unos cuantos índices o termómetros especialmente relevantes. Uno de ellos es el espacio de las libertades fundamentales que la Constitución consagra, y más concretamente, la salud de libertades tales como las de reunión y manifestación.

Como se temía, el Congreso de los Diputados, a impulsos del Gobierno y del Ministerio del Interior, ha aprobado en solitario (con el solo voto de UPN) una ley llamada impropiamente «Ley Orgánica de protección (¿) de la Seguridad Ciudadana». Bajo este rótulo se esconde la respuesta represiva del Gobierno de Mariano Rajoy a lo que ha sido –durante estos años de crisis, malestar e indignación de amplios sectores sociales– la protesta ciudadana en la calle a través del ejercicio legítimo de sus derechos. Las distintas «mareas» y las miles y miles de manifestaciones absolutamente pacíficas (sin intervención policial), salpicadas en casos puntuales de previsibles actuaciones de grupos violentos, han servido de excusa para alterar sustancialmente los parámetros constitucionales, instalando un intolerable estado policial.

Haciendo uso de su mayoría absoluta, el Gobierno ha comenzado por incumplir la norma constitucional, cuyo art. 81, sólo autoriza al «desarrollo», mediante Ley Orgánica, de derechos como los citados de reunión y manifestación: Pero «desarrollar» no significa «regular» y mucho menos dotar de carácter orgánico a todo un conjunto de medidas limitadoras de libertades fundamentales, como con todo descaro se establece en las disposiciones adicionales del proyecto aprobado.

Pero esto no es todo. La norma ómnibus en cuestión afecta a principios constitucionales de primer orden, como el derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva. A partir de ahora, desaparecen las faltas, cuyo enjuiciamiento se reservaba a la autoridad judicial. En su lugar, las sanciones administrativas, instruidas por la policía, cuyo valor probatorio, según esta ley, se presume salvo prueba en contrario, llevará al pago de multas de hasta seiscientos mil euros y obligará al infractor a defenderse ante los tribunales de lo contencioso mediante el pago de las correspondientes tasas. Así mismo, las amplias facultades preventivas y represivas derivadas de los numerosos tipos legales establecidos, dotará a las fuerzas de seguridad de una discrecionalidad desconocida desde la Ley de Orden Público del franquismo. Por otra parte, los supuestos establecidos para la identificación de personas, la responsabilidad subsidiaria de parientes y tutores por actos de menores, «las devoluciones en caliente» de emigrantes, y otros muchos supuestos cuya relación pormenorizada no puede hacerse aquí, no solo vulneran principios bien establecidos de orden constitucional sino normas y tratados internacionales.

En definitiva, la ley atenta, a mi modo de ver, contra dos elementos básicos del Estado Constitucional de Derecho: Primero: la «seguridad», al contrario de lo que expresa la Ley, no es un valor autónomo que cabe contraponer a los derechos fundamentales, sino que son éstos los llamados a delimitar el espacio del orden público. Segundo: se invierte el principio según el cual, en el espacio público, está permitido todo aquello que no esté expresamente prohibido. Ahora, sólo se podrá hacer lo que esté permitido, y lo que esté permitido dependerá de la discrecionalidad.

Las respuestas, lógicamente, no se han hecho esperar. La oposición en bloque ha rechazado la ley, apuntando a la presentación del pertinente recurso de inconstitucionalidad y al compromiso de derogar la ley cuando cambie la correlación de fuerzas del Parlamento (esto es –dicho sea de paso– lo que la Constitución quería evitar en materia de derechos fundamentales: que una mayoría coyuntural, aunque ésta sea absoluta, se erija en legislador constitucional). La ciudadanía, por su parte, tiene su punto de vista acerca de esta ley. En una encuesta de Metroscopia, un 82% muestra su rechazo. Por algo será: no se quiere un estado policial.

Fuente: http://www.diarioinformacion.com/opinion/2014/12/15/policial/1578582.html
http://polop.cpd.ua.es/dossierua/index.jsp?status=publicada&date=15-12-2014

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El IBEC pretende constituirse en un espacio de reflexión sólido para todas las corrientes constitucionales que están eclosionando en ambas orillas del Atlántico a partir del conocimiento exhaustivo de la situación en la que viven los países iberoamericanos, y además, en un espacio de conocimiento de la situación iberoamericana y, de investigación del mismo ofreciéndose a los investigadores jóvenes más prometedores para que puedan seguir alimentando primero en su seno y más tarde en sus respectivos países de origen la riqueza de su pensamiento.
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