Como en la entrada anterior he comentado, los principales autores clásicos del contractualismo son Hobbes, Rousseau y Locke.
Aquí haré una comparativa entre Rousseau y sus predecesores en la teoría contractualista.
Primero compararé la idea del “estado de naturaleza” en estos tres autores:
Hobbes Asociabilidad por la fuerza de las pasiones |
Locke Sociabilidad por la fuerza de la razón |
Rousseau Sociabilidad aleatoria por la fuerza de las circunstancias |
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Estado de Naturaleza | • El derecho natural es la libertad, en el sentido de no tener restricciones, para que todos busquen autoconservarse. • La ley natural es el imperativo de buscar la autoconservación, por tanto su primera consigna es la búsqueda de la paz. • El estado natural es una disposición de envidia, agresividad y codicia constante que conduce a la guerra. El miedo es la pasión que disuade la guerra y persuade la búsqueda de la paz. |
• El estado de naturaleza es un estado de libertad dentro de los límites de la ley natural, la cual prohibe la destrucción de la persona y sus posesiones (una y otras conforman la propiedad en sentido amplio). Todo acontece en ausencia de un juez común. • Todos tienen el poder ejecutivo de la ley natural para castigar al transgresor, exigirle que repare los daños y prevenir, así, daños futuros. «Puede ser destruido como un animal salvaje». |
• La piedad y la autoconservación son virtudes naturales que se equilibran de forma mutua. • Los seres humanos no son naturalmente enemigos, viviendo en su primitiva independencia, no mantienen, entre sí, una relación suficientemente constante para constituir un estado de paz o guerra. • La guerra es una relación que se predica de los Estados. La guerra es generada por el poder de atracción que tienen las cosas (ambición) y no por relaciones propiamente humanas. |
Las divergencias en torno al “contrato social”, núcleo de la argumentación contractualista, son las siguientes:
Hobbes Perspectiva de monarquía absoluta |
Locke Perspectiva de monarquía moderada o parlamentarista |
Rousseau Perspectiva de gobierno republicano |
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Contrato Social | • La institución de la civitas intenta poner fin al estado de naturaleza. Se trata de una ruptura radical para superarlo. • El pacto funda una persona (Estado) que puede usar la fuerza y los recursos de todos para asegurar la paz y la defensa común. El soberano, portador de la persona política, concentra plenos poderes sobre los súbditos. • El estado civil es correctivo de la insostenible guerra de todos contra todos. Hobbes iguala estado de naturaleza y estado de guerra. |
• Es un remedio para los inconvenientes del estado de naturaleza: ignorancia, ausencia de un juez conocido e imparcial. • El pacto funda el cuerpo político sin que los asociados pierdan sus derechos propios del estado de naturaleza. Por eso, pueden reaccionar legítimamente contra los poderes despóticos. El legislativo y el ejecutivo no pueden ser arbitrarios con la vida y la fortuna de las personas. • El estado civil es preventivo del estado de guerra. Locke no iguala estado de naturaleza y estado de guerra. |
• El contrato social es la única alternativa que tiene el género humano para superar los obstáculos crecientes que le impiden mantenerse en el estado de naturaleza. • Por el contrato entre todos los asociados (pueblo) nace el cuerpo moral (república). Así, el soberano es el pueblo y no el rey. Todo gobernante recibe su autoridad del acto primario que originó la voluntad general (interés común), por tanto está sometido a los límites de la ley. • El estado civil perfecciona la libertad natural, basada en la fuerza, convirtiéndola en libertad civil, basada en la obediencia a la ley. |
One reply on “Los contractualistas”
es bueno pero tendrias que comparar tambien la sociedad civil, comunidad política e ideologia!!!