Obligación de publicación en acceso abierto en las convocatorias de proyectos de I+D

El pasado día 23 de junio el Ministerio de Economía y Competitividad publicó en el BOE las convocatorias de proyectos de ‘I+D Excelencia’ e ‘I+D Retos de Investigación’.

  • Resolución de 17 de junio de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. PDF (BOE-A-2015-6983 – 50 págs. – 904 KB)
  • Resolución de 17 de junio de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. PDF (BOE-A-2015-6984 – 50 págs. – 938 KB)

En el artículo 6 de ambas resoluciones se recoge la obligación de publicación en acceso abierto:

Artículo 6. Obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios.

2. Cuando los resultados no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad industrial o intelectual, las publicaciones científicas resultantes de la financiación otorgada al amparo de la presente convocatoria deberán estar disponibles en acceso abierto, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. A tales efectos, los autores podrán, con la mayor brevedad posible, optar por publicar en revistas de acceso abierto o bien por autoarchivar en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, recogidos en la plataforma Recolecta de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) u otros repositorios promovidos por las propias instituciones, los trabajos científicos que hayan sido aceptados para su publicación en publicaciones seriadas o periódicas. La publicación se producirá en un plazo no superior a los seis meses tras su publicación comercial, salvo en el área de Humanidades y Ciencias Sociales, donde el plazo establecido no será superior a un año.

Así mismo, en el artículo 20 se indica la posibilidad de cubrir los gastos de publicación en abierto mediante las ayudas otorgadas:

Artículo 20. Conceptos susceptibles de ayuda.

i) Gastos de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto. Se incluyen gastos de revisión de manuscritos; gastos de publicación en revistas científicas, incluyendo los relacionados con la publicación en abierto; y los gastos derivados de la incorporación a repositorios de libre acceso.

Ayudas para la publicación de revistas científicas 2015

En el BOUA de 5/06/2015, en el Anexo XI, se publica la convocatoria de Ayudas de 2015 para la publicación de revistas científicas.

En esta convocatoria, como en años anteriores se indica que todos los proyectos de revistas científicas que obtengan una de las ayudas contempladas en este anexo serán publicados en soporte digital. La publicación en soporte digital se llevará a cabo a través de RUA, sin perjuicio de que puedan publicarse en otras plataformas digitales.

Las ayudas a recibir por una revista científica podrán alcanzar un máximo de 500 € cuando la edición prevista sea únicamente en soporte digital y de 1.500 € cuando además se editen en papel.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2015.