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La organización municipal del XVI

La villa de Novelda pertenecía a la casa de la familia Maça de Liçana desde que fue adquirida en 1398 por Pedro Maça, y continuará bajo esta familia hasta la abolición de los señoríos en España (primera mitad del siglo XIX). Así pues, el señor era entero poseedor de sus tierras y pobladores, con jurisdicción civil y criminal. Es por ello, que la organización municipal de la Novelda del siglo XVI estará condicionada a la voluntad del señor, que ejercía su poder delegándolo en funcionarios que a su vez eran vasallos.

El señor nombraba al gobernador, baile y procurador general según su interés, aunque habitualmente estos cargos solían recaer en una misma persona y preferiblemente cristianos viejos. El gobernador recibirá del señor una especie de salvoconducto conocido como guiatje, por el que no podía ser arrestado. En cuanto a los órganos representativos municipales, destaca el Consell General, que delegaba sus funciones ejecutivas en una comisión llamada Consell Particular, que era quien elegía los cargos y oficios de la administración, vigilar el cobro de impuestos,… Este estaba presidido por el justicia (civil y criminal), que era el cargo de mayor importancia a nivel municipal, encargado de la seguridad ciudadana, presidía los juicios y mediaba en las disputas, además de guardar las llaves de la cárcel. Bajó él estaban el resto de miembros del Consell Particular, los jurats (que eran 4) y un mustaçaf, que controlaba el orden público, el arrendamiento de las tiendas, control de pesas y medidas,…  Hay que hablar también del síndico (syndich), que era el representante del municipio ante su señor y ante las instituciones forales del reino, además de los consellers que actuaban como grupo de sabios de la villa.

Ayuntamiento de Novelda en la actualidad

La elección de los cargos se realizaba mediante procedimiento insaculatorio, reuniéndose los miembros del Consell con el baile para presentar cada uno sus candidatos. Los nombres se inscribían en papeletas y se ponían en un sombrero de copa para que un niño de 10 años sacara 6 papeletas, y de entre estas, el señor elegía 3 que serían los elegidos para ocupar el cargo de jurats. La presencia de moriscos en estos cargos era frecuente, tal, que en 1892 ocuparán el cargo de justicia y en 1594 los 3 de jurats. Y no se quedaba en esto, en 1593, de los 15 consellers del Consell Particular, 14 eran moriscos y solo uno cristiano. Esta presencia se irá incrementando hasta 1608 (año anterior a su expulsión), cuando el justicia, 3 de los jurats, el lloctinent de justicia y el síndico eran moriscos, además de la mayoría de los consellers.