Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

Establece los requisitos de acceso y la normativa básica relativa a los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, de acuerdo con los criterios establecidos en los artículos 38 y 69 y las disposiciones adicionales trigésimo tercera y trigésimo sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En concreto, contiene disposiciones en materia de acceso a los estudios univcersitarios de Grado, prueba de acceso para mayores de 25 años, para mayores de 45 años, reglas generales de admisión, reserva de plazas, entre otros muchos aspectos.

Deroga el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias de grado y los procedimientos de admisión a las Universidades públicas españolas, sin perjuicio del calendario de implantación establecido en su disposición adicional cuarta y en su disposición transitoria única.

Disposición adicional cuarta.
Calendario de implantación.
Los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado
regulados en el presente real decreto se aplicarán a partir de los siguientes cursos
académicos:
a)A partir del curso académico 2017-2018, a los estudiantes que hayan obtenido el
título de Bachiller del Sistema Educativo Español de acuerdo con la redacción del artículo 37
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, introducida por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
b)A partir delcurso académico 2014-2015, al resto de estudiantes

http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/07/pdfs/BOE-A-2014-6008.pdf