Seguridad privada: el Supremo pone límites al kilometraje y las dietas

Vigilante de seguridad en exterior.

24/11/2025

En octubre de 2025, la Sala IV del Tribunal Supremo ha zanjado un conflicto recurrente en el sector de la seguridad privada: cuándo se debe pagar el kilometraje y las dietas a los vigilantes de seguridad. La sentencia marca un criterio claro y restrictivo que afecta a los casi 150.000 trabajadores que integran el colectivo más numeroso del sector de la seguridad privada.

El Tribunal Supremo aclara cuándo se pagan dietas y kilometraje a los vigilantes

El Alto Tribunal español ha negado el derecho a recibir estas cantidades a una vigilante que cambiaba de centro de trabajo de forma permanente, al resolver que no existe un “desplazamiento” temporal, sino un cambio de destino ordinario.

Según el artículo 59 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad, solo se reconoce el derecho a dietas y kilometraje cuando el trabajador deba desplazarse temporalmente por necesidades del servicio, fuera de su centro habitual de trabajo.

Este criterio supone un golpe a la interpretación amplia que miles de profesionales venían aplicando, al entender que cualquier cambio de ubicación justificaba el pago de estos conceptos. Ahora, el Supremo fija un límite claro: si el cambio de centro no es puntual o excepcional, no se deben abonar dietas ni kilometraje. Esto obliga a las empresas a revisar sus políticas internas y a los trabajadores a reconsiderar sus reclamaciones.

Además, la sentencia aclara que estas cantidades no forman parte de la base de cotización a la Seguridad Social, siempre que estén justificadas y no sean remunerativas, lo que también tiene implicaciones sobre la aportación de cuotas y la tributación.

En resumidas cuentas, el Tribunal Supremo reduce la conflictividad en el sector al establecer que solo los desplazamientos temporales y justificados dan derecho a dietas y kilometraje. Tanto las empresas como los trabajadores del colectivo más numeroso del sector de la seguridad privada deben ajustarse a este nuevo marco jurisprudencial. De hecho, la normativa prioriza la estabilidad en la asignación de centros de trabajo y evita compensaciones por cambios permanentes de destino.

FUENTE: REVISTA SEGURITECNIA

Baliza V16: la señalización obligatoria de vehículos a partir de 2026 en España

BALIZA V16

Desde el 1 de enero de 2026, la baliza V16 homologada será el único dispositivo legal para señalizar la inmovilización de un vehículo en cualquier vía pública española. Con esta medida, la Dirección General de Tráfico pone fin al uso de los triángulos de emergencia. Usados desde 1999, conllevan un riesgo elevado para el conductor, que debe salir del vehículo para colocarlos.

Por qué hace falta esta nueva normativa

El objetivo principal es mejorar la autoprotección del conductor y la metodología de prevención de accidentes. Según estudios de la Dirección General de Tráfico (DGT), cada año mueren más de 20 conductores al bajarse del coche para colocar los triángulos en carreteras de alta velocidad. La nueva baliza V16 conectada se activa desde dentro del vehículo, evitando así exponer al conductor al tráfico.

Además, este dispositivo no solo ofrece una visibilidad física gracias a su luz intermitente de alta potencia. También envía la geolocalización del vehículo a la plataforma DGT 3.0, que la difunde en tiempo real a través de paneles de mensaje variable, navegadores y apps de tráfico.

La entrada en vigor de la baliza V16 conectada supone un salto tecnológico en la seguridad vial. No solo protege al conductor, sino que también mejora la respuesta en situaciones de emergencia y la información al resto de usuarios. Para evitar sanciones y, sobre todo, garantizar tu seguridad, es recomendable adquirir una baliza homologada cuanto antes y revisar su estado periódicamente.

Características de la baliza V16 homologada

No basta con una luz de emergencia cualquiera. Para que sea legal, la baliza debe reunir las siguientes funciones:

  • Homologada por la DGT bajo el Reglamento General de Vehículos.
  • Conectividad de banda estrecha para el Internet de las Cosas (NB-IoT) con una tarjeta SIM integrada.
  • GPS para geolocalización precisa.
  • Autonomía mínima de 18 meses en reposo y 12 años de conectividad sin coste adicional

¿Qué pasa si no llevas la baliza en el coche?

Circular sin una baliza V16 conectada homologada significa una multa de 80 euros en controles rutinarios. Si el vehículo queda inmovilizado por avería o accidente y no se dispone del dispositivo, la sanción puede ascender a 200 euros, considerándose una infracción grave. Afortunadamente, no implica pérdida de puntos del carné de conducir.

¿Qué sucede con los triángulos?

A partir del 1 de enero de 2026, los triángulos de emergencia dejarán de ser obligatorios para los conductores españoles. La necesidad de salir del automóvil para ponerlos en la calzada supone un peligro para el conductor, a menudo arrollado por otros coches próximos durante la operación. No obstante, seguirán siendo válidos para vehículos matriculados en el extranjero cuando circulen por España.

¿Afecta a todos los vehículos?

Sí, todos los turismos, furgonetas y camiones matriculados en España la deben llevar desde el primer día del año 2026. Las motocicletas y ciclomotores quedan excluidos, aunque se recomienda su uso. Los vehículos extranjeros en tránsito por España podrán seguir usando triángulos o balizas no conectadas, según la normativa de su país.

FUENTE: SEGURITECNIA