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Censo del Patrimonio Documental Valenciano

Censo del Patrimonio Documental Valenciano, Servicio de Archivos. Generalitat Valenciana; Conselleria d’Educació, Cultura i Esport [en línea]. 31 de enero de 2009 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://dglab.cult.gva.es/Archivos/censo_e.htm

 

En 2006, el Servicio de archivos comenzó a elaborar el Censo del Patrimonio Documental Valenciano. Según establece  la Ley de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano, “La Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, en colaboración con las demás administraciones públicas, elaborará el Censo del Patrimonio Documental Valenciano (…) a cuyo efecto podrá recabar de los titulares de derechos sobre los bienes que lo integran el examen de los mismos y las informaciones pertinentes”. Con posterioridad, en el artículo de la Ley  de Archivos, se establece que será el órgano directivo del Sistema Archivístico Valenciano el que se encargue de la elaboración de dicho censo.

Dentro de este marco legal se ha puesto en marcha la creación del Censo del Patrimonio Documental Valenciano, como una de las medidas que se pretenden llevar a cabo dentro del proyecto que es el SAVEX.

Desde el Servicio de Archivos de la Consellería de Cultura y Deporte, se ha empezado a solicitar y recabar información de los Archivos Municipales. Otro de los procedimientos utilizados para recabar información, ha sido incluir el formulario en todas las convocatorias de ayuda para Archivos Municipales.

 

 

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Junta Calificadora de Documentos Administrativos

Junta Calificadora de Documentos Administrativos, Servicio de Archivos. Generalitat Valenciana; Conselleria d’Educació, Cultura i Esport [en línea]. 1 de febrero de 2009 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://dglab.cult.gva.es/Archivos/junta_e.htm

 

La Junta Calificadora de Documentos Administrativos (JCDA) es un órgano colegiado adscrito a la conselleria competente en materia de cultura, creado por  Ley  de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano. Posteriormente, sus funciones fueron determinadas por la Ley  de Archivos, y por el Decreto del Consell de la Generalitat, por el que se regula la JCDA y el procedimiento de valoración, conservación y eliminación del patrimonio documental de los archivos públicos.

Funciones de la Junta:

  1. Fijar los criterios de valoración y selección de los documentos de las administraciones públicas para elaborar las tablas de valoración documental.
  2. Realizar el estudio de las propuestas de tablas de valoración documental que presenten las comisiones de valoración documental para emitir el correspondiente dictamen.
  3. Proponer los plazos y condiciones de las transferencias entre los diferentes archivos.
  4. Proponer los plazos y condiciones de acceso y utilización de los documentos depositados en todos los archivos de las administraciones públicas del Sistema Archivístico Valenciano.
  5. Realizar las recomendaciones que estime oportunas para la correcta aplicación de los dictámenes que sean aprobados y para asegurar la coordinación y colaboración de las unidades administrativas y comisiones de valoración documental.

 

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Competencias del Servicio de Archivos

Servicio de Archivos. Generalitat Valenciana; Conselleria d’Educació, Cultura i Esport [en línea]. 1 de febrero de 2009 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://dglab.cult.gva.es/Archivos/ficha_e.htm

 

Corresponde al Servicio de Archivos la elaboración de informes, apoyo técnico, inspección y evaluación acerca de la prestación de los servicios de archivo; la organización de encuentros, reuniones, congresos y actos culturales sobre temas de interés para el sistema de archivos; la gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinen al sistema de archivo; la coordinación y la propuesta a los órganos competentes de las relaciones de puestos de trabajo adecuados para un correcto funcionamiento de los centros o servicios de archivo; la edición de la serie “Arxius Valencians”; el impulso y gestión del registro de los bienes pertenecientes al patrimonio documental valenciano, incluídos o no en los centros de archivo del sistema; el impulso de las acciones oportunas destinadas a garantizar que elementos importantes del patrimonio documental valenciano que no se hallan en territorio valenciano, puedan pasar a sus centros de archivo mediante copia en cualquier soporte material; el soporte técnico al Consejo Asersor de Archivos y el ejercicio de las funciones en materia de mantenimiento, custodia, exhibición, investigación y digitalización de todos los archivos de la Generalitat y del Archivo del Reino, del Archivo Histórico de Alicante, del Archivo Histórico de Orihuela y del Archivo Histórico de Castellón, en el marco de los convenios de gestión suscritos entre el Estado y la Generalitat.

 

 

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Savex

Servicio de Archivos. Generalitat Valenciana; Conselleria d’Educació, Cultura i Esport [en línea]. 1 de febrero de 2009 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://dglab.cult.gva.es/Archivos/savex_e.htm

 

El objetivo de la Ley de Archivos es regular el Sistema Archivístico Valenciano, que se define como el conjunto de órganos, archivos y servicios encargados de la protección, organización y difusión del patrimonio documental valenciano.

Esta ley es una muestra del interés de la administración pública valenciana por la gestión documental y la organización de los archivos como elemento clave de la gestión administrativa y de los servicios que prestan a los ciudadanos. Pretende promover y desarrollar la utilización social de los archivos y del patrimonio documental que conservan.

Se han producido importantes transformaciones que afectan a la gestión y difusión de los mismos, como ha sido el gran desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Estas nuevas tecnologías tienen influencia en la gestión de los archivos, por lo que la Ley de Archivos pretende armonizar y difundir su implantación en todos los archivos que formen parte del Sistema Archivístico Valenciano.

Con el SAVEX (Sistema Arxivistic Valencià en Xarxa) lo que se quiere conseguir es dar cumplimiento a la ley mediante la puesta en marcha de un sistema de información y gestión integral de los archivos del Sistema Archivístico Valenciano para lo que la Generalitat se ha dotado de una aplicación informática que cuenta con las características y funcionalidades necesarias para ello. El objetivo es la implantación de la aplicación en todos los archivos del Sistema.

 

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Instalaciones y Servicios del Archivo de la Generalitat

Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana. Generalitat valenciana; Conselleria d’Educació, Cultura i Esport [en línea]. 21 de diciembre de 2009 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://dglab.cult.gva.es/ArxiuGeneralitat/datosgenerales.htm#servicios

 

El 12 de febrero de 1988 se inaugura el edificio destinado a Centro de Bibliotecas y Archivo Central de la Generalitat Valenciana. Se trata de una construcción de nueva planta, una cuarta parte del edificio se destinó a Centro de Bibliotecas y las tres cuartas restantes al Archivo. En la planta baja se situa la recepción, administración, sala de consulta, dirección, sala de trabajos técnicos, muelle y un depósito; en la planta superior doce depósitos. Tienen capacidad para treinta kilómetros. Las dimensiones del edificio equivalen a un diez por ciento de las que posee el Archivo General de la Administración Civil del Estado.

Servicios del Archivo:

  1. Consulta y Acceso a la documentación.
  2. Biblioteca Auxiliar.
  3. Reprografía.

 

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Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos

Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos. Boletín Oficial del Estado [en línea]. 1 de mayo de 1997 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2005-12100  y en PDF: pinchar aquí

 

La Generalitat, de acuerdo con el artículo 31.6 del Estatuto de Autonomía, ha asumido competencias exclusivas en materia de archivos, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28 de la Constitución española, que atribuye al estado las competencias sobre los archivos de titularidad estatal y los bienes muebles conservados en ellos. Por lo tanto, en el Archivo del Reino de Valencia, Archivo Histórico Provincial de Alicante, Archivo Histórico de Orihuela (Alicante) y Archivo Histórico Provincial de Castellón, al ser archivos de titularidad estatal, la Generalitat tan solo ejerce funciones de gestión.

Las prescripciones de la ley pretenden vertebrar el Sistema Archivístico Valenciano y aportar una serie de elementos para la modernización de la administración y los archivos, impulsando la transparencia en relación con la propia gestión, la economía y la eficacia archivística, haciendo compatibles las garantías de protección de derechos y bienes con el acceso de las personas a los fondos documentales, sean administrativos o históricos, públicos o privados.

 

 

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Artículos de periódicos Recursos electrónicos

González Pons insiste en que el sistema archivístico valenciano debe incluir la Corona de Aragón

González Pons insiste en que el sistema archivístico valenciano debe incluir la Corona de Aragón. ABC.es [en línea]. 27 de marzo de 1997 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://www.abc.es/hemeroteca/historico-10-09-2005/abc/Valencia/gonzalez-pons-insiste-en-que-el-sistema-archivistico-valenciano-debe-incluir-la-corona-de-aragon_61751152372.html#

 

Este artículo del periódico electrónico ABC expone la situación que se dio al pertenecer la Corona de Aragón al Sistema Archivistico de Cataluña.

El portavoz del Gobierno valenciano, Esteban González Pons, explicó que la norma valenciana no discute ni reivindica la titularidad del Archivo de la Corona de Aragón. Y matizó que otra cosa es que no discutiendo la titularidad la ley reconozca que forman parte del sistema de archivos valenciano. González Pons reiteró que a nadie se le puede ocurrir que pueda existir un sistema de archivos valencianos en el que no esté incluido el Archivo de la Corona de Aragón, así como otros provinciales referidos en dicho recurso.

Esta situación ha venido generada por el hecho de que una ley de la Generalitat de Catalunya incluye el Archivo de la Corona de Aragón entre los archivos que pertenecen a Cataluña. Por ello, si hacemos una ley valenciana y no incluimos el de la Corona de Aragón habríamos renunciado a que éste fuera como un archivo valenciano.

 

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Archivo histórico de la Comunidad Valenciana

Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana. Generalitat Valenciana; Conselleria d’educació, cultura i esport [en línea]. 21 de diciembre de 2009 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en: http://dglab.cult.gva.es/ArxiuGeneralitat/datosgenerales.htm#caracteristicas

 

El Archivo Histórico de la Comunidad Valenciana se crea por el artículo 88 de la Ley 12/2009, de Presidencia de la Generalitat, que modifica la denominación del Archivo Central de la Generalitat Valenciana, dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, que tiene como objetivo recoger, conservar y disponer para su utilización los fondos documentales de la Generalitat Valenciana, cualquiera que fuera su soporte y forma de presentación.

La Ley Orgánica 5/1982 de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en su artículo 31.6 atribuye a la Generalitat Valenciana compentencia exclusiva en materias relativas a Archivos que no sean de titularidad estatal. Por Real Decreto 3066/1983, de 13 de octubre se transfieren las competencias en materia de Cultura, y por Decreto 171/1983, de 29 de diciembre, de la Presidencia de la Generalitat Valenciana, dichas competencias las asume la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia y las asigna a la Dirección General de Cultura en conformidad con el artículo 14 del Decreto 38/1984, de Estructuración Orgánica, aprobado por el Consell el 2 de abril de 1984.

 

 

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Artículos de revistas Recursos electrónicos

El Sistema Archivístico de la Comunidad Valenciana

MUÑOZ FELIU, Miguel C. El Sistema Archivistico de la Comunidad Valenciana. Métodos de Información. Biblioteca del Instituto Valenciano de Estudios en Salud Pública, Marzo-Mayo 1997, Vol 4 – Nº 17-18. ISSN: 1134-2838.

 

Este artículo de revista habla sobre la legislación del Sistema Archivístico de la Comunidad Valenciana. Explicando parte por parte la estructura del sistema, empezando por el marco constitucional y la evolución político-administrativa; a continuación la legislación, los órganos, y los centros; y por último la accesibilidad, las transferencias, la selección y el expurgo.

El escritor acaba concluyendo  con una crítica al sistema archivístico de la comunidad valenciana, puesto que no merece ese titulo, ya que la inexistencia de una ley valenciana sobre archivos y de disposiciones reglamentarias que desarrollen otras normas legales o la ausencia de vías de conexión articuladas entre tipos de archivos, o la imposibilidad legal de realizar una correcta selección y expurgo, son prueba de ello. Para ello se basa en la definición de Antonio Heredia de lo que es un sistema de archivos:  ‘la articulación lógica y razonada de la red de centros y de la transferencia y depósito de los documentos de archivo que exige una gestión a través de órganos e instituciones competentes. La legislación define el sistema y establece las líneas para su servicio y eficacia’.

El pdf del artículo de la revista es el siguiente: pinchar aquí

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Artículos de periódicos Recursos electrónicos

Sistema Archivístico Valenciano: Estructura y Órganos

Base de Datos de Legislación. Noticias Jurídicas [en línea]. 19 de octubre de 2008 [Consulta: 27 de enero de 2013]. Disponible en : http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/va-l3-2005.t1.html

 

La Ley 3/2005 de junio detalla la estructura del Sistema Archivístico de la Comunidad Valenciana, donde dice que se estructura en órganos directivos, asesores y archivos.

El órgano directivo es la consejería competente en materia de cultura. Son órganos asesores: el Consejo Asesor de Archivos, la Junta Calificadora de Documentos Administrativos y el órgano de la Generalitat competente en materia de nuevas tecnologías.

Forman parte del Sistema Archivístico Valenciano los archivos y subsistemas de archivos siguientes:

  • El Archivo de la Corona de Aragón, el Archivo del Reino de Valencia, el Archivo Histórico Provincial de Castellón, el Archivo Histórico Provincial de Alicante y el Archivo Histórico de Orihuela.
  • El Archivo de la Generalitat, que actuará como cabecera del Sistema Archivístico Valenciano.
  • Los archivos de las instituciones que integran la Generalitat y su administración.
  • Los archivos de los entes locales de la Comunidad Valenciana.
  • Los archivos de las universidades públicas de la Comunidad Valenciana.
  • Los archivos de las academias científicas y culturales, los colegios profesionales, las cámaras de comercio, industria y navegación, y de todas aquellas instituciones privadas que ejerzan funciones públicas en el territorio de la Comunidad Valenciana.
  • Cualquier otro archivo público, según se definen en esta Ley.
  • Los archivos de las universidades privadas de la Comunidad Valenciana.
  • Los archivos diocesanos y capitulares de la Iglesia Católica, así como los archivos de los órganos de las diferentes confesiones religiosas radicadas en la Comunidad Valenciana.
  • Los archivos privados que se integran en el Sistema Archivístico Valenciano por resolución de la conselleria competente en materia de cultura.