Videovigilancia en espacios privados, ¿puedo grabar en mi vivienda y mi garaje?

En la era digital, la seguridad es una preocupación creciente para los propietarios españoles. Por eso se ha popularizado cada vez más la implementación de sistemas de videovigilancia en espacios privados como viviendas y plazas de garaje. Sin embargo, es fundamental comprender y cumplir con la legislación vigente para garantizar tanto la seguridad como el respeto por la privacidad y los derechos de las personas.

Videovigilancia en viviendas unifamiliares

La instalación de cámaras en viviendas unifamiliares varía según su ubicación:

  • Interior. Las cámaras instaladas dentro de la vivienda se considera que son de uso personal y doméstico, por ese motivo no están sujetas al RGPD.
  • Exterior. Las cámaras exteriores que captan imágenes de espacios públicos deben cumplir con el RGPD. Por ese motivo, al igual que ocurre con las comunidades de propietarios, las cámaras deben enfocar exclusivamente a la propiedad sin poder capturar espacios de la zona pública, salvo la franja mínima de acceso. Si estas cámaras están conectadas a una central de alarmas, serán operadas exclusivamente por la empresa de seguridad privada autorizada.

Regulaciones para videovigilancia en plazas de garaje

Cuando se trata de instalar cámaras de videovigilancia en una plaza de garaje, especialmente en áreas compartidas de una comunidad de propietarios, es crucial seguir ciertas normas. Las grabaciones deben enfocarse únicamente en la plaza de aparcamiento del titular del sistema de vigilancia, y solo pueden incluir una mínima parte de las zonas comunes adyacentes que sean imprescindibles para asegurar una vigilancia efectiva. Además, esta instalación debe contar con la aprobación de la Junta de Propietarios, dejando constancia de ello en las actas de la comunidad.

Así, las claves para la videovigilancia en espacios privados serían:

  • Limitar su alcance a la plaza propia y a una mínima parte de las zonas comunes.
  • Evitar captar imágenes de plazas ajenas o espacios públicos.
  • Contar con autorización de la Junta de Propietarios.
  • En el caso de usar cámaras multiposición o con zoom deberán aplicarse máscaras de privacidad para cumplir con las normativas de la AEDP.

¿Qué obligaciones y responsabilidades existen en la videovigilancia en espacios privados?

Para todos los sistemas de videovigilancia en espacios privados existen toda una serie de obligaciones que deben cumplirse:

  • Información y cartelería. Es obligatorio informar sobre la existencia de cámaras de vigilancia. Debe colocarse un cartel visible en los accesos que indique la identidad del responsable, cómo ejercer los derechos de protección de datos y dónde obtener más información.
  • Seguridad y acceso a las grabaciones. El sistema de grabación debe estar en un lugar seguro o de acceso restringido. Solo personas autorizadas con un código y contraseña pueden acceder a las grabaciones.
  • Conservación y uso de imágenes. Las imágenes deben conservarse un máximo de un mes. Las utilizadas para denunciar delitos se conservarán para entregar a las autoridades pertinentes y no deben usarse para otros fines.
  • Requerimientos de las autoridades. La petición de imágenes por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debe realizarse en el marco de actuaciones judiciales o policiales.

La implementación correcta y legal de sistemas de videovigilancia en espacios privados en España es esencial para garantizar la seguridad sin comprometer la privacidad y los derechos de las personas. Siguiendo estas normativas, los propietarios pueden asegurarse de que su sistema de vigilancia no solo es efectivo, sino también respetuoso con las leyes de protección de datos.

FUENTE: CUADERNOS DE SEGURIDAD

Videovigilancia en comunidades de propietarios, ¿es legal?

normas para la videovigilancia en comunidades de propietarios
La instalación de sistemas de videovigilancia en comunidades de propietarios es completamente legítima, siempre y cuando esta cumpla con toda una serie de requisitos y normativas que protejan de manera directa la privacidad de dichos propietarios, así como de terceros que se vean involucrados.

¿Qué se debe tener en cuenta antes?

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha creado una serie de guías y fichas que recogen las normativas que refieren a la videovigilancia en distintos ámbitos. En esta ocasión nos centraremos en las comunidades de propietarios que pueden ser aplicadas tanto para comunidades de vecinos como edificios de oficinas.

Antes de proceder a la instalación de sistemas de videovigilancia en una comunidad, debe existir previamente un acuerdo en la Junta de Propietarios en el que sería también recomendable dejar reflejadas algunas de las características del sistema, así como el número de cámaras o el espacio que captarán las mismas.

Instalación de videovigilancia en comunidades de propietarios

A la hora de instalar estos sistemas hay tres particularidades concretas que deben tenerse en cuenta. Bien sea la propia comunidad o una empresa externa la encargada de dicha instalación, la responsabilidad última de cumplir con las normativas existentes en protección de datos siempre será la comunidad de propietarios.

Teniendo esto en cuenta, el primer requisito al instalar cámaras en zonas comunes será que en ningún caso podrán captarse imágenes de la vía pública, salvo que resulte imprescindible para la finalidad buscada y a excepción de una franja mínima de los accesos al inmueble. Asimismo, tampoco podrán grabarse imágenes de terrenos y viviendas colindantes o de cualquier otro espacio ajeno,

En el caso de que las cámaras utilizadas sean orientables o cuenten con zoom, será necesario instalar máscaras de privacidad para evitar imágenes no pertinentes.

cartel informativo para zonas de videovigilancia en comunidades de propietarios

Una vez se encuentre instalado el sistema de vigilancia en la comunidad, deberán instalarse, en los distintos accesos a la zona video vigilada, uno o varios carteles que informen de la entrada a esta zona. En este panel se indicará de forma clara la existencia del tratamiento, la identidad del responsable, la posibilidad de ejercitar los derechos 15 a 22 del RGPD y una referencia a dónde obtener más información sobre el tratamiento de los datos personales.

Visualización de imágenes y sistema de grabación

A la hora de controlar el acceso a la información recogida por los sistemas de videovigilancia en las comunidades de propietarios, en ningún caso serán de libre acceso para cualquier vecino por CCTV, el acceso a estas imágenes estará restringido a las personas designadas por la comunidad. En caso de que el acceso se realice mediante conexión a internet, deberá existir una restricción con usuario y contraseña que serán conocidos exclusivamente por las personas autorizadas.

El sistema de grabación tendrá que estar ubicado en un lugar ubicado o de acceso restringido y las imágenes recopiladas por el sistema de videovigilancia de la comunidad serán conservadas durante un plazo máximo de un mes desde su captación. La excepción a este borrado mensual serán las imágenes que se utilicen para denunciar delitos o infracciones que se conservarán exclusivamente para una posible entrega a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o a los Juzgados y Tribunales.

FUENTE: CUADERNOS DE SEGURIDAD

¿QUÉ ES EL QRISHING?

¿QUÉ ES EL QRISHING?
El término Qrishing se deriva de la palabra Phishing que se refiere a correos electrónicos fraudulentos que engañan a los destinatarios para que compartan información personal, financiera o de seguridad.

A diferencia del smishing o el phishing, donde los ciberdelincuentes envían enlaces fraudulentos a través de un SMS o de un correo, en el Qrishing es el usuario quien escanea voluntariamente el código QR.
Las iniciales QR se traducen en inglés como Quick Response (Respuesta Rápida) y sirven para almacenar información y hacerla accesible al usuario. El acceso a estos códigos es tan simple como escanear los mismos con cualquier dispositivo electrónico.
Esta modalidad delictiva requiere de un escaneo del código QR por parte de la víctima. Ese código QR se encuentra manipulado por los delincuentes y una vez accede el usuario, se descarga en el dispositivo un software malicioso que infecta el terminal, accediendo de esta forma a los datos más sensibles del usuario a través de una página web fraudulenta.

CONSEJOS DE SEGURIDAD:
 Al descargar una APP mediante un código QR se debe verificar que sea desde PLAY STORE o APP STORE.
 Se debe desactivar la opción de apertura automática de sitios webs de la aplicación lectora de QR.
 Si la página a la que deriva el código QR solicita datos bancarios, personales, etc., se debe desconfiar.
 Se deben blindar los datos personales y preferiblemente se hará uso de tarjetas específicas para compras online o pagos mediante QR.
 Ante la sospecha de haber sido víctima de un fraude, se han de modificar las claves y contraseñas, bloquear tus tarjetas y denunciar los hechos ante la policía.

FUENTE: RED AZUL

Ojo con las compras en el Black Friday!

 LA POLICÍA NACIONAL ELABORA UN DECÁLOGO PARA EL “BLACK FRIDAY
  Los expertos de la Unidad de Ciberdelincuencia advierten sobre los peligros del “typosquatting” -entrar en una página web maliciosa que tiene una dirección muy similar, pero no igual a la del sitio verdadero- o el “QRishing -la manipulación de códigos QR para que la descarga de software malicioso-.Los ciberdelincuentes utilizan las redes sociales para ofertar artículos llamativos que no existen o para redirigir a páginas fraudulentas. Hay que desconfiar ante ofertas de artículos populares con grandes descuentos, ya que los estafadores suelen crear sitios falsos de comercio electrónico que desaparecen después de recaudar el dinero de sus víctimas.

Por lo tanto:

  • Ojo con promociones con posibles enlaces web fraudulentos
  • Cuidado con artículos populares con excesivos descuentos
  • ¿Conoces el typosquatting? Al escribir incorrectamente una url te lleva a una web fraudulenta
  • ¡Ojo al QRishing! Códigos QR falsos con los que pretenden estafarte al dirigirte a una web falsa
  • Desconfía de SMS o emails de supuestas empresas de paquetería que te invitan a seguir un enlace
  • Algunas señales como imágenes de calidad, faltas de ortografía o lenguaje extraño nos pueden indicar que una web es fraudulenta
  • En temporadas de descuentos…los precios bajan pero la calidad y los derechos deben ser los mismos
  • Antes de comprar en una página web busca el candado y la “s” en la url de tu navegador
  • Si la web te resulta sospechosa y solo te piden datos bancarios…desconfía
  • Si aún así has sido víctima de un fraude…cambia contraseñas, cancela tu tarjeta, llama a tu banco y denuncia ante Policía Nacional

 FUENTE: RED AZUL

La Universidad de Alicante en Cuadernos de Seguridad

Cuadernos de Seguridad entrevista a la Directora de Seguridad Marisol Diana Valiente

En el número 372 de la conocida revista Cuadernos de Seguridad, donde se entrevista a responsables de centros universitarios, se puede encontrar la que le hacen a la directora de seguridad de la Universidad de Alicante (Marisol Diana),  tratando diversos temas a cerca de la seguridad actual y el enfoque futuro para poder adaptarse a la diversidad de los campus universitarios.

Día de la Seguridad Privada en Alicante 2023

Celebración del día de la seguridad privada en la UA 2023

Como en años anteriores, una vez más se ha celebrado el día de la seguridad privada en la Universidad de Alicante, contando con la presencia de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y familiares e invitados. Se han hecho entrega de las menciones honoríficas por diferentes motivos profesionales.

Felicitación muy especial para nuestros mencionados: La directora de seguridad Marisol Diana y los vigilantes de seguridad Mercedes y Francisco Jover.

Formación sobre Delitos de Odio en la UA

Formación para seguridad sobre la legislación actual de delitos de odio

Durante el mes de octubre, el departamento de seguridad de la Universidad de Alicante organizó una jornada de formación sobre los delitos de odio, impartida por la Policía Nacional, a la que asistieron diversos profesionales del sector tanto de nuestro de servicio como de otras empresas, además del vicerrectorado de igualdad y otros interesados.

La directora de seguridad Marisol Diana, presentó a los ponentes y les agradeció su trabajo.

Controles de Accesos

Un sistema de control de accesos garantiza un entorno seguro en las empresas

Contar con las mejores medidas preventivas de seguridad, además del soporte de auxiliares encargados de velar por la protección de las oficinas, se ha vuelto un aspecto fundamental dentro de las compañías.

Para garantizar la seguridad es crucial tener un conocimiento detallado sobre las personas que se encuentran dentro de las instalaciones, incluyendo visitantes, proveedores, colaboradores externos, entre otros.

Beneficios de un sistema de control automatizado

En muchas ocasiones, empresas de renombre consideran el control de accesos como un aspecto secundario, utilizando métodos tradicionales como el registro en papel. Sin embargo, es importante evaluar la importancia de un control exhaustivo de las personas que entran y salen de las instalaciones.

Razones principales para implementar un sistema automatizado de control de visitas.

1. Conocer quién está presente y su ubicación

Mediante una aplicación de registro en tiempo real, es posible saber qué personas se encuentran dentro de las instalaciones y en qué departamentos. Esto aumenta considerablemente la seguridad de las personas ante cualquier incidencia.

2. Acceso a información en tiempo real

Al eliminar el uso del papel y adoptar un sistema automatizado, no solo se reducen costos, sino que también se garantiza la disponibilidad de datos en tiempo real. Esto permite tomar decisiones inmediatas basadas en hechos y datos, gracias a la información recopilada de forma periódica.

3. Identificación electrónica

Mediante el escaneo de las zonas MRZ de los documentos o pasaportes, es posible verificar la identidad de las personas que ingresan y agilizar el proceso de registro.

4. Visitantes frecuentes y programados

Contar con una base de datos de visitantes frecuentes, como proveedores de servicios, técnicos de mantenimiento, entre otros, agiliza su ingreso en cada ocasión.

5. Programación de visitas

Los empleados pueden programar visitas con anticipación una vez que se haya confirmado la cita con el visitante. De esta manera, el personal encargado de la seguridad, los auxiliares o los recepcionistas podrán conocer la programación del día de antemano y agilizar la entrada del visitante de manera efectiva.

FUENTE: CUADERNOS DE SEGURIDAD

Nuevo convenio de la Comunidad Valenciana y la UA para impulsar la digitalización y ciberseguridad

La Presidencia de la Generalitat Valenciana y la Universidad de Alicante se unen para impulsar la digitalización y fortalecer la ciberseguridad en la Comunidad Valenciana.

La intención es impulsar las políticas digitales y las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en toda la comunidad autónoma.

Potenciar la ciberseguridad en la Comunidad Valenciana

José Manuel García Duarte, director general de Centro de Seguridad TIC de la Comunitat, ha destacado que «la pandemia y la crisis de Ucrania han aumentado la presión para proteger los sistemas de información de la Generalitat y la labor que realiza a diario el personal empleado público, ante posibles ciberataques e intentos de robo de información». En efecto, el Centro de Ciberseguridad de la Comunitat Valenciana (CSIRT-CV), dependiente de la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (DGTIC), el año pasado ha gestionado 1.144 incidentes de seguridad.

Frente al aumento de los casos, la Comunidad Valenciana apuesta por impulsar la ciberseguridad y, en virtud de un nuevo acuerdo, se destinará una suma significativa de 85.000 euros a la Universidad de Alicante para apoyar las iniciativas lideradas por la persona comisionada de la Presidencia de la Generalitat Valenciana para la Digitalización y la Ciberseguridad.

Planteando nuevas medidas de seguridad

El convenio contempla diversas medidas de seguridad que se pondrán en marcha en el marco de esta colaboración. Entre ellas, se respaldará la realización de estudios e informes centrados en la ciberseguridad, otorgando especial importancia al análisis y estudio del estado de la ciberseguridad industrial en España. Asimismo, se formularán recomendaciones al Consell (Consejo) en relación con las líneas de acción y los servicios necesarios en este ámbito tan crucial.

Además, se propondrán acciones concretas para fomentar la generación de talento, la formación y el desarrollo de productos y soluciones en materia de ciberseguridad. Entre las iniciativas destacadas se encuentra la creación de un nodo de ciberseguridad industrial en la Comunidad Valenciana y la configuración de un ecosistema de empresas de Tecnologías de la Información y Comunicación especializadas en ciberseguridad.

Por su parte, la Universidad de Alicante se ha comprometido a brindar apoyo a la persona comisionada de Digitalización y Ciberseguridad en las tareas de interlocución con otras regiones para el desarrollo de nuevos servicios de ciberseguridad industrial. Asimismo, participará activamente en la coordinación del proyecto Retech, que busca establecer un «espacio de datos de Ciberseguridad del Centro de Competencia en Ciencias de la Salud, Smart Transportation, industria conectada y excelencia operativa».

Con este convenio de colaboración, la Comunidad Valenciana reafirma su compromiso con la digitalización y la protección de datos, sentando las bases para un futuro más seguro y tecnológicamente avanzado. La colaboración entre la Generalitat Valenciana y la Universidad de Alicante promete dar lugar a innovadoras soluciones y avances en el campo de la ciberseguridad, impulsando así el crecimiento y desarrollo de la región.

FUENTE: CUADERNOS DE SEGURIDAD