El Servicio de Informática destruye los discos duros de los ordenadores obsoletos, de acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos.
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Los discos duros de los equipos son sometidos a un formateado de bajo nivel con el fin de eliminar toda la información. A los que no son reutilizables se les aplica un proceso de destrucción física que imposibilita la extracción de datos.
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Periódicamente se procede a destruir los discos duros desechados, practicando múltiples taladros, con el fin de evitar cualquier posibilidad de recuperación de los datos que contienen.
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Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Art. 92. 4. Siempre que vaya a desecharse cualquier documento o soporte que contenga datos de carácter personal deberá procederse a su destrucción o borrado, mediante la adopción de medidas dirigidas a evitar el acceso a la información contenida en el mismo o su recuperación posterior.
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Empresas no borran datos sensibles al deshacerse de discos duros, Diario Ti, 19/11/2010.
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