XAVIER BORRÀS
Valencia
12/06/2016 09:15
La posibilidad de que la Audiencia Nacional acabe declarando la nulidad del Expediente de Regulación de Empleo con el que se inició el cierre y la liquidación de Canal 9 es una amenaza que va cobrando cuerpo. No sólo está instalada en los despachos de la Generalitat y en los de los grupos de las Cortes Valencianas. También es una opción seriamente defendida por expertos en derecho laboral que acabaría dinamitando el proceso de reapertura que están negociando Podemos, el PSPV, Compromís y Ciudadanos.
El último experto en augurar una posible nulidad es Tomás Sala, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universitat de València, que firma, junto a otros dos profesores y la abogada del despacho Abdón Pedrajas&Molero, un informe cuya conclusión es la «alta probabilidad» de que la demanda planteada por el sindicato CGT ante la Audiencia acabe en sentencia de nulidad.
Se trata, es verdad, de un informa de parte. Ha sido encargado por el colectivo Aprop, que agrupa a los ex profesionales que aprobaron su plaza mediante oposición. La asociación está formada por unas 400 personas, sobre un total de 700 que aproximadamente accedieron a la televisión y la radio públicas a través de un procedimiento de capacitación y mérito.
Este grupo, perfectamente organizado, ya actúa como lobby de presión con un doble objetivo. Por un lado, contribuir con asesoramiento legal a la consecución de una sentencia que anule el proceso de despido. Con ello se volvería a la situación inicial y serían readmitidos. En paralelo, buscan conseguir una negociación en el proceso de reapertura de RTVV para que se les exonere de volver a pasar una oposición que ellos consideran que superaron. Obviamente defienden que se reconozcan los méritos y la experiencia de los periodistas y técnicos, pero con especial valoración para quienes pasaron por una oposición y ocupaban plaza fija.
Obviamente los intereses de Aprop no coinciden con los del comité de empresa que todavía representa, supuestamente, a los 1.800 ex trabajadores que perdieron su empleo en sucesivos EREs. Por tanto, se trata de un actor añadido al complejo escenario en que se ha convertido la posible reapertura.
Este nuevo informe del despacho Abdón Pedrajas&Molero se suma al elaborado por la Universidad Complutense (UCM), a petición del sindicato UGT, por la profesora Beatriz Gutiérrez-Solar Calvo y supervisado por María Emilia Casas, experta en Derecho del trabajo y ex presidenta del Tribunal Constitucional. Ambas juristas defendían un criterio similar al que ahora sostiene el catedrático Tomás Sala; los profesores Antonio Pedrajas y Jesús Lahera, y la abogada Teresa Trigueros, que consideran que la aprobación en las Cortes de la nueva ley para reabrir la televisión añade argumentos jurídicos para pensar en una nulidad que el sindicato CGT plantea en su recurso, al que se ha adherido UGT.
El ERE de RTVV está pendiente de ser juzgado en la Audiencia Nacional y, por el momento, no existe oficialmente una negociación abierta con los ex trabajadores para acordar la manera de rescatarlos para el nuevo proyecto. De hecho, un informe del Consell Jurídic Consultiu rechaza «privilegios» para los ex trabajadoresque vulneren los principios de igualdad, mérito y capacidad que la Constitución Española consagra para el acceso a un puesto de empleo público.
En principio, el reconocimiento como mérito de la experiencia en radio y televisión y de haber superado un examen de oposición podría tener encaje legal. Lo que, según el Consell Jurídic, sería absolutamente ilegal sería que se les rescatara directamente sólo por el hecho de ser ex trabajadores, hayan superado o no oposición.
En su escrito, el CJC admite que la «difícil situación» que supuso el abrupto cierre no puede suponer que el legislador, «en su afán de recompensar al colectivo afectado en su momento, propicie una técnica que puede resultar contraria a los principios legales de igualdad, mérito y capacidad».
El colectivo de ex empleados con plaza fija sigue abierto a una negociación, pero tiene ahora sus esfuerzos volcados en los tribunales. En las conversaciones informales mantenidas, desde la Secretaría Autonómica de Comunicación que dirige José María Vidal se sostiene que la previsión en este momento es que la Audiencia Nacional declararía el ERE «improcedente», pero no «nulo». En el primer caso, la Generalitat estaría obligada a aumentar las indemnizaciones. En el segundo, la obligación sería de readmisión de los empleados y el pago de los salarios de tramitación. Según el informe de Tomás Sala, la nulidad supondría un «grave quebranto económico para la Generalitat» ya que su coste podría superar los 150 millones de euros.
Los grupos de las Cortes Valencianas siguen negociando la ley para la reapertura. En la ponencia inicial, a propuesta de Podemos, sí se contemplaba que los ex trabajadores pudieran quedar exentos de una prueba. Sin embargo, esa redacción se va a enmendar de manera que se incluirán méritos específicos, pero no «privilegios».
A juicio de los expertos en Derecho Laboral, el preámbulo de la nueva ley apunta ya a una causa de nulidad, al aludir a una ley previa de extinción del servicio público -aprobada con urgencia por el PP bajo gobierno de Alberto Fabra- como una «norma reactiva», es decir, una reacción a la sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que anuló el ERE que afectaba a 1.198 empleados.
Aquella sentencia llevó al Gobierno de Alberto Fabra a iniciar un proceso de cierre efectivo, disolución y liquidación de la sociedad de capital público. Una «decisión unilateral» que se convierte en una causa objetiva de nulidad desde el momento en que la nueva ley de reapertura, impulsada por Podemos, PSPV, Compromís y Ciudadanos, la critica abiertamente, tanto por la manera en que se hizo como por sus consecuencias.
El informe del catedrático Tomás Sala abunda en los efectos que tendría una sentencia de nulidad. El más importante sería la readmisión y el pago de los salarios de tramitación de toda la plantilla. No parece tener dudas nadie de que existe un «fraude objetivo» de ley por llevar en paralelo la transmisión empresarial -es decir, el tránsito de una empresa pública a otra- con un proceso judicial de despidos que afecta a la empresa de origen. La responsabilidad recae sobre la antigua y la nueva RTVV.
El equipo de Tomás Sala alude a la posibilidad de que los ex empleados que accedieron a su puesto mediante oposición puedan tener una «valoración especial y diferenciada» de los empleados «fijos» de la plantilla. Se apoya en el acuerdo del ERE, que contemplaba la «prioridad absoluta» en la contratación de ex trabajadores en caso de reapertura. También admite que haya una valoración «diferenciada» a través de un concurso de méritos que tenga en cuenta la superación de pruebas selectivas y experiencia consolidada.
http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2016/06/12/575c4c2e268e3ed44e8b45c7.html